Tras la compra o venta de un vehículo que ya está matriculado, deberás efectuar el cambio de titularidad del automóvil en el Registro de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Cambio titularidad cocheAntes que todo, primero vamos a entregar algunos consejos que aporta a la DGT al realizar la compra o venta de un vehículo de segunda mano:

Consejos para la venta de un vehículo

    Si has comprado un automóvil, deberás inscribirlo a tu nombre en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT).

    • Si la compra la has efectuado a través de un compraventa, es esta empresa la que se encargará de realizar la gestión de cambio de titularidad haciéndote entrega de la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo y del permiso de circulación ya a tu nombre.
    • Si has comprado el vehículo a un particular, deberás quedarte con el contrato de compraventa o una copia junto con otra copia del documento de identidad del vendedor, la solicitud del cambio de titularidad del vehículo firmada por ambas partes y los documentos del automóvil como la tarjeta de la ITV, el permiso de circulación y el recibo del impuesto municipal pagado correspondiente al año anterior al trámite de transmisión del automóvil.

      Algunas cosas que debes saber al comprar un vehículo

        • Nunca hagas la entrega del automóvil sin antes tener en tus manos el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo (si es entre particulares) o factura (si lo entregas a un compraventa) y una fotocopia del documento de identidad en España del comprador (DNI/Tarjeta de Residencia, si son personas físicas, o CIF, si son empresas).
        • Si la transacción la realizarás con una empresa de compraventa, deberá constar el CIF en la factura. Es importante indicar en el contrato la hora y minutos en que entregas el vehículo, puesto que las multas de los radares fijos y por no haber pasado la ITV te seguirán llegando mientras no se produzca en el Registro de Vehículos el cambio de titularidad.
        • Indica al comprador que antes de 15 días te remita copia del permiso de circulación donde conste que el vehículo ya está a su nombre .Si no tienes en tu poder este documento en el plazo de 15 días, deberás ir a la Jefatura de Tráfico para comunicar que has vendido el vehículo (trámite de notificación de venta).

          Pasos para cambiar de titularidad un vehículo

            Desde la firma del contrato de compraventa, el comprador tiene un plazo máximo de 30 días para formalizar el cambio de titularidad ante la DGT. Una vez se haya hecho efectivo el trámite, se emitirá un nuevo permiso de circulación que solamente será válido si la ITV del vehículo está en vigor.

            Antes de acudir a la Jefatura de Tráfico o de realizar el trámite de transferencia telemáticamente (solo para aquellos interesados que posean certificado digital o DNI electrónico), se tendrá que justificar el pago, exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelos 620 y 621, según corresponda) en la Comunidad Autónoma donde el comprador tenga su domicilio fiscal. En la mayoría de Comunidades Autónomas existe la opción de realizar esta gestión de forma online.

            Una vez completado el paso anterior se podrá acudir a la Jefatura de Tráfico (del comprador o del vendedor), abonar las tasas correspondientes y entregar la documentación necesaria para realizar el cambio de titularidad del vehículo.

            Pasos cambio titularidad coche

              El vehículo y su titular deberán estar al día tanto en el pago de impuestos locales como de sanciones ya que de lo contrario la transferencia del vehículo podría denegarse. Además, si existe una reserva de dominio, embargo u orden de precinto sobre el vehículo, el cambio de titularidad podría tener ciertas limitaciones.

              Los requisitos principales para poder realizar la transferencia de un vehículo son:

              • Estar en situación de alta administrativa. 
              • Que el Impuesto de Circulación del año anterior haya sido abonado.
              • Que las posibles sanciones impuestas hayan sido abonadas. 
              • Qué este libre de cualquier limitación de disposición, de embargos y precintos. 

              Puedes realizar la comprobación de los puntos anteriores accediend al informe reducido del vehículo.

              A su vez, y antes de realizar el cambio de tituaridad en la DGT, se deberá justificar el pago, exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

              • Solicitud en impreso oficial rellenado y firmado tanto por el comprador como por el vendedor, que se facilita en las Jefaturas de Tráfico o que puede descargarse en la página web oficial de la Dirección General de Tráfico (DGT).
              • Documento que acredite la trasnmisión del vehículo (Factura o contrato de compraventa).
              • Identificación de los interesados (comprador y vendedor):
                • Personas físicas: documento oficial que acredite su identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
                • Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y modelo de acreditación o representación jurídica, acompañado del documento de identidad de la persona que lo firme.
                • Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto.
              • Documentación para identificar al vendedor: Bastará con la fotocopia del DNI o alguno de los documentos mencionados anteriormente.
              • Justificante de haber realizado el pago de la tasa de transferencia correspondiente de la DGT o resguardo de la misma. Si la tasa no ha sido abonada con anterioridad, es posible abonar la misma directamente en la Jefatura de Tráfico y únicamente mediante tarjeta de crédito o débito.
              • Justificante de pago/exención/no sujeción de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

              Documentación requerida 

              Impreso de solicitud de cambio de titularidad

              Modelo de compra-venta de vehículos

              Nota informativa

              Fallecimiento y herencias

              • Justificante de pago, exención o no sujeción del impuesto de sucesiones en el que figure identificado el vehículo (matrícula o bastidor).
              • Declaración responsable de cambio de titularidad por fallecimiento para la adjudicación de vehículos. Este modelo está disponible para su descarga en la página web oficial de la DGT.

              Declaración responsable cambio de titularidad por fallecimiento

              Separación, divorcio o rutura con el titular del vehículo

              • Documento acreditativo: Sentencia judicial
              • Convenio regulador

              Vehículo embargado o precintado 

              • Documento firmado por el comprador en el que se haga constar que es conocedor de la situación, siempre y cuando esta circunstancia no haya quedado reflejada en el contrato de compraventa.
              • Si el vehículo está precintado, no podrá emitirse el Permiso de Circulación ni se podrá circular con el mismo hasta que se haya cancelado el precinto.

              Vehículos financiados – Con reserva de dominio

              • Comprobar si la financiera ha realizado alguna anotación en el Registro de Bienes Muebles que impida la transferencia o notificación de venta. En caso afirmativo, habrá que esperar a que la financiera autorice el trámite y para ello, generalmente es necesario justificar el pago completo del precio de adquisición del vehículo. Una vez completado el pago, se tendrá que solicitar a la entidad financiera una “carta de cancelación de reserva de dominio”, que posteriormente servirá para gestionar la cancelación en el Registro de Bienes Muebles donde se realizó la inscripción.

