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La prórroga del Plan MOVES III hasta julio de 2025 da más tiempo para aprovechar las ayudas a la compra de coches eléctricos, mientras el Gobierno prepara incentivos más eficaces ¡Conoce todo lo que necesitas saber!

El Plan MOVES III sigue adelante con una prórroga que muchos esperaban, especialmente aquellos que buscan dar el salto a la movilidad eléctrica. Esta extensión de su vigencia no solo significa más tiempo para acceder a las ayudas, sino que también refleja el compromiso del Gobierno con un futuro más sostenible. Pero ¿Qué implica esta nueva prórroga realmente para los usuarios y cómo afecta a aquellos interesados en aprovechar los incentivos?

Esta noticia llega en un momento clave para la movilidad eléctrica en España. Si llevas tiempo pensando en cambiar tu coche por uno eléctrico o híbrido, ahora tienes una nueva oportunidad para hacerlo con el MOVES III. Si no estabas seguro de dar el paso, esta prórroga puede ser el empujón que necesitabas. Y ¿Por qué es tan urgente esta ampliación? ¿Qué cambios se esperan y cómo puede beneficiar a los consumidores? ¡Te lo contamos todo!

La prórroga del Plan MOVES III: ¿Qué cambia ahora?

Con el plazo del Plan MOVES III acercándose a su fin, no eran pocos los que se preguntaban con cierta incertidumbre si llegarían a tiempo para aprovechar las ayudas y dar el paso hacia un coche eléctrico o híbrido enchufable. Cambiar de vehículo puede ser una decisión importante, y estas ayudas suponen un apoyo clave para quienes buscan una opción más sostenible y respetuosa con el medio ambiente.

Pero ya no hay motivo para preocuparse, el Gobierno ha decidido ampliar el programa hasta el 30 de junio de 2025. Esta prórroga ofrece un respiro a quienes no pudieron acceder a las ayudas antes, garantizando que el apoyo estará disponible durante más tiempo.

Aunque el plazo original terminaba el 31 de diciembre de 2024, la ampliación se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 24 de diciembre y entró en vigor al día siguiente, el 25 de diciembre. Esto significa que ahora tienes más margen para solicitar la ayuda, y si antes te preocupaba quedarte fuera, ¡Este es el momento para aprovecharlo!

Esta es la tercera vez que se extiende el MOVES III, pero lo hace sin cambios importantes. Las ayudas siguen sin ser directas, lo que implica que después de comprar el coche tendrás que esperar un tiempo para recibir la subvención.

Aunque las ayudas son muy bien recibidas, esta falta de inmediatez ha sido uno de los puntos débiles del programa, y el propio Gobierno ha admitido que este modelo no ha sido todo lo efectivo que se esperaba. Por eso, ya están trabajando en una nueva versión con incentivos más ágiles y directos. Mientras tanto, esta prórroga es solo una solución temporal.

En cuanto a presupuesto, se han asignado 450 millones de euros adicionales para esta prórroga, de los cuales 200 millones provienen de los fondos no utilizados en la ampliación de julio. Este refuerzo económico ayudará a más personas a acceder a las ayudas y a impulsar la instalación de puntos de recarga, algo fundamental para que el cambio hacia la movilidad eléctrica sea posible a gran escala.

Si estabas esperando la oportunidad de cambiar a un coche eléctrico o híbrido enchufable, esta prórroga te da una nueva oportunidad. Ya sea que no pudieras hacerlo antes o que quieras beneficiarte de los nuevos fondos, ahora tienes más tiempo para aprovechar las ayudas y dar el paso hacia un futuro más limpio y sostenible ¡No dejes pasar esta oportunidad!

Todo lo que debes saber sobre las ayudas del MOVES III

Probablemente ya has escuchado hablar del Plan MOVES III, pero quizás no tengas del todo claro en qué consiste o cómo puedes aprovecharlo ¡Te lo explicamos todo!

El Plan MOVES III es una iniciativa del Gobierno diseñada para fomentar la movilidad sostenible y hacer que más personas se decidan a dar el paso hacia vehículos más respetuosos con el medio ambiente. En otras palabras, es un programa de ayudas que te permite adquirir coches eléctricos, híbridos enchufables o vehículos con pila de combustible (como los de hidrógeno), además de ofrecerte apoyo para la instalación de puntos de recarga. Todo esto, con el fin de reducir las emisiones contaminantes y promover una transición más limpia en el sector del transporte.

Este plan cubre una variedad de vehículos: Desde turismos (M1) hasta furgonetas (N1), pasando por motocicletas eléctricas (L3e, L4e, L5e) y cuadriciclos eléctricos (L6e y L7e). Lo que realmente hace que este plan sea interesante es que no solo se enfoca en vehículos nuevos, sino que, como novedad en la última prorroga, también se incluyeron coches de segunda mano con hasta 12 meses de antigüedad (antes, solo se podían incluir coches de hasta 9 meses).

¿Te gustaría saber más sobre cómo puedes aprovechar esta ayuda para comprar un vehículo eléctrico usado? Si estás pensando en cambiar tu coche y no sabes si puedes beneficiarte de la subvención, sigue leyendo. Te contamos todo lo que necesitas saber para resolver tus dudas y aprovechar al máximo esta prórroga del Plan MOVES III.

