Cambio de titular de un coche en la DGT
Pasos, documentos y consejos para cambiar el propietario de un vehículo
La información que necesitas en RO-DES
- Consejos imprescindibles al vender tu coche
- Qué debes revisar antes de comprar un vehículo
- Dónde y cómo realizar el cambio de titularidad
- Requisitos y documentación oficial que necesitas presentar
- Casos especiales: Herencias, vehículos extranjeros o extraviados
- Dónde realizar el cambio de titularidad
- Preguntas frecuentes sobre el cambio de titularidad en la DGT
Consejos imprescindibles al vender tu coche
Vender un vehículo puede parecer un trámite sencillo, pero si no se realiza correctamente, podrías enfrentarte a multas, impuestos o responsabilidades legales posteriores. Por eso, la DGT recomienda seguir estas pautas esenciales:
- Contrato de compraventa: Conserva siempre el contrato firmado por ambas partes. Si vendes a través de un compraventa profesional, guarda la factura emitida por la empresa. Esto sirve como comprobante legal de la transacción.
- Documentación del vehículo: Entrega todos los documentos necesarios, entre los que se encuentra la tarjeta de la ITV (que tiene que estar en vigor), el permiso de circulación y el recibo del impuesto municipal del año anterior. Esto garantiza que el comprador podrá tramitar el cambio de titularidad sin problemas.
- Notificación de venta: Informa al comprador que tiene un plazo máximo de 30 días para formalizar el cambio de titularidad en la DGT. Si no lo hace, acude a la Jefatura de Tráfico para notificar la venta, protegiéndote de posibles sanciones o multas que puedan generarse mientras el vehículo aún aparece a tu nombre.
- Hora y fecha de entrega: Es recomendable que estos datos queden reflejados en el contrato. De esta forma, cualquier multa o incidencia ocurrida antes de la inscripción del nuevo propietario queda correctamente documentada y no te afectará legalmente.
Seguir estos pasos asegura que la venta sea transparente, legal y libre de conflictos futuros, evitando problemas que podrían complicar tu relación con la DGT o con terceros.
Qué debes revisar antes de comprar un vehículo
Comprar un vehículo de segunda mano requiere atención y precaución para evitar problemas legales, económicos o mecánicos en el futuro. Antes de formalizar la compra, revisa cuidadosamente los siguientes aspectos:
- Documentación del vehículo: Asegúrate de que el vendedor te entregue la tarjeta de la ITV, el permiso de circulación y el recibo del impuesto municipal del año anterior. Estos documentos son indispensables para realizar el cambio de titularidad.
- Contrato de compraventa: Nunca entregues el dinero ni recojas el coche sin firmar un contrato o, si compras a un profesional, una factura. Este documento sirve como prueba legal de la transacción.
- Estado del vehículo: Comprueba que la ITV esté vigente, revisa el historial de mantenimiento y busca posibles daños o reparaciones importantes. Esto te ayudará a evitar sorpresas costosas después de la compra.
- Multas o cargas pendientes: Verifica que el vehículo no tenga multas, embargos, precintos o reservas de dominio que puedan afectar la transferencia. Puedes hacerlo solicitando un informe del vehículo en la DGT.
- Notificación de venta anterior: Confirma que el vehículo no está todavía a nombre de otro propietario, para evitar complicaciones legales o económicas tras la compra.
Tomarte el tiempo para revisar estos puntos garantiza que la compra sea segura, transparente y sin riesgos, protegiéndote de problemas legales o económicos en el futuro.
Dónde y cómo realizar el cambio de titularidad
Una vez compraste un vehículo, el cambio de titularidad ante la DGT es un trámite obligatorio para que el coche quede legalmente registrado a tu nombre. Este proceso puede realizarse de forma presencial o online, dependiendo de tus preferencias y del tipo de documentación disponible.
Desde la firma del contrato de compraventa, el comprador tiene un plazo máximo de 30 días para formalizar el cambio de titularidad ante la DGT. Una vez se haya hecho efectivo el trámite, se emitirá un nuevo permiso de circulación que solamente será válido si la ITV del vehículo está en vigor.
Antes de acudir a la Jefatura de Tráfico o de realizar el trámite de transferencia telemáticamente (solo para aquellos interesados que posean certificado digital o DNI electrónico), se tendrá que justificar el pago, exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelos 620 y 621, según corresponda) en la Comunidad Autónoma donde el comprador tenga su domicilio fiscal. En la mayoría de Comunidades Autónomas existe la opción de realizar esta gestión de forma online.
Una vez completado el paso anterior se podrá acudir a la Jefatura de Tráfico (del comprador o del vendedor), abonar las tasas correspondientes y entregar la documentación necesaria para realizar el cambio de titularidad del vehículo.
Requisitos y documentación oficial que necesitas presentar
El vehículo y su titular deberán estar al día tanto en el pago de impuestos locales como de sanciones ya que de lo contrario la transferencia del vehículo podría denegarse. Además, si existe una reserva de dominio, embargo u orden de precinto sobre el vehículo, el cambio de titularidad podría tener ciertas limitaciones.
Los requisitos principales para poder realizar la transferencia de un vehículo son:
- Estar en situación de alta administrativa.
- Que el Impuesto de Circulación del año anterior haya sido abonado.
- Que las posibles sanciones impuestas hayan sido abonadas.