              Donación del vehículo

              Si no vas a vender tu coche, pero si donarlo, debes tener en cuenta que la documentación cambia, siendo el trámite y el coste el mismo:

              • Deberás entregar un documento de acreditación de la transmisión del vehículo haciendo constar que es una donación.
              • Deberás abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) junto a su justificante. Recuierda consultar las condiciones de este Impuesto en la Comunidad en la que resides.

              Además de anterior, para los siguientes supuestos se deberá aportar la siguiente documentación:

                • Vehículos agrícolas: documento acreditativo de la inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
                • Autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas: certificado de transportes, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
                • Vehículos procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla con destino Península y Baleares: certificado de Aduanas que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Para la anotación de la importación, además del trámite, se deberá abonar la tasa 4.1 por valor de 8,50 euros.
                • Subasta ordinaria y adjudicación por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional de Drogas: aportar acta o certificado de adjudicación.
                • Vehículos de autoescuela, alquiler sin conductor, taxi, o con cambio de residencia, que estuvieron exentos de pago del Impuesto de Matriculación en el momento de la matriculación: justificante del pago/exención del Impuesto de Matriculación, si el cambio de titularidad se efectúa antes de los plazos legalmente previstos.

               

              Declaración responsable cambio de titularidad escisión, fusión o aportación no dineraria

              La transferencia de un vehículo se puede solicitar presencialmente en cualquier Jefatura de Tráfico o a través de Internet. Hay que tener en cuenta que para realizar trámites de manera presencial es necesario solicitar cita previa a través de la Sede Electrónica o llamando al 060.

              El cambio de titularidad también puede solicitarse a través de Internet haciendo uso del registro electrónico. En este caso, la solicitud tendrá que ser realizada por el comprador y una vez verificada y validada, se enviará a la dirección de éste el permiso de circulación por correo postal. Para ello será necesario disponer de DNI electrónico o Certificado digital en vigor y seguir las instrucciones que la DGT proporciona en su página web:

              • Identificar y cumplimentar los datos del interesado, seleccionando como “Organismo destinatario” la Jefatura u Oficina local de Tráfico más cercana.
              • Cumplimentar el apartado “Asunto” con el texto: Transferencia de vehículo y la matrícula del mismo.
              • Finalmente, pulsar “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” y adjuntar toda la documentación que se indica en el apartado anterior, aportando para los supuestos especiales la documentación adicional exigida.

              Registrar la solicitud y conservar el justificante.

              Para poder hacer efectivo el trámite de cambio de titularidad de un vehículo se debe abonar:

              • La tasa 1.5 por valor de 55,70 euros
              • En el caso de ciclomotores, la tasa 1.2 por valor de 27´85 euros.
              • Para vehículos procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla con destino península y Baleares, se abonará la tasa 4.1 de 8,67 euros.

              Pago online:

              El pago online se puede realizar a través de la aplicación de pago de tasas que la DGT tiene disponible en su sede electrónica. Para hacer uso de ésta, será necesario disponer de certificado digital o DNI electrónico en vigor. Los medios de pago disponibles serán: tarjeta de crédito o débito de entidades que se encuentren adheridas al pago de tasas con tarjeta y cargo en cuenta bancaria.

              El pago online podrá hacerse efectivo antes de formalizar el trámite, descargando después el justificante de la tasa para así poder aplicarla al dicho trámite.

              Pago presencial:

              El pago presencial se puede realizar con tarjeta de crédito o debido en cualquier Jefatura de Tráfico y al momento de formalizar el trámite. También es posible realizar el pago antes de llevar a cabo la tramitación en cualquier entidad financiera que se encuentre adherida al pago de tasas. En caso de escoger esta última opción, se tendrá que cumplimentar el formulario de autoliquidación (modelo 791).

              Si el trámite se realiza de forma presencial, podrá ser gestionado por el comprador, el vendedor o una persona autorizada que actúe en nombre de cualquiera de ellos. En este último caso, al solicitar la cita previa se tendrá que indicar el DNI del interesado (comprador o vendedor) y también el del autorizado.

              • En caso de realizar el trámite presencialmente, la persona autorizada deberá presentar un documento firmado por el interesado en donde autorice a realizar la solicitud.

              Si el trámite se realiza de forma online, únicamente podrá llevar a cabo la gestión el comprador o una persona autorizada que actúe en su nombre.

              • Puedes realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación en el Registro de Apoderamiento.

              Preguntas frecuentes

              Como comprador ¿Cuándo recibiré el permiso de circulación a mi nombre?

              El nuevo permiso de circulación será entregado al comprador en el momento de formalizar el trámite, si éste se ha realizado de forma presencial. Si la tramitación es electrónica, el permiso de circulación se enviará por correo postal al domicilio del comprador.

              ¿Hay que llevar el DNI original del comprador?

              Si, tanto si es el propio comprador quién efectúa el trámite como si lo hace una persona autorizada, habrá que presentar el DNI original o una copia compulsada de éste.

              ¿Dónde está regulado?

              ¿Puedo tranferir un coche con un embargo?

              Si que es posible realizar la transferencia de un coche con un embargo, pero será necesario presentar:

              • Un documento firmado por el comprador en el que se indique que está al tanto de la situación en la que se encuentra el vehículo.

              ¿Puedo tranferir un coche con un precinto?

              Si que es posible realizar tanto la notificación como la transferencia de un coche con un precinto, pero será necesario presentar:

              • Un documento firmado por el comprador en el que se indique que está al tanto de la situación en la que se encuentra el vehículo.

              Debes saber, que pese a poder realizarse el trámite, no se podrá emitir el Permiso de Circulación del vehículo transferido, por lo que no será posible circular con el hasta que se proceda a cancelar el recinto.

              Preguntas frecuentes

              Información actualizada el 07/06/2022. Puedes acceder a la publicación original a través de este enlace: Cambio de titularidad

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              81 comentarios

              1. Alicia Granell

                Hola a tod@s!

                Van a cerrarse los comentarios en esta página, pues la mayoría de respuestas las podréis encontrar o bien en la información que aparece aquí mismo, o en los comentarios y respuestas que he ido dando a otros usuarios.