 ¿Cómo solicitar las ayudas del Plan MOVES III?

Para solicitar las ayudas del Plan MOVES III, el proceso sigue siendo el mismo. Los interesados deben hacerlo a través de las Comunidades Autónomas, presentando la documentación correspondiente después de la compra de un vehículo eléctrico o híbrido enchufable, o la instalación de un punto de recarga.

Aunque los trámites pueden ser largos, la prórroga asegura que aquellos que aún no hayan podido aprovechar las ayudas anteriores tengan una nueva oportunidad.

Ahora bien, lo primero que debes saber es que el Plan MOVES III no se aplica directamente cuando compras el coche. Aunque ya se ha hablado de la posibilidad de cambiar esto en planes futuros, por ahora, las ayudas siguen funcionando de esta manera.

¿Quién puede acceder a las ayudas?

El Plan MOVES III está diseñado para apoyar a un amplio abanico de personas y entidades que quieran sumarse a la movilidad sostenible. Estas son las principales categorías de beneficiarios:

  • Particulares y autónomos: Cualquier ciudadano residente en España puede solicitar las ayudas, siempre que adquiera un vehículo incluido en las condiciones del plan o instale un punto de recarga en su vivienda. También pueden beneficiarse los autónomos, siempre que el uso del vehículo esté relacionado con su actividad o sea de carácter personal.
  • Empresas: Las empresas, independientemente de su tamaño, pueden optar a estas subvenciones. Las ayudas están disponibles tanto para la adquisición de flotas más ecológicas como para la instalación de infraestructuras de recarga en sus instalaciones.
  • Administraciones y entidades públicas: Ayuntamientos, Comunidades Autónomas y otras entidades públicas también tienen acceso a las ayudas del MOVES III, especialmente si buscan renovar sus flotas o implementar puntos de recarga para fomentar la movilidad eléctrica en sus áreas.

Este plan te ayuda a dar el salto a una movilidad más sostenible, pero para beneficiarte de sus incentivos, hay ciertos requisitos que debes cumplir. No te preocupes, aquí te contamos los aspectos más importantes que debes tener en cuenta.

  1. Tipo de vehículo: Los vehículos adquiridos deben cumplir con las características especificadas en el programa, como:
  • Ser eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (EREV), híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía mínima de 40 km, o de pila de combustible (hidrógeno).
  • No superar los precios máximos establecidos:
    • Hasta 45.000 euros (sin IVA) para turismos eléctricos, híbridos enchufables o de autonomía extendida.
    • Hasta 53.000 euros (sin IVA) en el caso de vehículos de 8 o 9 plazas.
    • Hasta 10.000 euros para motocicletas eléctricas.
  1. Plazo de adquisición: La compra del vehículo o la instalación de puntos de recarga debe realizarse dentro del periodo de vigencia del programa. Actualmente, la prórroga establece el plazo hasta el 30 de junio de 2025.
  2. Propiedad y uso: El beneficiario debe mantener la propiedad del vehículo durante al menos dos años desde la fecha de solicitud de la ayuda. Además, el vehículo no puede ser destinado a actividades económicas que impliquen alquiler o reventa dentro de este periodo.
  3. Instalación de puntos de recarga: En el caso de infraestructuras de recarga, estas deben cumplir con los estándares técnicos indicados en el plan. Las ayudas están disponibles tanto para instalaciones en viviendas particulares como en espacios públicos o empresariales.
  4. Documentación: Para solicitar las ayudas, es imprescindible presentar:
  • Factura de compra del vehículo o instalación.
  • Certificado de características técnicas del vehículo.
  • Justificación del pago y otros documentos solicitados por la administración correspondiente.
  • Si se quiere optar al incremento en la cuantía de la ayuda por achatarrar el vehículo viejo, se deberá aportar también el Certificado de Destrucción emitido por el CATV y Justificante de la Baja Definitiva tramitada ante la Dirección General de Tráfico (DGT).

Estos requisitos aseguran que las ayudas lleguen a quienes realmente buscan sumarse a la movilidad sostenible, incentivando tanto la adquisición de vehículos eléctricos como la instalación de puntos de recarga adecuados, eliminando algunas barreras económicas y promoviendo un futuro más limpio para todos.

Las ayudas del MOVES III ¿Son compatibles con el Reinicia Auto + para los afectados de la Dana?

Ahora bien, la pregunta que muchos se hacen es: ¿Se pueden combinar las ayudas del MOVES III y el Plan Reinicia Auto+? Sería fantástico poder sumar ambos incentivos y lograr hasta 17.000 euros para la compra de un vehículo eléctrico, pero lamentablemente esto no es posible. Las bases del MOVES III son claras: Sus ayudas no se pueden acumular con otras destinadas a la misma finalidad, como el Plan Reinicia Auto+ o incluso el Plan Mueve Madrid, independientemente de su origen público o privado.