- Qué esté libre de cualquier limitación de disposición, de embargos y precintos.
Puedes realizar la comprobación de los puntos anteriores accediendo al informe reducido del vehículo.
A su vez, y antes de realizar el cambio de titularidad en la DGT, se deberá justificar el pago, exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Para realizar el cambio de titularidad de un vehículo en la DGT, es imprescindible contar con varios documentos que acrediten la transmisión y la identidad de los interesados.
- Solicitud oficial: Se debe completar y firmar el impreso oficial de cambio de titularidad, disponible tanto en las Jefaturas de Tráfico como en la página web de la DGT. Este documento formaliza la solicitud ante el Registro de Vehículos.
- Documento de transmisión del vehículo: El comprador debe presentar una factura si la adquisición se realizó a través de un concesionario o compraventa profesional. En el caso de compra entre particulares, se requiere el contrato de compraventa firmado por ambas partes.
- Identificación de los interesados: Los documentos de identidad son necesarios tanto para el comprador como para el vendedor.
- Personas físicas: DNI, permiso de conducción, tarjeta de residencia o pasaporte con NIE.
- Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de representación, acompañada del DNI del firmante.
- Menores o incapacitados: datos y firma del tutor, junto con documento que acredite la representación legal.
- Justificantes de pago: Es obligatorio presentar el resguardo del pago de la tasa de transferencia de la DGT. Si no se ha abonado previamente, se puede pagar directamente en la Jefatura mediante tarjeta de crédito o débito. Además, se debe justificar el pago, exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) según corresponda.
Impreso de solicitud de cambio de titularidad
Modelo de documentación de compra-venta de vehículos
Nota informativa sobre la compra-venta de coches
Casos especiales: Herencias, vehículos extranjeros o extraviados
En casos especiales al cambiar la titularidad de un vehículo, como fallecimiento del titular, separación, vehículos embargados, financiados o donaciones, se requiere documentación adicional para que el trámite sea válido. Por ejemplo:
- Ante un fallecimiento, se debe aportar el justificante del pago o exención del impuesto de sucesiones y la declaración responsable de cambio de titularidad disponible en la web de la DGT.
- En situaciones de separación o divorcio, será necesario presentar la sentencia judicial o el convenio regulador que indique quién será el nuevo titular.
- Si el vehículo está embargado o precintado, el comprador debe firmar un documento indicando que conoce la situación, y mientras dure el precinto, no se podrá emitir un nuevo Permiso de Circulación ni circular con él. En el caso de vehículos financiados con reserva de dominio, es obligatorio verificar que no haya anotaciones que impidan la transferencia y, si las hay, presentar la carta de cancelación de la reserva y confirmar que el pago del vehículo está completo.
- Para donaciones, se debe entregar un documento que acredite la transmisión del vehículo y abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones junto con su justificante.
- Otros casos especiales incluyen vehículos agrícolas, autobuses o camiones pesados, vehículos importados de Canarias, Ceuta o Melilla, y vehículos de autoescuela, taxi o alquiler sin conductor; todos requieren la documentación específica correspondiente, como certificados de registro, transporte, aduanas o impuestos de matriculación.
También existe la declaración responsable para cambios de titularidad por escisión, fusión o aportación no dineraria.
Dónde realizar el cambio de titularidad
El cambio de titularidad de un vehículo se puede realizar de forma presencial o online, adaptándose a tus necesidades:
- De manera presencial, se puede acudir a cualquier Jefatura de Tráfico. Es obligatorio solicitar cita previa a través de la página web de la DGT o llamando al 060. Allí se entregará la documentación requerida, se abonarán las tasas correspondientes y se emitirá el nuevo permiso de circulación a nombre del comprador.
- De forma online, el trámite se realiza a través del Registro Electrónico de la DGT. Para ello, el comprador debe identificarse con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve, adjuntar toda la documentación necesaria y registrar la solicitud. Una vez validada, la DGT enviará el nuevo permiso de circulación al domicilio del solicitante.
Esta flexibilidad permite que puedas realizar la transferencia de manera rápida y segura, ya sea desde casa o acudiendo directamente a la Jefatura de Tráfico.
Información actualizada el 10/02/2026. Puedes acceder a la información oficial a través de estos enlaces: Cambio de titularidad de un vehículo en la DGT.
Preguntas frecuentes sobre el cambio de titularidad en la DGT
Como comprador ¿Cuándo recibiré el permiso de circulación a mi nombre?
Una vez completado el trámite de cambio de titularidad y entregada toda la documentación requerida, la DGT emite un nuevo permiso de circulación a nombre del comprador. Si realizas el trámite presencialmente, lo recibirás al momento en la Jefatura de Tráfico. Si lo gestionas online, la DGT enviará el permiso a tu domicilio, por lo general en pocos días hábiles, dependiendo del correo.
¿Hay que llevar el DNI original del comprador?
Sí, siempre que el trámite sea presencial, el comprador debe presentar su DNI, tarjeta de residencia o pasaporte original para acreditar su identidad. En caso de que el trámite sea realizado por un autorizado, este deberá llevar el DNI del comprador y un documento de autorización firmado.
¿Dónde está regulado el cambio de titularidad del vehículo?
El cambio de titularidad de vehículos está regulado por el Reglamento General de Vehículos y la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT), que establece los procedimientos, requisitos y documentación necesaria para realizar la transferencia legalmente.