                Gracias por vuestra colaboración 😉

              2. Ketty

                Buenos dias, mi esposo hace una par de meses vendio su auto a un particular, como vender una bici, solo tiene el documento de compra venta. Como puedo hacer para que me desligue de ese auto porque se que hasta ahora no ha hecho la trasferencia y no deseo pagar el proximo año un impuesto por un auto que no esta en mi poder y mas si no se quien conduce el mismo.

                • Alicia Granell

                  Hola Ketty buenos días,

                  En esta misma página tienes toda la información necesaria para realizar un cambio de titularidad a nombre de la persona que haya comprado el vehículo. Además, tenemos este artículo en nuestro blog donde ofrecemos algo más de información relacionada: Documentos y trámites para el cambio de titular

                  Te recomiendo también, que revises los comentarios y respuestas a otros usuarios en ambas páginas.

                  Saludos cordiales,

              3. Domingo

                Buenas tardes.

                Mi consulta es la siguiente: Tengo un familiar que quiere regalarle su turismo a otro que esta en Austria. ¿Lo puede poner a su nombre hasta que pueda venir a llevárselo aunque no tenga domicilio es España?
                Supongo que el trámite para llevárselo será darlo de baja definitiva por traslado a otro país.

                Muchas gracias.

                • Alicia Granell

                  Hola Domingo buenos días,

                  En vuestro caso, podéis darlo de baja definitiva por exportación y después que el familiar lo de de alta directamente a su nombre en el país donde vaya a matricularlo, mediante un contrato de compra-venta o cesión.

                  Saludos cordiales,

              4. Manel

                Muchas gracias Alicia!

                dependerá del precio que conste en el contrato de compra venta ( que entiendo que debe ser similar al valor venal del vehiculo no?)

                gracias de nuevo!

                • Alicia Granell

                  Buenas tardes Manel,

                  Exactamente. Si estipulas un precio con el actual propietario, éste es el que debe figurar. No obstante, siempre puedes consultar el valor venal ayudándote de esta útil herramienta: Calcular el valor venal de un vehículo

                  Saludos cordiales,

              5. Manel

                Buenos días,

                se que es más de lo mismo, pero ahí va mi consulta.

                Quiero comprar un coche en Madrid, yo soy de barcelona. El cambio de nombre definitivo lo debo hacer en barcelona? o Madrid?

                si el coche tiene 13 años, una cilindrada de 3.200 cc. y 300 cv. hay que pagar igualmente el model 620?
                o al tener más de 10 años estan exentos?

                muchas gracias!

                • Alicia Granell

                  Hola Manel buenos días,

                  No te preocupes, para eso estamos y tenemos habilitados los comentarios en la página 😉
                  Sobre tu consulta, indicarte que puedes realizar el cambio de nombre en cualquier Jefatura de Tráfico y que, independientemente de la edad del vehículo, tienes que presentar y abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620) del cual encontrarás toda la información adicional si revisas mis anteriores comentarios.

                  Saludos cordiales,

              6. Jorge

                Hola: Mi nombre es Jorge, mi caso es el siguiente: Soy jubilado y hace dos meses recibi una carta de SUMA, la cual decia que me habian enbargado mi pension, cuando me persone, me comunicaron que el embargo se debia a impuestos de un vehiculo que yo jamas he tenido, me dijeron que fuese a trafico a imformarme y asi lo hice, en trafico, me digeron que presentara un escrito a nombre de el jefe de vehiculos, y asi lo hice, cuando fui a presentar el escrito, me digeron que el cambio de nombre lo habia hecho alguien con una carta de compra venta a mi nombre, segun ese cambio, se realizo hace dieciseis años, el embargo es de los ultimos seis años y un recibo de este año.
                El caso es que yo no se nada de este vehiculo, ni donde esta ni la documentacion ninada de nada, y la verdad, es que no se que hacer, el escrito que entregue,tampoco me han contestado.

                • Alicia Granell

                  Hola Jorge buenos días,

                  Si ese cambio de nombre se hizo sin tu consentimiento y corresponde a un vehículo que jamás ha estado en tu poder, deberías también poner una denuncia para que los hechos constaran ante las autoridades. Si recibes respuesta a ese escrito enviado al jefe de vehículos, tendrías que presentarlo junto con la denuncia en el Ayuntamiento para demostrar que esa deuda no te corresponde y solicitar la devolución del importe embargado indebidamente.

                  Saludos cordiales,

              7. Josepep

                Buenos dias, soy propietario de un camioncito de menos de 3500kg y quiero transferirlo a nombre de mi esposa.
                – Quisiera saber si debo pagar la tasa en hacienda y presentar la documentacion alli, o puedo ir directamente a trafico y realizar todos los tramites alli.
                – Necesitaria saber tambien como averiguar el importe a pagar por todos los tramites
                Gracias

                • Alicia Granell

                  Hola Josep buenas tardes,

                  El impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620) debes de pagarlo en Hacienda. El importe a pagar dependerá del tipo de vehículo que sea, su marca y modelo, aunque si revisas mis respuestas a anteriores comentarios encontrarás enlaces que te ayudarán a conocer el importe exacto e incluso una guía que te ayudará a completarlo. El cambio de nombre, tendrás que presentarlo después en Tráfico y las tasas tienen un coste de 52´80 euros.

                  Saludos cordiales,

              8. raul

                Buenos dias,
                tenia un coche que en su dia fue puesto a mi nombre y a nombre de otra persona , fue una persona que apenas convivi unos meses con ella y era de otra ciudad se acabo la relación y ella volvio a su ciudad y yo en la mia de eso hace 14 años ahora di el vehiculo en el concesionario para comprarme otro , asu vez el concesionario lo ha vendido y resulta que ahora la gestoria les da problemas para cambiarlo de nombre ya que pone mi nombre Y OTRO, si voy yo en persona a trafico tendre algun problema? ya que yo esta persona no tengo ni idea de donde vive ahora y no puedo localizarla de ninguna manera ya que incluso pregunte en la comisaria si habia alguna dirección vigente y me dijeron que no tenian nada…Si me ponen algun pero como hare?
                gracias

                • Jessica Jiménez Rodríguez

                  Buenos días, Raúl

                  Desde la primera transacción debían haberte avisado que habiendo dos titulares es necesario el permiso de ambos para cualquier gestión (cambio de nombre, baja…) que se necesite realizar con el vehículo. Mi consejo es que llames al teléfono de atención a cliente de Tráfico (060) o a la Jefatura de tu provincia (puedes encontrar los datos aquí https://www.ro-des.com/info/dgt/oficinas-de-trafico/ ) y expongas tu caso, pues no sé si actualmente hay algún protocolo a seguir que te ampare y permita realizar los trámites con uno solo de los titulares si el otro se encuentra «ilocalizable».

