La Dirección General de Tráfico habilita un nuevo procedimiento para poder tramitar la baja definitiva de automóviles que se encuentran en paradero desconocido o que ya no existen materialmente desde hace años.

Las últimas actualizaciones en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) han dejado al descubierto un problema que cada vez genera más dudas entre aquellos que se encuentran en esta situación: Miles de vehículos inexistentes todavía siguen dados de alta sin que sus titulares sepan cómo obtener su baja definitiva.

En RO-DES, como sabrás si eres uno de nuestros fieles lectores o si ya has solicitado nuestros servicios de baja definitiva en alguna ocasión, somos especialistas en la gestión de vehículos para desguace y la realización del trámite de baja definitiva a través de un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT), por lo que diariamente recibimos decenas de consultas relacionadas con este tipo de procedimiento.

Gestionamos la retirada al desguace y baja de tu coche

Sin embargo, en muchas ocasiones nos encontramos con un inconveniente que impide que este servicio sea realizado a través de uno de nuestros desguaces colaboradores: El vehículo hace años que se entregó para la chatarra y su titular ya no dispone del mismo físicamente ni tampoco de su documentación original.

A continuación, y para aquellos lectores que os encontréis en la situación que acabamos de describir, vamos a explicar los motivos más comunes que llevan a la misma, así como la manera de gestionar la baja definitiva de un vehículo inexistente, los documentos que tendrás que aportar para tramitarla o la posibilidad de realizarla a través de Internet ¡Sigue leyendo para informarte de todo!

¿Por qué motivos pasa esto? Las situaciones más comunes

La normativa que regula la baja definitiva de los vehículos que alcanzan el final de su vida útil ha variado mucho con el paso de los años. Actualmente, para dar de baja permanentemente un automóvil en los registros de la DGT es necesario hacer entrega del mismo en un Centro Autorizado de Tratamiento, comúnmente conocidos como desguaces, de forma que pueda procederse con su correcto tratamiento medioambiental (el cual incluye la recuperación de componentes y reciclaje de materias primas).

Estos cambios, sobre todo cuando la información no es clara o no está al alcance de los usuarios de forma sencilla y accesible, generan multitud de problemas para aquellas personas que por desconocimiento no realizan la gestión de manera correcta, llevando a la proliferación de los ya reconocidos como “Coches zombie”, de los cuales ya os hemos hablado anteriormente ¡Visita el link anterior para saber más sobre este tipo de vehículos!

Pero ¿Cuáles son las razones más habituales y por qué se producen? Generalmente, los titulares que se ven envueltos en una situación de este tipo, es porque:

  • Lo entregaron en una chatarrería: Antiguamente, los conocidos como “cementerios de vehículos” o chatarrerías, recibían los coches en sus instalaciones y pagaban por sus restos, pero no estaban obligados ni habilitados para llevar a cabo el trámite de baja definitiva, siendo esto último responsabilidad única del titular.
  • Se depositó en un desguace (CATV) pero este no comunicó la baja a la DGT: Siempre que se disponga o se pueda conseguir el Certificado de Destrucción del vehículo en cuestión, se podrá presentar el documento a través de la misma vía que la DGT ha puesto a disposición de quienes tienen vehículos dados de alta que ya no existen materialmente desde hace años.
  • Desguazaron su automóvil para venderlo por piezas: Pese a que la actual normativa ya impide que los particulares comercialicen los componentes de un vehículo que ha alcanzado el final de su vida útil, esta práctica era bastante popular en el pasado. Aunque todavía sigue siéndolo en menor medida, hoy en día muchas de las personas aún desconocen que la única vía para obtener legalmente la baja definitiva de su vehículo es depositándolo en un CATV.
  • Vendieron o donaron su coche y no se realizó el cambio de nombre: Pese a que ahora sí existe mucha información sobre los trámites que hay que tener en cuenta cuando vendemos o cedemos nuestro vehículo a otra persona, la confianza o el “pasotismo” pueden provocar que coches que hace años que se vendieron o se regalaron, todavía sigan registrados a nombre de su anterior propietario. Además, en multitud de casos, estos vehículos ya ni siquiera existen o se encuentran en paradero desconocido.
  • Su coche se exportó a otro país y no se comunicó a la DGT: Hay numerosos casos en los que un vehículo se vende a otra persona, cuya intención es llevárselo de España para matricularlo en el extranjero. Sin embargo, en múltiples ocasiones no se realiza el trámite de Baja definitiva por exportación, por lo que el anterior propietario sigue figurando como titular del mismo.