¿Puedo transferir un coche con un embargo?
No, si el vehículo tiene un embargo registrado, no se podrá realizar la transferencia hasta que se haya levantado. Será necesario acreditar la cancelación del embargo ante la DGT antes de completar el cambio de titularidad.
¿Puedo transferir un coche con un precinto judicial?
Tampoco es posible transferir un vehículo que tenga un precinto judicial activo. El coche debe estar libre de precintos o restricciones legales para que la DGT pueda emitir un nuevo permiso de circulación a nombre del comprador.
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He vendido un coche y quiero saber si el propietario lo ha tranferido a su nombre
Hola Lorena buenos días,
Para comprobar si el cambio de titular se ha efectuado correctamente, puedes pedir en cualquier Jefatura de Tráfico un informe de antecedentes del vehículo. En este documento, aparecen todos los datos de registro del vehículo y los cambios administrativos que se hayan producido en el mismo.
Saludos cordiales,
Buenos días, mi consulta es la siguiente. Mi pareja acaba de recibir en herencia un turismo y está matriculado en Madrid. ya se ha pagado el impuesto de sucesión del vehículo y aparece en la documentación de reparto de la herencia como suyo. La intención es venderlo pero me necesito saber si ya puedo transferirlo o por fuerza tiene que pasar primero a su nombre.
No sé si es necesario realizar una primera transferencia o al ser herencia y pagar el impuesto de sucesión ya consta como suyo para poder venderlo y que se pueda realizar la trasferencia sin problemas con el futuro comprador.
Quedo pendiente de su respuesta. Gracias
Hola Adolfo buenos días,
Su pareja actualmente es la propietaria del vehículo, aunque no la titular a efectos administrativos. Sería necesario realizar el cambio de titularidad para después poder realizar el correspondiente contrato de compraventa y efectuar la transferencia a nombre del comprador.
Igualmente, si quieres asegurarte te recomiendo llamar al teléfono de información general de la DGT que es el 060.
Saludos cordiales,
Hola,
Hace unos 10 meses compré un vehículo de segunda mano. Ahora quiero hacer el cambio de nombre pero he leído que se ha de hacer en el período de 30 dias.
Q puedo hacer?
Gracias y un saludo.
Buenos días Verónica,
El plazo de 15 días y no de 30, si te fijas bien, verás que se corresponde al apartado de consejos que ofrece la DGT con respecto a este trámite, donde indica que es recomendable que se pida al comprador que remita la copia del permiso de circulación en un plazo inferior a 15 días, pero es eso una recomendación y no una obligación. No es necesario hacerlo en ese plazo, aunque si te aconsejamos que no lo dejes para más adelante con el fin de evitarte futuros problemas.
Saludos cordiales,
Hola me llamó Beatriz y hace unos días mi padre falleció. Y tenemos un coche que consta a su nombre y no se que he de hacer si cambiar la titularidad para venderlo o al ser fallecimiento se podría dar de baja y venderlo un saludo gracias
Buenos días Beatríz,
La elección del trámite debe ser vuestra, ya que es posible decantarse por cualquiera de los dos: el cambio de titular o la baja definitiva. ¿Tenéis pensado seguir utilizando el coche, vais a venderlo en el mercado de segunda mano o preferís deshaceros de el enviándolo al desguace?.
Saludos cordiales,
Hola Beatriz
Después de fallecer mi padre, mis hermanos mayores me dejaron el coche de papá para mi uso. Esto ocurrió hace 20 años. Ahora me gustaría aprovechar el plan pive y comprar uno nuevo. El caso es que el coche sigue a nombre de mi padre. El coche no estaba incluido en el testamento. Todos en su día hicimos la aceptación de la herencia.
¿Podrías decirme qué necesitaría para ponerlo a mi nombre?
Muchas gracias
Hola María buenos días,
Beatriz es tan solo una usuaria que vino a exponer su consulta, al igual que tu, y que a día de hoy como verás todavía no ha vuelto para exponer los detalles necesarios para poder darle una respuesta. No obstante, intentaré orientarte un poco sobre cómo llevar a cabo la gestión.
En primer lugar, tus hermanos y tu madre deberán renunciar al vehículo y para ello tendréis que realizar un documento similar a este: Renuncia de herederos en el que se especifique que es para un cambio de titularidad o transferencia. Este documento a la hora de realizar el trámite en Tráfico, tendrá que ir acompañado del justificante del pago o exención del Impuesto de Sucesiones, fotocopia del certificado de defunción, fotocopia del testamento, libro de familia, fotocopia del DNI de todos los herederos (tu madre, tus hermanos y tu) y la documentación identificativa del vehículo (ficha técnica, permiso de circulación y pago del último IVTM).
También te aconsejo que antes de todo, pues no es un trámite muy habitual y en la misma web de la DGT no se hace referencia al mismo, te pongas en contacto con tu Jefatura de Tráfico o bien llames al 060, que es el número de información general, para cerciorarte bien de que no falta ningún documento que añadir a los anteriormente mencionados. Además, también podrás pedir la cita previa para acudir a formalizar la transferencia.
Espero que te haya podido servir de ayuda.