                  Saludos

              9. PEPI

                Hola
                Queremos hacer la venta del coche de mi padre que falleció hace 11 años. Hicimos declaración de herederos y herencia, pero creo recordar que el coche no está incluido en la misma. Quisiera saber cuales son los trámites para realizar la transferencia al comprador.

                gracias.

                • Jessica Jiménez Rodríguez

                  Buenos días, Pepi

                  Esto es una central de desguaces y como tal, abarcamos las gestiones de bajas de vehículos pero para cambio de nombre deberás acudir a la Jefatura de Tráfico de tu provincia. A grandes rasgos, la información la tienes en este mismo artículo y sobre la documentación adicional en caso de fallecimiento del titular lo ideal es que llames a la oficina de tráfico correspondiente para que te lo aclaren https://www.ro-des.com/info/dgt/oficinas-de-trafico/.

                  Saludos.

              10. Maria

                Buenos días,

                Tengo que cambiar mi coche en mi nombre. El coche está en nombre de la empresa de mi padre y me gustaria saber todos los documentos que tengo que presentar.

                Muchas grácias

                • Alicia Granell

                  Hola Maria,

                  Sobre el trámite de transferencia tienes más información en esta misma página. Contrato de compraventa no sería necesario. Te dejo el link a este artículo del blog, donde encontrarás más información detallada: Documentos y trámites a realizar para cambiar de titular un coche

                  Saludos cordiales,

              11. jose

                hola, e comprado un coche y lo he puesto a mi nombre( desde hace 2 dias esta a mi nombre) el papel que tengo mientras que me llega el definitivo es una autorizacion provisional para circular.
                La cosa es que me viene mejor ponerlo a nombre de mi padre, y nose si eso aún es posible o ya tendria que volver a hacer otra transferencia.

                saludos.

                • Alicia Granell

                  Hola José buenas tardes,

                  Siento comunicarte que para realizar el cambio que comentas tendréis que realizar una nueva transferencia.

                  Saludos cordiales,

              12. redouane sabir

                estamos en.melilla los.dos somos residentes de tarragona los si puede hacer en melilla el.cambio de titularidad. si el recibo esta pagado es necesario traerlo o no hace falta muchas gracias. y desculpe de las molestias . saludos

                • Alicia Granell

                  Buenos días,

                  Pues no sabría decirte exactamente ya que es posible que en Melilla el impuesto de transmisiones funcione de manera distinta a como lo hace en la península, al igual que sucede con el IVA y otros tributos. Te aconsejo que contactes directamente con la Jefatura de Tráfico de Melilla. Aquí puedes ver los datos: Oficina de Tráfico de Melilla.

                  El recibo del impuesto, si que tienes que aportarlo para realizar el cambio de titular.

                  Saludos cordiales,

              13. redouane sabir

                Holas buena. no soy de tarragona tambien somos lo dos de alli de tarragona. el recibo estaba pagado en 2013 hasta el mayo de 2014 es suficiente llevar solo este recibo muchas gracias. saludos

                • Alicia Granell

                  Hola de nuevo,

                  Entonces si los dos estáis en Tarragona… ¿a qué viene la pregunta de si se puede hacer en Melilla? Es que no me queda nada claro. Igualmente esa cuestión te la resolverán mejor en la DGT, nosotros somos una central de desguaces.

                  Sobre el impuesto, deberías haber recibido el de mayo de 2014 ya que el mes ya pasó… Tendrás que solicitar al Ayuntamiento una copia para poder pagarlo ya que es necesario el último impuesto y el que tienes de 2013 no se corresponde.

                  Saludos cordiales,

              14. redouane sabir

                hola buenas. me gustaria saber quiero vender mi coche à un señor de tarragona yo tambien soy de tarragona que puedo hacerlo en melilla? tango el recibo de
                Impuesto de Circulación pagado hasta el mes de Mai todavia no hé recibido otro para pagarlo quiero saber con este recibo es suficiente para cambiar de titularidad muchas gracias. saludos

                • Alicia Granell

                  Buenos días,

                  ¿Ambos vivís en Tarragona? ¿O tú vives en Melilla? Es que no me ha quedado claro ese asunto. Para el cambio de titularidad necesitarás el recibo del último impuesto que de ha recibido, es decir, el que ya tienes pagado desde Mayo.

                  Saludos cordiales,

              15. Silvia

                Buenas noches,

                Mi padre falleció hace dos meses y no otorgo testamento y era el titular de dos coches. Queremos poner los dos coches a nombre de nuestra madre, no hemos hecho aceptación de herencia ni nada, . ¿Que pasos tendríamos que seguir para cambiarle el titular a los coches? Saludos y gracias de antemano.

                • Alicia Granell

                  Hola Silvia buenos días,

                  Primero tendréis que hacer la aceptación de la herencia. Después, quedaréis como herederos tu madre, tu y tus hermanos si tienes, ya que se trata de una herencia universal al no haber declarado nada anteriormente. Una vez tengáis esto, tu y tus hermanos (si tienes) tendréis que renunciar a la herecia del vehículo en favor de tu madre y después ya con la renuncia, hacer el cambio de titular. Tendréis que aportar, como documentación adicional a la especificada en esta misma página, el certificado de defunción de tu padre, la aceptación de la herencia y la posterior renuncia.

                  Igualmente, quien mejor te puede informar en estos casos tan concretos es el propio notario.

                  Saludos cordiales,

              16. carol

                Hola, yo quiero vender mi coche y quiero hacer los papeles yo, no una gestora, la persona a la que se lo voy a vender no tiene tiempo para hacer los papeleos que necesito para poder hacerlo así?

              17. Alfredo

                Buenas tardes,

                Mi consulta es la siguiente, soy co-titular de un vehiculo del que, el titular principal es mi esposa.
                Ahora, yo quiero comprarle el coche y figurar como único titular.
                Tanto los dos titulares actuales como el vehiculo estamos en Barcelona.
                Pueden orientarme sobre los pasos a segui y la forma de hacerlo?

                Muchas gracias.