Ahora que ya conoces por qué motivos los titulares suelen encontrarse en la necesidad de dar de baja un coche que sigue a su nombre, pero que ya no existe materialmente ¿Te gustaría saber más acerca de cómo llevar a cabo el procedimiento administrativo para eliminarlo de los registros de la DGT? Sigue leyendo ¡Y entérate de todo!

Motivos y razones de coches que no existen pero siguen dados de alta

Baja definitiva de un coche inexistente en la DGT ¿Se puede realizar?

Como ya hemos mencionado en la introducción, actualmente la Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto a disposición de los interesados una nueva vía para obtener la baja definitiva de un vehículo inexistente. Sin embargo, esta alternativa no es válida en cualquier tipo de situación y solamente se podrá acceder a la misma si se cumplen ciertas condiciones.

Por lo tanto, es posible que en determinados casos no sea una opción viable para obtener la baja permanente de un automóvil que ya no está en manos de su titular. Entonces ¿Qué es lo que debes de tener en cuenta si quieres tramitar la baja de un coche que ya no existe físicamente?

Para que la DGT considere el vehículo como inexistente, materialmente hablando, deberá de cumplir con estas dos condiciones indispensables:

  1. No haber pasado las revisiones de ITV en los últimos 10 años.
  2. No haber tenido contratado un seguro de responsabilidad civil obligatorio para ese vehículo en los últimos 10 años.

Además, el titular deberá de cumplimentar el Modelo de Declaración Responsable en la que se haga constar la inexistencia del vehículo, puesto a disposición de los interesados desde la Sede Electrónica de este organismo y que, si lo necesitas, puedes descargar haciendo clic en el enlace anterior.

Otro factor a tener en cuenta si estás interesado en tramitar la baja definitiva de un vehículo que ya no existe es, que para poder hacer efectiva la gestión, el vehículo no podrá tener precinto de una autoridad administrativa o judicial, ya que esta limitación impide el trámite de baja permanentemente. La cancelación del mencionado precinto es imprescindible para poder obtener la baja definitiva del vehículo, exista o no materialmente.

¿Qué documentación hay que aportar?

Dependiendo de la vía que elijas para gestionar el trámite, presencial u online, tendrás que preparar lo siguiente:

  • Tramitación online desde la Sede Electrónica:
    • Certificado digital, DNI electrónico o credenciales Cl@ve para acceder al servicio.
    • Si el vehículo tiene menos de 15 años de antigüedad:
      • Justificante del pago de la tasa 4.1. También podrás realizar el pago de la tasa online en el momento de realizar el trámite.
      • Certificado de destrucción del vehículo expedido por el CAT (desguace) donde fuera entregado, ya sea nacional o extranjero y en caso de contar con este documento.
    • Si el titular es un menor o persona incapacitada, se aportará el documento acreditativo de relación entre tutor y tutelado.
    • Impreso de Declaración Responsable de que el Vehículo no Existe.
    • Si se trata de un vehículo agrícola, tendrás que autorizar a la DGT durante la tramitación a realizar la consulta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) si se trata de un vehículo agrícola.
  • Tramitación presencial en Jefatura de Tráfico:
    • Declaración jurada acreditando que el vehículo ya no existe.
    • Si el vehículo tiene menos de 15 años de antigüedad:
      • Justificante del pago de la tasa 4.1. Si lo prefieres, puedes pagar directamente la tasa en el momento de realizar el trámite en las oficinas de la DGT, siempre con tarjeta.
      • Certificado de destrucción del vehículo expedido por el CAT (desguace) donde fuera entregado, ya sea nacional o extranjero y en caso de contar con este documento.
    • Para la baja definitiva de vehículos agrícolas, también se ha de aportar el documento acreditativo de su baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la Comunidad Autónoma donde esté domiciliado.