Saludos cordiales,
Hola
Yo vivo en Valencia y voy a comprar un coche que esta en Bellcaire d empordà (GIRONA) que era de un señor que falleció y la viuda me la va a vender, la pregunta mía es la siguiente:
1 Yo puedo ir a por el coche darle el dinero a la señora y viajar en el para Valencia y hacer todo allí?
2 Que documentación le digo a la señora que me tenga lista para cuando yo viaje por el coche?
3 Si no se hace nada del cambio de nombre y sigo así con el coche a nombre de un difunto que puede pasar?
4 Si el coche debe impuestos de rodamiento en el ayuntamiento y me lo traigo para valencia que pasaría?
Muchas gracias.
Buenos días Ademir,
En respuesta a tus preguntas, informarte que:
1) Si, podrías hacerlo siempre y cuando te lleves toda la documentación necesaria y los modelos a presentar cumplimentados y firmados.
2) Necesitarás toda la documentación que figura en esta página y además, tendrás que presentar una renuncia de los herederos (conyuge e hijos, si no se estipula lo contrario en el testamento) al vehículo, la fotocopia del DNI de todos ellos, la fotocopia del libro de familia y una copia del Certificado de Defunción. Te aconsejamos que aclares primeramente este asunto con tu Jefatura de Tráfico, ya que es posible que se requieran otros documentos (nosotros gestionamos bajas definitivas y es la documentación adicional que requerimos en casos de fallecimiento).
3) Podrían denunciarte y en cualquier caso, no figurarías como propietario del vehículo por lo que no sería un bien sobre el que tuvieses potestad.
4) Con Impuestos de Circulación pendientes, no es posible llevar a cabo el cambio de titular del vehículo.
Esperamos haberte podido orientar un poco.
Saludos cordiales,
Quiero transmitir un coche a mi hija. Yo vivo en Valencia y el coche fue matriculado tambien en Valencia. Mi hija está empadronada en Valencia, pero vive en Alicante. Tengo cuatro dudas :
– Puede hacer ella el tramite en la DGT de Alicante ?
– Veo dos impresos en la web, uno se llama SOLICITUD DE TRANSMISION y el otro se llama NOTIFICACION DE TRANSMISION. Debo rellenar los dos ? Y debo pagar tasas por los dos ?
– Debemos presentar mi hija y yo un documento privado hecho y firmado por nosotros mismos, mediante el cual le vendo el coche, por ejemplo por cero Euros ?
– En la hoja informativa que hay en la web para explicar la NOTIFICACION DE TRANSMISION, hay un parrafo al final que dice : NOTA: Si no presenta el trámite el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste, en la que se haga constar la gratuidad (modelo disponible en https://www.dgt.es/inicio/es/). No lo encuentro en la web de DGT.
– Tengo que rellenar el modelo 620 de Hacienda (el de Transmisiones Patrimoinales), aunque se trate de transmitir el coche por velor cero Euros ? Si debo rellenarlo, es necesario presentarlo en color, o puedo imprimirlo en blanco/negro y rellenarlo ?
Gracias.
Hola Javier buenos días,
Gracias por tu comentario. A continuación, procedo a esclarecer algunas de las dudas que planteas:
– En principio de no debería haber problema en que realizarais el trámite en otra jefatura.
– Como no es una venta, no es necesario que realicéis el trámite de «notificación de venta» ni que abonéis las tasas.
– El modelo de autorización, puedes encontrarlo en la misma web de la DGT en el apartado «Modelos e impresos», aunque te dejo aquí el link directo: https://sede.dgt.gob.es/es/aplicaciones/reap-descarga-formularios-representacion.shtml
– En el modelo 620, al no tratarse de una venta por un valor económico, tendréis que declarar el valor venal del coche y se devengará un porcentaje de este. No importa si está en color o en blanco y negro.
Además, comentarte que igual es mejor que hagáis un contrato de compra venta aunque sea por valor de 100 euros, para que el impuesto de transmisiones patrimoniales os salga más económico (dependiendo del valor venal que tenga el coche, claro está). Tampoco sería necesario realizar la «notificación de la venta» si directamente hacéis el cambio de titularidad, ya que este trámite va más enfocado a particulares que venden sus vehículos a un compra venta o a otro particular con el que no guardan ningún tipo de parentesco o afinidad.
Espero que hayamos podido resolver tus dudas, en caso contrario ya sabes donde encontrarnos.
Saludos cordiales,
Hola Alicia, me gustaria que me contestaras a algunas dudas:
Quiero poner mi coche a nombre de mi hijo, que vive en madrid y esta empadronado en madrid, fundamentalmente para poder adquirir derecho a aparcamiento.
Donde y como pago la tasa 620 si tengo que abonarla.
Donde puede efectuar el cambio de direccion, ya que mi hijo trabaja y en madrid es mas complicado me gustaria poderehaverlo en mi lugar de residencia.
La itv esta en vigor asi como todos los papeles.
Ae pueden llevar fotocopias?
Un saludo Cristina
Buenos días Cri!
Sobre el modelo 620, si te fijas en el comentario que dejé como respuesta a otro usuario justo arriba del tuyo encontrarás la información que necesitas. El cambio de titular puedes efectuarlo tanto en la provincia donde resida al actual (tu) como en la del nuevo propietario (tu hijo), tan solo tendrás que acudir con toda la documentación y modelos complementarios cumplimentados y firmados por ambos.