                Atentamente,
                Alfredo

                • Alicia Granell

                  Hola Alfredo buenas tardes,

                  Tendrás que hacer un cambio de titularidad del vehículo, trámite del cual tienes más información en esta misma página. Contrato de compraventa no sería necesario. Te dejo el link a este artículo del blog, donde encontrarás más información detallada: ¿Qué documentos y trámites hay que realizar para cambiar de titular un vehículo?

                  Saludos cordiales,

              18. patricio

                Hola,

                Te consulto lo siguiente, quizás tú me pueda ayudar.

                Quiero comprar un auto en Barcelona. Soy extranjero, pero tengo una visa de Residencia No Lucrativa (por un año). ¿Puedo comprarlo? Tengo NIE también, lógicamente.

                ¿Sabes tú cómo es esto?

                Saludos y muchas gracias
                Patricio

                • Alicia Granell

                  Buenos días Patricio,

                  Desconocemos las limitaciones que pueden tener cada uno de los visados válidos que se entregan a los extranjeros en España. Para conocer si estás o no es disposición de adquirir un vehículo con ese visado, te aconsejamos que contactes con tu consulado.

                  No obstante, creemos que lo de «no lucrativo» se refiere a ganancias y no a gastos. Además, si tienes NIE no deberías de tener tampoco ningún problema para comprarlo y ponerlo a tu nombre.

                  Saludos cordiales,

              19. ibrahim

                Gracias alicia. Es lo que he necho, pero me dicen el trafico y lo que tarda

                • Alicia Granell

                  Buenos días Ibrahim,

                  En cualquier caso, siempre puedes pedirles la documentación y acercarte tu mismo a realizar el cambio de titularidad en la DGT. No obstante, recuerda que ahora es necesario solicitar cita previa antes de acudir a las oficinas.

                  Saludos cordiales,

              20. ibrahim

                Hola alicia. Mi cituacion es esta. Compre un coche de segunda mano a una compraventa. Y me dijeron que el cambio de nombre tardara una semana y ahora va en mas de dos semanas y nada y a mi me urge viajar con el coche fuera de españa. Que me aconsejas para que me lo dieran lo antes posible. Gracias

                • Alicia Granell

                  Hola Ibrahim buenas tardes,

                  Lo más aconsejable es que contactes directamente con la empresa que te ha vendido el vehículo o la gestoría que esté llevando a cabo el trámite y les comentes que te urge la documentación para poder viajar con el vehículo.

                  Saludos,

              21. luis

                gracias,muy amable por responderme tan rapido.

              22. luis

                Hola mi pregunta es la siguiente,tengo un coche que quiero vender pero tengo 2 recibos del impuesto de circulacion sin abonar y una multa pendiente.debo pagar los 2 recibos o con el ultimo seria suficiente?puedo vender el coche teniendo la multa pendiente?gracias

                • Alicia Granell

                  Buenos días Luis,

                  El vehículo ha de transferirse sin cargas, por lo que los impuestos de circulación tendrán que estar pagados. Las multas pendientes no son un inconveniente, ya que se le seguirán reclamando a quien era el titular en su día (tu).

                  Saludos,

              23. Jessica

                Buenos días, estoy usando un coche a nombre de mi suegro. Mañana haremos el cambio de titular amo nombre puesto que lo voy a usar para plan pive. Me he descargado ya 620, notificación de transmisión de vehículo puesto que es donación, no me lo ha vendido. Pero he leído que puede que haya que pagar algo aparte, y que merece más la pena poner que es una venta por 100€ o una cantidad simbólica,cómo sé lo que sale más rentable?

                Muchas gracias

                • Alicia Granell

                  Buenos días Jessica,

                  Todo depende del vehículo que vaya a transferirse, de sus características y fecha de primera matriculación, ya que de ahí se calcula el porcentaje e importe a pagar en el impuesto de transmisiones patrimoniales en caso de no existir una venta.

                  Saludos cordiales,

              24. ANA

                Hola buenos días,
                Soy de Madrid, y se me plantea una duda, tengo que tramitar la venta de mi vehículo y para pedir cita previa no se si obligatoriamente lo tengo que hacer en Arturo Soria, 125 o podría acudir a Alcorcón.
                Dentro de la página de Arturo Soria, en <>, sería en el Área: Otros??
                Muchas gracias por las aportaciones que hace en esta página.

                • Alicia Granell

                  Hola Ana buenas tardes,

                  Si decides acudir a la oficina de Alcorcón debes pedir la cita previa en el área «vehículos», mientras que si acudes a la Jefatura de Tráfico de Madrid en la c/ Arturo Soria tendrás que solicitarla en el área «otros», tal y como bien has apuntado en tu comentario. Puedes acudir a cualquier Jefatura de Tráfico sin ningún inconveniente.

                  Saludos cordiales,

                  • ANA

                    Muchas gracias, Alicia

              25. Anonimo

                Hola,

                tengo una duda, hace 3 años le compre un coche a mi padre pero al ser mi padre no hicimos el cambio de titular y lo dejamos a nombre de su empresa como estaba inicialmente.
                Ahora me veo en la tesitura de que me mudo a Holanda y estoy pensando llevarme el coche ya que lo usaría allí a diario.
                No puedo justificarlo como parte de mi mudanza ya que debería estar a mi nombre en los últimos 6 meses.
                Que me aconsejáis que haga? que lo cambie de titular aquí o directamente allí? o llevármelo manteniendo el seguro español al nombre de la empresa de mi padre?

                un saludo y gracias

                • Alicia Granell

                  Buenos días Antonio,

                  Desconocemos las coberturas internacionales de la póliza de seguros que tenéis contratada con el coche que figura a nombre de la empresa de tu padre, por lo que no podemos aconsejarte en este sentido. No obstante, pensamos que sería mejor realizar el cambio de titularidad en España, para después darlo de baja definitiva por exportación y matricularlo nuevamente en Holanda.

                  Saludos cordiales,

              26. manuel jose molina

                voi a comprar un ciclomotor y me gustaría saber si lo del modelo 620 deveria pagarlo yo o el vendedor y si no se paga antes del cambio de nombre del vehiculo si se podría cambiar de nombre.

                • Alicia Granell

                  Hola Manuel José,

                  Para realizar el cambio de titularidad, debe abonarse con anterioridad el modelo 620 ya que es un requisito indispensable para que la transferencia se pueda hacer efectiva en la DGT. Quien se haga cargo del coste, ya es decisión vuestra.