Eso sí, cada programa tiene sus propias ventajas. Por ejemplo, el Plan Reinicia Auto+ ofrece hasta 10.000 euros y es necesario acreditar el achatarramiento del vehículo siniestrado en la Dana en el plazo de 2 años a partir de la fecha de concesión de la ayuda, mientras que el MOVES III alcanza un máximo de 7.000 euros sin necesidad de enviar al desguace y dar de baja definitiva ningún vehículo (llegando a 9.000 con achatarramiento).

Elegir entre ellos dependerá de las circunstancias y necesidades específicas de cada beneficiario, así que recuerda que si necesitas dar de baja definitiva y achatarrar tu vehículo para acceder a cualquiera de las dos subvenciones, en RO-DES podemos hacerlo por ti ¡Totalmente gratis!

Los retos pendientes: ¿Por qué sigue siendo difícil comprar un coche eléctrico?

Aunque la prórroga de estas ayudas se valora positivamente, el sistema actual sigue teniendo algunas limitaciones. Las ayudas no son directas, lo que significa que los compradores tienen que adelantar el dinero y esperar entre 10 meses y un año y medio para recibir el reembolso. Además, dado que las ayudas tributan como ganancias patrimoniales, el importe final recibido puede ser hasta un 47% menor según los ingresos del beneficiario.

Por otro lado, el precio de los vehículos sigue siendo una barrera importante, ya que la mayoría de los modelos eléctricos no bajan de los 30.000 euros, y la infraestructura de recarga aún no es lo suficientemente amplia o eficiente en algunas áreas.

Hacienda y el Plan MOVES III: ¿Cómo tributan estas ayudas en la declaración de la renta?

Si has aprovechado las ayudas del Plan MOVES III para la compra de un coche eléctrico, es importante saber cómo afectan estas ayudas a tu declaración de la renta. La deducción fiscal que ofrece el Plan MOVES III se aplica a través del IRPF, lo que significa que podrás reducir tu base imponible en un 15% del valor de compra del vehículo eléctrico, con un límite de 20.000 euros (lo que equivale a una deducción máxima de 3.000 euros). Esto se reflejará en tu declaración de la renta del año siguiente a la compra del coche.

Además, se ha aprobado la extensión de la deducción del 15% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a la hora de comprar un vehículo eléctrico, la cual estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. Esta medida permite seguir aprovechando los beneficios fiscales para la compra de vehículos sostenibles, impulsando la transición hacia una movilidad más ecológica.

En cuanto a la tributación de las ayudas, lo que debes tener en cuenta es que la retención aplicable puede variar entre un 19% y un 47%, dependiendo de tus ingresos y la Comunidad Autónoma en la que residas. Además, si decides realizar un pago anticipado del vehículo (al menos un 25% del precio de compra), podrás aplicar la deducción en el mismo periodo fiscal en el que hagas ese pago inicial, lo que te permite adelantar el beneficio fiscal incluso antes de completar el pago total.

Es importante destacar que, a diferencia de otros tipos de ayudas, el Plan MOVES III no exige achatarrar un vehículo antiguo, y la deducción se aplica tanto para vehículos eléctricos como híbridos enchufables, lo que amplía las posibilidades para beneficiarse de esta ayuda fiscal.

 

Aunque el Plan MOVES III continúa siendo una herramienta valiosa, es claro que aún existen inconvenientes. El precio de los vehículos, la infraestructura de recarga y la eficiencia del sistema de ayudas son áreas que deben mejorar. La prórroga da un respiro, pero también es un recordatorio de que se requiere un esfuerzo conjunto entre el Gobierno, las marcas de coches y las Comunidades Autónomas para hacer la movilidad eléctrica más accesible y eficiente.

¿Qué opinas tú sobre la ampliación del Plan MOVES III? ¿Es el momento adecuado para invertir en un coche eléctrico o crees que aún hay barreras demasiado grandes? ¡Nos encantaría saber tu opinión!

 

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2 Comentarios

  1. Hola, cuidado porque creo que hay un error en el articulo, indicais que con el Plan Reinicia Auto no se exige el achatarramiento de un vehículo antiguo, pero si que hay que hacerlo.

    Responder
    • ¡Buenos días Vic!
      Efectivamente, el Plan Reinicia Auto es para sustituir a los vehículos siniestrados por la Dana, por lo que tiene todo el sentido que se exija el achatarramiento. De hecho, en sus bases indica «es condición indispensable que el vehículo siniestrado sea dado de baja y achatarrado en el plazo de dos años a partir de la fecha de concesión de la ayuda». El MOVES no exige achatarramiento y se pueden obtener hasta 7.000 euros aunque no se de de baja definitiva un vehículo más viejo. Según las bases del MOVES, en el caso de particulares, autónomos o administración, estas ayudas pueden llegar hasta los 7.000 € (9.000 con achatarramiento) en el caso de comerciales de hasta 3.500 kg –categoría N1- y hasta los 4.500 € (7.000 con achatarramiento) en el caso de vehículos turismos -categoría M1-.
      Modificamos el texto enseguida, muchísimas gracias por el aviso y pedimos disculpas por la confusión.
      Un cordial saludo 😊

      Responder

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