El cambio de dirección es un trámite aparte aunque no creo que tengas problemas para realizarlo a la vez que el cambio de titular, tienes más información esta gestión aquí: Cambio de domicilio en la DGT
Además, te recomiendo leer este post detallado que publicamos en nuestro blog sobre el cambio de nombre de un vehículo: Documentos y trámites para el cambio de titular
Sobre la documentación, indicarte que salvo los DNI todos los papeles, modelos y solicitudes tendrán que ser originales.
Saludos,
Buenas tardes Alicia,
Mi situación es la siguiente:
Soy de Barcelona y estos momentos estoy en Málaga y quiero comprar una motocicleta de más de 10 años de antigüedad cuyo propietario está empadronado en Sevilla. Según la hacienda de mi comunidad catalana no estoy obligado a pagar nada en concepto de transmisión de propiedades. Quiero llevar los papeles a través de una gestoría a la Jefatura de Dgt de Málaga -si no tengo mal entendido la Dgt es una agencia estatal y por tanto es indifernte si voy a Málaga, Bcn, Sevilla o Alcorcón- pero ellos, los gestores, dicen que antes debo obtener un justificante de exención de pago porque parace ser que la hacienda andaluza suele emitirlo para la gente que tributa en dicha comunidad. He llamado a la administración catalana y dicen que ese documento no lo emiten porque la ley dice q no tengo q pagar nada, he llamado a dgt y dicen q desde junio de este año en la comunidad catalana no hay q pagar ni presentar nada… Pero pese a todo, los gestores, se empeñan en q debo conseguir un papel que ni existe en mi comunidad y que, como es obvio, la agencia andaluza no puede emitir en mi nombre..
No sé si me he explicado o si se entiende la situación, tan sólo preguntar si conocéis algún caso parecido (no creo q sea tan infrecuente) o si podéis decirme qué es lo que puedo hacer en este caso si quiero hacer todo el papeleo en málaga, y si tengo razón al insistir en que yo no necesito ningún justificante de exención y que todo puede tramitarse sin problemas.
Mil gracias anticipadas, un saludo
Buenas tardes Gaspar,
Pues la verdad es que no conozco ningún caso similar. Ni siquiera sabía que las motocicletas de más de 10 años estaban exentas de pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales. Si el gestor te pone tantos inconvenientes… ¿por qué no realizas directamente tu el trámite en la jefatura de tráfico? Según comentas en la propia DGT te han dicho que no hace falta, el único que te requiere este documento es el gestor.
Realizar un cambio de nombre en Tráfico uno mismo es sencillo y además te ahorras los gastos del gestor.
Saludos,
Hola quería ver si me pueden ayudar es que yo tengo un coche que esta a nombre de mi hijo pero mi hijo está en Ecuador y yo estoy en Valencia como puedo aser el cambio de nombre que documentación necesito
Hola David,
Para realizar el trámite necesitarás reunir la documentación que se detalla en esta misma página y además, acompañarla por una autorización que tu hijo deberá firmar.
Saludos,
Buenos dias, queria saber si me sacas de una duda, he comprado un coche y aun no he realizado el cambio de titular, ya en 3 dias tengo la cita en la dgt, pero mi duda es que conocidos me han dicho que no han pagado nada en hacienda, supongo se refieren a la 620, te pregunto .. es obligatoria la 620 para el cambio de titular? puedo ir alli a la dgt y pagar alli mismo? gracias por tu ayuda
Buenos días Tana,
Efectivamente, el modelo 620 (Impuesto sobre transmisiones patrimoniales) es de pago obligado cuando se hace un cambio de titular en la DGT. No obstante, en ciertos casos es posible que el titular esté exento de realizar este pago. El impuesto ha de liquidarse en Hacienda o bien con el modelo autoliquidable en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras, nunca en la oficina de la DGT.
Saludos,
Hola,
Mi consulta es la siguiente, si pongo mi coche a nombre de mi mujer que hago? relleno el Impreso oficial de solicitud de transmisión de un vehículo…..y despues lo entrego en trafico? hay que aportar alguna documentacion adicional? se tiene que pagar tasas?
Muchas gracias.
Hola Marcos buenos días,
Tienes la información solicitada en esta misma página e incluso en alguno de mis comentarios de respuesta a anteriores usuarios. Si tu mujer no está presente durante el trámite, tendrás que llevar los modelos cumplimentados y firmados ya por ella, además de un documento de autorización.
En este artículo del blog, encontrarás más información detallada: ¿Qué documentos y trámites hay que realizar para cambiar de titular un vehículo?
Saludos cordiales,
voi a comprar un ciclomotor y me gustaría saber si lo del modelo 620 deveria pagarlo yo o el vendedor y si no se paga antes del cambio de nombre del vehiculo si se podría cambiar de nombre.
Hola Manuel José,
Para realizar el cambio de titularidad, debe abonarse con anterioridad el modelo 620 ya que es un requisito indispensable para que la transferencia se pueda hacer efectiva en la DGT. Quien se haga cargo del coste, ya es decisión vuestra.
Saludos cordiales,
respecto al modelo 620 me gustaría cuanto hay que pagar de un ciclomotor del año 93 o donde podría informarme del precio de la gestion
Buenas tardes Manuel José,
Te dejo el link a la página de Hacienda donde encontrarás las instrucciones para cumplimentar el modelo 620: ¿Cómo cumplimentar el modelo 620?