                  Saludos cordiales,

                  • manuel jose

                    respecto al modelo 620 me gustaría cuanto hay que pagar de un ciclomotor del año 93 o donde podría informarme del precio de la gestion

                    • Alicia Granell

                      Buenas tardes Manuel José,

                      Te dejo el link a la página de Hacienda donde encontrarás las instrucciones para cumplimentar el modelo 620: ¿Cómo cumplimentar el modelo 620?

                      Para informarte sobre la gestión o llevarla a cabo, debes acudir a la oficina de Hacienda de tu Comunidad Autónoma. Este trámite puedes efectuarlo por Internet si tu domicilio fiscal se encuentra en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Cataluña, Islas Baleares, Madrid y Murcia. En este caso obtendrás un Código Electrónico de Transferencias (CET) que te servirá para acreditar que has cumplido tu obligación fiscal.

                      Saludos cordiales,

              27. MARCOS

                Hola,

                Mi consulta es la siguiente, si pongo mi coche a nombre de mi mujer que hago? relleno el Impreso oficial de solicitud de transmisión de un vehículo…..y despues lo entrego en trafico? hay que aportar alguna documentacion adicional? se tiene que pagar tasas?

                Muchas gracias.

                • Alicia Granell

                  Hola Marcos buenos días,

                  Tienes la información solicitada en esta misma página e incluso en alguno de mis comentarios de respuesta a anteriores usuarios. Si tu mujer no está presente durante el trámite, tendrás que llevar los modelos cumplimentados y firmados ya por ella, además de un documento de autorización.

                  En este artículo del blog, encontrarás más información detallada: ¿Qué documentos y trámites hay que realizar para cambiar de titular un vehículo?

                  Saludos cordiales,

              28. Tana

                Buenos dias, queria saber si me sacas de una duda, he comprado un coche y aun no he realizado el cambio de titular, ya en 3 dias tengo la cita en la dgt, pero mi duda es que conocidos me han dicho que no han pagado nada en hacienda, supongo se refieren a la 620, te pregunto .. es obligatoria la 620 para el cambio de titular? puedo ir alli a la dgt y pagar alli mismo? gracias por tu ayuda

                • Alicia Granell

                  Buenos días Tana,

                  Efectivamente, el modelo 620 (Impuesto sobre transmisiones patrimoniales) es de pago obligado cuando se hace un cambio de titular en la DGT. No obstante, en ciertos casos es posible que el titular esté exento de realizar este pago. El impuesto ha de liquidarse en Hacienda o bien con el modelo autoliquidable en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras, nunca en la oficina de la DGT.

                  Saludos,

              29. david

                Hola quería ver si me pueden ayudar es que yo tengo un coche que esta a nombre de mi hijo pero mi hijo está en Ecuador y yo estoy en Valencia como puedo aser el cambio de nombre que documentación necesito

                • Alicia Granell

                  Hola David,

                  Para realizar el trámite necesitarás reunir la documentación que se detalla en esta misma página y además, acompañarla por una autorización que tu hijo deberá firmar.

                  Saludos,

              30. Gaspar

                Gracias Alicía, el tema es cuestión de tiempo y de desplazamiento, no estoy en málaga ciudad. Sólo quería corroborar que todas la jefaturas de dgt se rigen por la misma normativa y ley, por tanto yo (y ellos si quieren) puedo hacer en papeleo en cualquiera de ellas sin problemas y si no tengo que presentar un papel en barcelona tampoco debo presentarlo en cualquier otra jefatura, es así, nooo?

                • Alicia Granell

                  Hola de nuevo Gaspar!

                  Pues en principio así debería ser, aunque tampoco te lo puedo asegurar al 100%. No sería el primer caso que conozco de Jefaturas que requieren documentación adicional sin motivo alguno. En el documento informativo de la DGT no se especifica nada de esto: https://sede.dgt.gob.es/Galerias/tramites-y-multas/tu-coche/cambio-titularidad/09/09-Notificacion-venta-vehiculo-04-04-2016.pdf Le aconsejamos imprimir esta hoja y llevarla consigo para efectuar el trámite, pues ni aún así quisieron hacérselo.

                  Ya se sabe que con las administraciones, hay que andar con pies de plomo. Nunca sabes lo que te vas a poder encontrar.

                  Tal vez podrías consultar a otro gestor distinto…

                  Saludos cordiales,

              31. Gaspar

                Buenas tardes Alicia,

                Mi situación es la siguiente:

                Soy de Barcelona y estos momentos estoy en Málaga y quiero comprar una motocicleta de más de 10 años de antigüedad cuyo propietario está empadronado en Sevilla. Según la hacienda de mi comunidad catalana no estoy obligado a pagar nada en concepto de transmisión de propiedades. Quiero llevar los papeles a través de una gestoría a la Jefatura de Dgt de Málaga -si no tengo mal entendido la Dgt es una agencia estatal y por tanto es indifernte si voy a Málaga, Bcn, Sevilla o Alcorcón- pero ellos, los gestores, dicen que antes debo obtener un justificante de exención de pago porque parace ser que la hacienda andaluza suele emitirlo para la gente que tributa en dicha comunidad. He llamado a la administración catalana y dicen que ese documento no lo emiten porque la ley dice q no tengo q pagar nada, he llamado a dgt y dicen q desde junio de este año en la comunidad catalana no hay q pagar ni presentar nada… Pero pese a todo, los gestores, se empeñan en q debo conseguir un papel que ni existe en mi comunidad y que, como es obvio, la agencia andaluza no puede emitir en mi nombre..

                No sé si me he explicado o si se entiende la situación, tan sólo preguntar si conocéis algún caso parecido (no creo q sea tan infrecuente) o si podéis decirme qué es lo que puedo hacer en este caso si quiero hacer todo el papeleo en málaga, y si tengo razón al insistir en que yo no necesito ningún justificante de exención y que todo puede tramitarse sin problemas.

                Mil gracias anticipadas, un saludo

                • Alicia Granell

                  Buenas tardes Gaspar,

                  Pues la verdad es que no conozco ningún caso similar. Ni siquiera sabía que las motocicletas de más de 10 años estaban exentas de pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales. Si el gestor te pone tantos inconvenientes… ¿por qué no realizas directamente tu el trámite en la jefatura de tráfico? Según comentas en la propia DGT te han dicho que no hace falta, el único que te requiere este documento es el gestor.

                  Realizar un cambio de nombre en Tráfico uno mismo es sencillo y además te ahorras los gastos del gestor.