Es muy importante tener en cuenta los requisitos mencionados en el apartado anterior antes de iniciar la gestión por cualquiera de los canales que la DGT tiene, así como disponer de toda la documentación que sirva para acreditar la situación ¿Tienes alguna duda sobre cómo llevar a cabo la gestión a través de Internet o de manera presencial? No olvides que puedes dejarnos tus dudas al final del artículo y descargar la siguiente nota informativa para tener siempre a mano información detallada sobre este trámite.

Baja definitiva de un coche que no existe: Cómo obtenerla

¿Hay que pagar algo o es una gestión gratuita?

En aquellos casos en los que el vehículo supere los 15 años de antigüedad desde la fecha de su primera matriculación, el trámite no tendrá coste alguno. No obstante, siempre que la antigüedad sea inferior tendrá que abonarse la tasa 4.1, que tiene un coste de 8,67 €.

¿Cómo realizar el trámite online?

Tienes dos vías para realizar el trámite a través de Internet. Sin embargo, es imprescindible que cuentes con medios de identificación electrónica válidos como la Cl@ve Móvil, Cl@ve PIN o permanente, DNIe o Certificado electrónico.

Puedes acceder al trámite para dar de baja un vehículo que no existe materialmente, directamente desde la Sede Electrónica de la DGT, pulsando sobre el icono correspondiente ¡Encuéntralo haciendo clic en el enlace anterior!

Otra manera de realizar la gestión sin necesidad de solicitar cita previa y desplazarte a una Jefatura de Tráfico, es utilizar el asistente de bajas de vehículos que la DGT acaba de poner en marcha dentro de su plataforma digital.

Una vez obtenida la baja ¿Tienes que comunicarla al Ayuntamiento?

Generalmente no será necesario. Al igual que sucede cuando la baja definitiva se tramita desde un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos, no es necesario comunicar la misma a los servicios de recaudación municipales ya que es la propia DGT la encargada de trasladar las actualizaciones que se producen en el registro a los correspondientes Ayuntamientos.

Gestionamos la retirada al desguace y baja de tu coche

¿En qué se diferencia esta gestión de la baja de oficio?

Es posible que si llevas cierto tiempo intentando dar de baja definitiva un coche que está a tu nombre pero que ya no existe desde hace años, hayas encontrado información relacionada con la baja de oficio que la DGT puede tramitar automáticamente en ciertos casos. Si no sabes que es la baja de oficio, en el enlace anterior te lo explicamos todo con detalle ¡Hay clic para leerlo!

Sin embargo, es importante que tengas en cuenta que este trámite y el disponible para dar de baja definitiva un vehículo inexistente no son exactamente lo mismo. La principal diferencia entre ambos es que mientras que la baja de oficio sí permite volver a dar de alta el vehículo en caso de que este reúna y se demuestre que puede circular legalmente por sus propios medios, la baja de vehículos inexistentes es irreversible.

Cierto es que los requisitos para que la DGT realice automáticamente una baja de oficio son los mismos que para eliminar de los registros a aquellos vehículos que no existen ya materialmente (10 años o más sin pasar ITV ni tener contratado un seguro), pero en el caso de las primeras el titular será informado con anterioridad por parte del mencionado organismo poniendo a su alcance la posibilidad de detener e incluso anular el procedimiento.

 

¿Conoces a alguien que tenga a su nombre en la DGT un coche que no existe desde hace años? ¿Crees que esta información puede serle útil? ¿Tienes alguna duda con el procedimiento para llevar a esta gestión a cabo? No olvides que en RO-DES contamos con amplia experiencia en la gestión de bajas definitivas y estamos a tu disposición para resolver cualquier cuestión que se pueda plantear sobre este tema ¡Déjanos tu comentario!

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