Para informarte sobre la gestión o llevarla a cabo, debes acudir a la oficina de Hacienda de tu Comunidad Autónoma. Este trámite puedes efectuarlo por Internet si tu domicilio fiscal se encuentra en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Cataluña, Islas Baleares, Madrid y Murcia. En este caso obtendrás un Código Electrónico de Transferencias (CET) que te servirá para acreditar que has cumplido tu obligación fiscal.
Saludos cordiales,
Hola,
tengo una duda, hace 3 años le compre un coche a mi padre pero al ser mi padre no hicimos el cambio de titular y lo dejamos a nombre de su empresa como estaba inicialmente.
Ahora me veo en la tesitura de que me mudo a Holanda y estoy pensando llevarme el coche ya que lo usaría allí a diario.
No puedo justificarlo como parte de mi mudanza ya que debería estar a mi nombre en los últimos 6 meses.
Que me aconsejáis que haga? que lo cambie de titular aquí o directamente allí? o llevármelo manteniendo el seguro español al nombre de la empresa de mi padre?
un saludo y gracias
Buenos días Antonio,
Desconocemos las coberturas internacionales de la póliza de seguros que tenéis contratada con el coche que figura a nombre de la empresa de tu padre, por lo que no podemos aconsejarte en este sentido. No obstante, pensamos que sería mejor realizar el cambio de titularidad en España, para después darlo de baja definitiva por exportación y matricularlo nuevamente en Holanda.
Saludos cordiales,
Hola buenos días,
Soy de Madrid, y se me plantea una duda, tengo que tramitar la venta de mi vehículo y para pedir cita previa no se si obligatoriamente lo tengo que hacer en Arturo Soria, 125 o podría acudir a Alcorcón.
Dentro de la página de Arturo Soria, en <>, sería en el Área: Otros??
Muchas gracias por las aportaciones que hace en esta página.
Hola Ana buenas tardes,
Si decides acudir a la oficina de Alcorcón debes pedir la cita previa en el área «vehículos», mientras que si acudes a la Jefatura de Tráfico de Madrid en la c/ Arturo Soria tendrás que solicitarla en el área «otros», tal y como bien has apuntado en tu comentario. Puedes acudir a cualquier Jefatura de Tráfico sin ningún inconveniente.
Saludos cordiales,
Muchas gracias, Alicia
Buenos días, estoy usando un coche a nombre de mi suegro. Mañana haremos el cambio de titular amo nombre puesto que lo voy a usar para plan pive. Me he descargado ya 620, notificación de transmisión de vehículo puesto que es donación, no me lo ha vendido. Pero he leído que puede que haya que pagar algo aparte, y que merece más la pena poner que es una venta por 100€ o una cantidad simbólica,cómo sé lo que sale más rentable?
Muchas gracias
Buenos días Jessica,
Todo depende del vehículo que vaya a transferirse, de sus características y fecha de primera matriculación, ya que de ahí se calcula el porcentaje e importe a pagar en el impuesto de transmisiones patrimoniales en caso de no existir una venta.
Saludos cordiales,
Hola mi pregunta es la siguiente,tengo un coche que quiero vender pero tengo 2 recibos del impuesto de circulacion sin abonar y una multa pendiente.debo pagar los 2 recibos o con el ultimo seria suficiente?puedo vender el coche teniendo la multa pendiente?gracias
Buenos días Luis,
El vehículo ha de transferirse sin cargas, por lo que los impuestos de circulación tendrán que estar pagados. Las multas pendientes no son un inconveniente, ya que se le seguirán reclamando a quien era el titular en su día (tu).
Saludos,
Hola alicia. Mi cituacion es esta. Compre un coche de segunda mano a una compraventa. Y me dijeron que el cambio de nombre tardara una semana y ahora va en mas de dos semanas y nada y a mi me urge viajar con el coche fuera de españa. Que me aconsejas para que me lo dieran lo antes posible. Gracias
Hola Ibrahim buenas tardes,
Lo más aconsejable es que contactes directamente con la empresa que te ha vendido el vehículo o la gestoría que esté llevando a cabo el trámite y les comentes que te urge la documentación para poder viajar con el vehículo.
Saludos,
Hola,
Te consulto lo siguiente, quizás tú me pueda ayudar.
Quiero comprar un auto en Barcelona. Soy extranjero, pero tengo una visa de Residencia No Lucrativa (por un año). ¿Puedo comprarlo? Tengo NIE también, lógicamente.
¿Sabes tú cómo es esto?
Saludos y muchas gracias
Patricio
Buenos días Patricio,
Desconocemos las limitaciones que pueden tener cada uno de los visados válidos que se entregan a los extranjeros en España. Para conocer si estás o no es disposición de adquirir un vehículo con ese visado, te aconsejamos que contactes con tu consulado.
No obstante, creemos que lo de «no lucrativo» se refiere a ganancias y no a gastos. Además, si tienes NIE no deberías de tener tampoco ningún problema para comprarlo y ponerlo a tu nombre.
Saludos cordiales,
Buenas tardes,
Mi consulta es la siguiente, soy co-titular de un vehiculo del que, el titular principal es mi esposa.
Ahora, yo quiero comprarle el coche y figurar como único titular.