                  Saludos,

              32. cri

                Hola Alicia, me gustaria que me contestaras a algunas dudas:
                Quiero poner mi coche a nombre de mi hijo, que vive en madrid y esta empadronado en madrid, fundamentalmente para poder adquirir derecho a aparcamiento.
                Donde y como pago la tasa 620 si tengo que abonarla.
                Donde puede efectuar el cambio de direccion, ya que mi hijo trabaja y en madrid es mas complicado me gustaria poderehaverlo en mi lugar de residencia.
                La itv esta en vigor asi como todos los papeles.
                Ae pueden llevar fotocopias?
                Un saludo Cristina

                • Alicia Granell

                  Buenos días Cri!

                  Sobre el modelo 620, si te fijas en el comentario que dejé como respuesta a otro usuario justo arriba del tuyo encontrarás la información que necesitas. El cambio de titular puedes efectuarlo tanto en la provincia donde resida al actual (tu) como en la del nuevo propietario (tu hijo), tan solo tendrás que acudir con toda la documentación y modelos complementarios cumplimentados y firmados por ambos.

                  El cambio de dirección es un trámite aparte aunque no creo que tengas problemas para realizarlo a la vez que el cambio de titular, tienes más información esta gestión aquí: Cambio de domicilio en la DGT

                  Además, te recomiendo leer este post detallado que publicamos en nuestro blog sobre el cambio de nombre de un vehículo: Documentos y trámites para el cambio de titular

                  Sobre la documentación, indicarte que salvo los DNI todos los papeles, modelos y solicitudes tendrán que ser originales.

                  Saludos,

              33. Javier

                Gracias Alicia. Me ha servido mucho tu informacion, que ha sido rápida y precisa. Solo un par de dudas pequeñas :
                – Puede mi hija (compradora) presentar y pagar el modelo 620 en un banco (cuál), ó tiene que ir necesariamente a Hacienda ? Puedo hacerle yo ese trámite, y en ese caso, qué necesito presentar allí ?
                – El contrato de compraventa entre mi hija y yo (p.e. por 100 Euros) podría ser un escrito normal, doc privado con los datos de ambos y del vehículo y firmado por ambos ?
                Gracias y disculpa por abusar de tu amabilidad … y conocimientos.

                • Alicia Granell

                  Hola de nuevo Javier!

                  Con respecto a los modelos de contrato, he encontrado un modelo de contrato de compra-venta que seguro que te sirve, tan solo tendríais que descargarlo, imprimirlo y rellenarlo.

                  Modelo de contrato de compra venta para vehículos
                  – El modelo 620, puedes pagarlo o bien en una delegación de Hacienda o bien en alguna de las entidades bancarias colaboradoras. Puedes ver el listado aquí: entidades bancarias colaboradoras con Hacienda

                  Además, también he encontrado una página de la Generalitat Valenciana donde puedes cumplimentar y autogenerar el modelo 620, así como las instrucciones que proporciona Hacienda para la cumplimentación de este impreso. Te dejo el link para que puedas hacerlo y consultarlo:

                  Modelo 620
                  Instrucciones para cumplimentar el modelo 620

                  Espero que la información te sirva de utilidad y vuelvas pronto a visitarnos!

                  Saludos cordiales,

              34. Javier

                Quiero transmitir un coche a mi hija. Yo vivo en Valencia y el coche fue matriculado tambien en Valencia. Mi hija está empadronada en Valencia, pero vive en Alicante. Tengo cuatro dudas :
                – Puede hacer ella el tramite en la DGT de Alicante ?
                – Veo dos impresos en la web, uno se llama SOLICITUD DE TRANSMISION y el otro se llama NOTIFICACION DE TRANSMISION. Debo rellenar los dos ? Y debo pagar tasas por los dos ?
                – Debemos presentar mi hija y yo un documento privado hecho y firmado por nosotros mismos, mediante el cual le vendo el coche, por ejemplo por cero Euros ?
                – En la hoja informativa que hay en la web para explicar la NOTIFICACION DE TRANSMISION, hay un parrafo al final que dice : NOTA: Si no presenta el trámite el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste, en la que se haga constar la gratuidad (modelo disponible en https://www.dgt.es/inicio/es/). No lo encuentro en la web de DGT.
                – Tengo que rellenar el modelo 620 de Hacienda (el de Transmisiones Patrimoinales), aunque se trate de transmitir el coche por velor cero Euros ? Si debo rellenarlo, es necesario presentarlo en color, o puedo imprimirlo en blanco/negro y rellenarlo ?
                Gracias.

                • Alicia Granell

                  Hola Javier buenos días,

                  Gracias por tu comentario. A continuación, procedo a esclarecer algunas de las dudas que planteas:

                  – En principio de no debería haber problema en que realizarais el trámite en otra jefatura.
                  – Como no es una venta, no es necesario que realicéis el trámite de «notificación de venta» ni que abonéis las tasas.
                  – El modelo de autorización, puedes encontrarlo en la misma web de la DGT en el apartado «Modelos e impresos», aunque te dejo aquí el link directo: https://sede.dgt.gob.es/es/aplicaciones/reap-descarga-formularios-representacion.shtml
                  – En el modelo 620, al no tratarse de una venta por un valor económico, tendréis que declarar el valor venal del coche y se devengará un porcentaje de este. No importa si está en color o en blanco y negro.

                  Además, comentarte que igual es mejor que hagáis un contrato de compra venta aunque sea por valor de 100 euros, para que el impuesto de transmisiones patrimoniales os salga más económico (dependiendo del valor venal que tenga el coche, claro está). Tampoco sería necesario realizar la «notificación de la venta» si directamente hacéis el cambio de titularidad, ya que este trámite va más enfocado a particulares que venden sus vehículos a un compra venta o a otro particular con el que no guardan ningún tipo de parentesco o afinidad.

                  Espero que hayamos podido resolver tus dudas, en caso contrario ya sabes donde encontrarnos.

                  Saludos cordiales,

              35. Ademir

                Hola
                Yo vivo en Valencia y voy a comprar un coche que esta en Bellcaire d empordà (GIRONA) que era de un señor que falleció y la viuda me la va a vender, la pregunta mía es la siguiente:

                1 Yo puedo ir a por el coche darle el dinero a la señora y viajar en el para Valencia y hacer todo allí?
                2 Que documentación le digo a la señora que me tenga lista para cuando yo viaje por el coche?
                3 Si no se hace nada del cambio de nombre y sigo así con el coche a nombre de un difunto que puede pasar?
                4 Si el coche debe impuestos de rodamiento en el ayuntamiento y me lo traigo para valencia que pasaría?