Tanto los dos titulares actuales como el vehiculo estamos en Barcelona.
Pueden orientarme sobre los pasos a segui y la forma de hacerlo?
Muchas gracias.
Atentamente,
Alfredo
Hola Alfredo buenas tardes,
Tendrás que hacer un cambio de titularidad del vehículo, trámite del cual tienes más información en esta misma página. Contrato de compraventa no sería necesario. Te dejo el link a este artículo del blog, donde encontrarás más información detallada: ¿Qué documentos y trámites hay que realizar para cambiar de titular un vehículo?
Saludos cordiales,
Hola, yo quiero vender mi coche y quiero hacer los papeles yo, no una gestora, la persona a la que se lo voy a vender no tiene tiempo para hacer los papeleos que necesito para poder hacerlo así?
Hola Carol buenos días,
Para realizar el cambio de titularidad del vehículo, trámite del cual tienes más información en esta misma página, puedes acudir directamente a Tráfico. Te dejo el link a este artículo del blog, donde encontrarás más información detallada: ¿Qué documentos y trámites hay que realizar para cambiar de titular un vehículo?
Saludos cordiales,
Buenas noches,
Mi padre falleció hace dos meses y no otorgo testamento y era el titular de dos coches. Queremos poner los dos coches a nombre de nuestra madre, no hemos hecho aceptación de herencia ni nada, . ¿Que pasos tendríamos que seguir para cambiarle el titular a los coches? Saludos y gracias de antemano.
Hola Silvia buenos días,
Primero tendréis que hacer la aceptación de la herencia. Después, quedaréis como herederos tu madre, tu y tus hermanos si tienes, ya que se trata de una herencia universal al no haber declarado nada anteriormente. Una vez tengáis esto, tu y tus hermanos (si tienes) tendréis que renunciar a la herecia del vehículo en favor de tu madre y después ya con la renuncia, hacer el cambio de titular. Tendréis que aportar, como documentación adicional a la especificada en esta misma página, el certificado de defunción de tu padre, la aceptación de la herencia y la posterior renuncia.
Igualmente, quien mejor te puede informar en estos casos tan concretos es el propio notario.
Saludos cordiales,
hola buenas. me gustaria saber quiero vender mi coche à un señor de tarragona yo tambien soy de tarragona que puedo hacerlo en melilla? tango el recibo de
Impuesto de Circulación pagado hasta el mes de Mai todavia no hé recibido otro para pagarlo quiero saber con este recibo es suficiente para cambiar de titularidad muchas gracias. saludos
Buenos días,
¿Ambos vivís en Tarragona? ¿O tú vives en Melilla? Es que no me ha quedado claro ese asunto. Para el cambio de titularidad necesitarás el recibo del último impuesto que de ha recibido, es decir, el que ya tienes pagado desde Mayo.
Saludos cordiales,
hola, e comprado un coche y lo he puesto a mi nombre( desde hace 2 dias esta a mi nombre) el papel que tengo mientras que me llega el definitivo es una autorizacion provisional para circular.
La cosa es que me viene mejor ponerlo a nombre de mi padre, y nose si eso aún es posible o ya tendria que volver a hacer otra transferencia.
saludos.
Hola José buenas tardes,
Siento comunicarte que para realizar el cambio que comentas tendréis que realizar una nueva transferencia.
Saludos cordiales,
Buenos días,
Tengo que cambiar mi coche en mi nombre. El coche está en nombre de la empresa de mi padre y me gustaria saber todos los documentos que tengo que presentar.
Muchas grácias
Hola Maria,
Sobre el trámite de transferencia tienes más información en esta misma página. Contrato de compraventa no sería necesario. Te dejo el link a este artículo del blog, donde encontrarás más información detallada: Documentos y trámites a realizar para cambiar de titular un coche
Saludos cordiales,
Hola
Queremos hacer la venta del coche de mi padre que falleció hace 11 años. Hicimos declaración de herederos y herencia, pero creo recordar que el coche no está incluido en la misma. Quisiera saber cuales son los trámites para realizar la transferencia al comprador.
gracias.
Buenos días, Pepi
Esto es una central de desguaces y como tal, abarcamos las gestiones de bajas de vehículos pero para cambio de nombre deberás acudir a la Jefatura de Tráfico de tu provincia. A grandes rasgos, la información la tienes en este mismo artículo y sobre la documentación adicional en caso de fallecimiento del titular lo ideal es que llames a la oficina de tráfico correspondiente para que te lo aclaren https://www.ro-des.com/info/dgt/oficinas-de-trafico/.
Saludos.
Buenos dias,
tenia un coche que en su dia fue puesto a mi nombre y a nombre de otra persona , fue una persona que apenas convivi unos meses con ella y era de otra ciudad se acabo la relación y ella volvio a su ciudad y yo en la mia de eso hace 14 años ahora di el vehiculo en el concesionario para comprarme otro , asu vez el concesionario lo ha vendido y resulta que ahora la gestoria les da problemas para cambiarlo de nombre ya que pone mi nombre Y OTRO, si voy yo en persona a trafico tendre algun problema? ya que yo esta persona no tengo ni idea de donde vive ahora y no puedo localizarla de ninguna manera ya que incluso pregunte en la comisaria si habia alguna dirección vigente y me dijeron que no tenian nada…Si me ponen algun pero como hare?
gracias
Buenos días, Raúl
Desde la primera transacción debían haberte avisado que habiendo dos titulares es necesario el permiso de ambos para cualquier gestión (cambio de nombre, baja…) que se necesite realizar con el vehículo. Mi consejo es que llames al teléfono de atención a cliente de Tráfico (060) o a la Jefatura de tu provincia (puedes encontrar los datos aquí https://www.ro-des.com/info/dgt/oficinas-de-trafico/ ) y expongas tu caso, pues no sé si actualmente hay algún protocolo a seguir que te ampare y permita realizar los trámites con uno solo de los titulares si el otro se encuentra «ilocalizable».
Saludos
Buenos dias, soy propietario de un camioncito de menos de 3500kg y quiero transferirlo a nombre de mi esposa.
– Quisiera saber si debo pagar la tasa en hacienda y presentar la documentacion alli, o puedo ir directamente a trafico y realizar todos los tramites alli.
– Necesitaria saber tambien como averiguar el importe a pagar por todos los tramites
Gracias
Hola Josep buenas tardes,
El impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620) debes de pagarlo en Hacienda. El importe a pagar dependerá del tipo de vehículo que sea, su marca y modelo, aunque si revisas mis respuestas a anteriores comentarios encontrarás enlaces que te ayudarán a conocer el importe exacto e incluso una guía que te ayudará a completarlo. El cambio de nombre, tendrás que presentarlo después en Tráfico y las tasas tienen un coste de 52´80 euros.
Saludos cordiales,
Hola: Mi nombre es Jorge, mi caso es el siguiente: Soy jubilado y hace dos meses recibi una carta de SUMA, la cual decia que me habian enbargado mi pension, cuando me persone, me comunicaron que el embargo se debia a impuestos de un vehiculo que yo jamas he tenido, me dijeron que fuese a trafico a imformarme y asi lo hice, en trafico, me digeron que presentara un escrito a nombre de el jefe de vehiculos, y asi lo hice, cuando fui a presentar el escrito, me digeron que el cambio de nombre lo habia hecho alguien con una carta de compra venta a mi nombre, segun ese cambio, se realizo hace dieciseis años, el embargo es de los ultimos seis años y un recibo de este año.
El caso es que yo no se nada de este vehiculo, ni donde esta ni la documentacion ninada de nada, y la verdad, es que no se que hacer, el escrito que entregue,tampoco me han contestado.
Hola Jorge buenos días,
Si ese cambio de nombre se hizo sin tu consentimiento y corresponde a un vehículo que jamás ha estado en tu poder, deberías también poner una denuncia para que los hechos constaran ante las autoridades. Si recibes respuesta a ese escrito enviado al jefe de vehículos, tendrías que presentarlo junto con la denuncia en el Ayuntamiento para demostrar que esa deuda no te corresponde y solicitar la devolución del importe embargado indebidamente.
Saludos cordiales,
Buenos días,
se que es más de lo mismo, pero ahí va mi consulta.
Quiero comprar un coche en Madrid, yo soy de barcelona. El cambio de nombre definitivo lo debo hacer en barcelona? o Madrid?
si el coche tiene 13 años, una cilindrada de 3.200 cc. y 300 cv. hay que pagar igualmente el model 620?
o al tener más de 10 años estan exentos?
muchas gracias!
Hola Manel buenos días,
No te preocupes, para eso estamos y tenemos habilitados los comentarios en la página 😉
Sobre tu consulta, indicarte que puedes realizar el cambio de nombre en cualquier Jefatura de Tráfico y que, independientemente de la edad del vehículo, tienes que presentar y abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620) del cual encontrarás toda la información adicional si revisas mis anteriores comentarios.
Saludos cordiales,
Buenas tardes.
Mi consulta es la siguiente: Tengo un familiar que quiere regalarle su turismo a otro que esta en Austria. ¿Lo puede poner a su nombre hasta que pueda venir a llevárselo aunque no tenga domicilio es España?
Supongo que el trámite para llevárselo será darlo de baja definitiva por traslado a otro país.
Muchas gracias.
Hola Domingo buenos días,
En vuestro caso, podéis darlo de baja definitiva por exportación y después que el familiar lo de de alta directamente a su nombre en el país donde vaya a matricularlo, mediante un contrato de compra-venta o cesión.
Saludos cordiales,
Buenos dias, mi esposo hace una par de meses vendio su auto a un particular, como vender una bici, solo tiene el documento de compra venta. Como puedo hacer para que me desligue de ese auto porque se que hasta ahora no ha hecho la trasferencia y no deseo pagar el proximo año un impuesto por un auto que no esta en mi poder y mas si no se quien conduce el mismo.
Hola Ketty buenos días,
En esta misma página tienes toda la información necesaria para realizar un cambio de titularidad a nombre de la persona que haya comprado el vehículo. Además, tenemos este artículo en nuestro blog donde ofrecemos algo más de información relacionada: Documentos y trámites para el cambio de titular
Te recomiendo también, que revises los comentarios y respuestas a otros usuarios en ambas páginas.
Saludos cordiales,
Hola a tod@s!
Van a cerrarse los comentarios en esta página, pues la mayoría de respuestas las podréis encontrar o bien en la información que aparece aquí mismo, o en los comentarios y respuestas que he ido dando a otros usuarios.
Gracias por vuestra colaboración 😉