                Muchas gracias.

                • Alicia Granell

                  Buenos días Ademir,

                  En respuesta a tus preguntas, informarte que:

                  1) Si, podrías hacerlo siempre y cuando te lleves toda la documentación necesaria y los modelos a presentar cumplimentados y firmados.

                  2) Necesitarás toda la documentación que figura en esta página y además, tendrás que presentar una renuncia de los herederos (conyuge e hijos, si no se estipula lo contrario en el testamento) al vehículo, la fotocopia del DNI de todos ellos, la fotocopia del libro de familia y una copia del Certificado de Defunción. Te aconsejamos que aclares primeramente este asunto con tu Jefatura de Tráfico, ya que es posible que se requieran otros documentos (nosotros gestionamos bajas definitivas y es la documentación adicional que requerimos en casos de fallecimiento).

                  3) Podrían denunciarte y en cualquier caso, no figurarías como propietario del vehículo por lo que no sería un bien sobre el que tuvieses potestad.

                  4) Con Impuestos de Circulación pendientes, no es posible llevar a cabo el cambio de titular del vehículo.

                  Esperamos haberte podido orientar un poco.

                  Saludos cordiales,

              36. María Padrón

                Hola Beatriz
                Después de fallecer mi padre, mis hermanos mayores me dejaron el coche de papá para mi uso. Esto ocurrió hace 20 años. Ahora me gustaría aprovechar el plan pive y comprar uno nuevo. El caso es que el coche sigue a nombre de mi padre. El coche no estaba incluido en el testamento. Todos en su día hicimos la aceptación de la herencia.
                ¿Podrías decirme qué necesitaría para ponerlo a mi nombre?
                Muchas gracias

                • Alicia Granell

                  Hola María buenos días,

                  Beatriz es tan solo una usuaria que vino a exponer su consulta, al igual que tu, y que a día de hoy como verás todavía no ha vuelto para exponer los detalles necesarios para poder darle una respuesta. No obstante, intentaré orientarte un poco sobre cómo llevar a cabo la gestión.

                  En primer lugar, tus hermanos y tu madre deberán renunciar al vehículo y para ello tendréis que realizar un documento similar a este: Renuncia de herederos en el que se especifique que es para un cambio de titularidad o transferencia. Este documento a la hora de realizar el trámite en Tráfico, tendrá que ir acompañado del justificante del pago o exención del Impuesto de Sucesiones, fotocopia del certificado de defunción, fotocopia del testamento, libro de familia, fotocopia del DNI de todos los herederos (tu madre, tus hermanos y tu) y la documentación identificativa del vehículo (ficha técnica, permiso de circulación y pago del último IVTM).

                  También te aconsejo que antes de todo, pues no es un trámite muy habitual y en la misma web de la DGT no se hace referencia al mismo, te pongas en contacto con tu Jefatura de Tráfico o bien llames al 060, que es el número de información general, para cerciorarte bien de que no falta ningún documento que añadir a los anteriormente mencionados. Además, también podrás pedir la cita previa para acudir a formalizar la transferencia.

                  Espero que te haya podido servir de ayuda.

                  Saludos cordiales,

              37. Beatriz

                Hola me llamó Beatriz y hace unos días mi padre falleció. Y tenemos un coche que consta a su nombre y no se que he de hacer si cambiar la titularidad para venderlo o al ser fallecimiento se podría dar de baja y venderlo un saludo gracias

                • Alicia Granell

                  Buenos días Beatríz,

                  La elección del trámite debe ser vuestra, ya que es posible decantarse por cualquiera de los dos: el cambio de titular o la baja definitiva. ¿Tenéis pensado seguir utilizando el coche, vais a venderlo en el mercado de segunda mano o preferís deshaceros de el enviándolo al desguace?.

                  Saludos cordiales,

              38. Verònica

                Hola,
                Hace unos 10 meses compré un vehículo de segunda mano. Ahora quiero hacer el cambio de nombre pero he leído que se ha de hacer en el período de 30 dias.
                Q puedo hacer?
                Gracias y un saludo.

                • Alicia Granell

                  Buenos días Verónica,

                  El plazo de 15 días y no de 30, si te fijas bien, verás que se corresponde al apartado de consejos que ofrece la DGT con respecto a este trámite, donde indica que es recomendable que se pida al comprador que remita la copia del permiso de circulación en un plazo inferior a 15 días, pero es eso una recomendación y no una obligación. No es necesario hacerlo en ese plazo, aunque si te aconsejamos que no lo dejes para más adelante con el fin de evitarte futuros problemas.

                  Saludos cordiales,

              39. Adolfo Benavides Peña

                Buenos días, mi consulta es la siguiente. Mi pareja acaba de recibir en herencia un turismo y está matriculado en Madrid. ya se ha pagado el impuesto de sucesión del vehículo y aparece en la documentación de reparto de la herencia como suyo. La intención es venderlo pero me necesito saber si ya puedo transferirlo o por fuerza tiene que pasar primero a su nombre.

                No sé si es necesario realizar una primera transferencia o al ser herencia y pagar el impuesto de sucesión ya consta como suyo para poder venderlo y que se pueda realizar la trasferencia sin problemas con el futuro comprador.

                Quedo pendiente de su respuesta. Gracias

                • Alicia Granell

                  Hola Adolfo buenos días,

                  Su pareja actualmente es la propietaria del vehículo, aunque no la titular a efectos administrativos. Sería necesario realizar el cambio de titularidad para después poder realizar el correspondiente contrato de compraventa y efectuar la transferencia a nombre del comprador.

                  Igualmente, si quieres asegurarte te recomiendo llamar al teléfono de información general de la DGT que es el 060.

                  Saludos cordiales,

              40. lorena guijarro aldomar

                He vendido un coche y quiero saber si el propietario lo ha tranferido a su nombre

                • Alicia Granell

                  Hola Lorena buenos días,

                  Para comprobar si el cambio de titular se ha efectuado correctamente, puedes pedir en cualquier Jefatura de Tráfico un informe de antecedentes del vehículo. En este documento, aparecen todos los datos de registro del vehículo y los cambios administrativos que se hayan producido en el mismo.

                  Saludos cordiales,

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