El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) aprobó, el pasado mes de diciembre de 2021 el Programa MOVES Flotas suponiendo una inversión de más de 50 millones de euros ¿Cómo beneficiarse?
MITECO aprobó el 12 de Diciembre de 2021 la Orden por la que se regulan las bases del Programa de Ayudas a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros, el MOVES Flotas (Orden TED/1427/2021).
El Plan, dotado de hasta 50 millones de euros, está dirigido a la selección y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas correspondientes a proyectos de electrificación hechos en el territorio nacional.
Este nuevo Plan de ayudas está gestionado por el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) y forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), complementando alguno de los programas ya publicados como el MOVES III.
Características y condiciones del Plan MOVES Flotas
Con el principal objetivo de electrificar las flotas de vehículos ligeros, el Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha optado por aprobar el Programa MOVES Flotas.
El programa contempla 3 tipos de actuaciones distintas:
- Adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible.
- Instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en los aparcamientos de la empresa o entidad solicitante.
- Actuaciones de transformación de la flota hacia la electrificación.
A su vez, el Programa MOVES flotas, tan solo admitirá solicitudes de proyectos cuya ejecución no se haya iniciado con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayudas.
Vehículos subvencionables mediante el plan de ayudas
Serán actuaciones subvencionables:
- La adquisición de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del beneficiario de la ayuda, y se deberá adquirir de forma directa o por medio de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting.
- La adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1, N1, L3e, L4e y L5e, con una antigüedad máxima que será fijada en la convocatoria.
Los vehículos objeto de ayuda, deberán pertenecer a alguna de las categorías siguientes:
- Turismos M1: Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.
- Furgonetas o camiones ligeros N1: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) no supere las 3,5 toneladas.
- Cuadriciclos ligeros L6e: Cuadriciclos ligeros cuya masa en vacío sea inferior o igual a 350 kg, no incluida la masa de las baterías, cuya velocidad máxima por construcción sea inferior o igual a 45 km/h, y potencia máxima inferior o igual a 4 kW.
- Cuadriciclos pesados L7e: Vehículos de cuatro ruedas, con una masa en orden de marcha (no incluido el peso de las baterías) inferior o igual a 450 kg en el caso de transporte de pasajeros y a 600 kg en el caso de transporte de mercancías, y que no puedan clasificarse como cuadriciclos ligeros.
- Motocicletas L3e, L4e, L5e: Vehículos con dos ruedas, o con tres ruedas simétricas o asimétricas con respecto al eje medio longitudinal del vehículo, de velocidad mayor a 50 km/h y cuyo peso bruto vehicular no exceda de una tonelada.
- Ciclomotores L1e y L2e: Vehículos de dos o tres ruedas con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h de potencia continua nominal máxima inferior o igual a 4 kW
Los vehículos objeto de ayuda deberán operar en más de una autonomía, pudiendo no estar fijados en un territorio en particular.
¿Quién puede Beneficiarse del Proyecto MOVES Flotas?
Se entiende por beneficiario a toda persona jurídica que realice la inversión o gasto correspondiente a la actuación que se incentiva.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las siguientes personas jurídicas:
- Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana o grande).
- El sector público institucional, a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
No podrán ser beneficiarios los concesionarios o puntos de venta cuyo epígrafe de la sección primera de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas sea el 615.1 o el 654.1, conforme a lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre.
Cuantía de las ayudas
Las ayudas se financiarán mediante el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, pues el programa forma parte de la Competente 1 e Inversión 2 del PRTR.
La cuantía de las ayudas varía en función del tipo de beneficiario, la tipología del vehículo, el tipo de motorización y si se realiza un achatarramiento o no. La convocatoria podrá establecer límites por beneficiario, así como un mínimo número de vehículos subvencionables.
Actuación 2 y 3: La intensidad de la ayuda será del 40% de los costes subvencionables, pudiendo incrementar:
- En 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a medianas empresas.
- En 20 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a micro y pequeñas empresas.
Plazos máximos
La resolución de las ayudas será a los seis meses de la publicación en el BOE, teniendo un plazo máximo de 18 meses para actuar (contando a partir de la fecha la notificación de resolución).
El usuario podrá presentar la solicitud al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, en la forma y plazo en que se establezca.
Por último, el plazo máximo para la realización de la actuación será de tres meses, a partir de la fecha en la que se expire el plazo máximo para la ejecución de la actuación.
Incompatibilidad de las ayudas
Las ayudas del programa de incentivos que se aprueba por esta orden serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad. Procedentes de cualquier administración o entres públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de Organismos internacionales.
¡Qué buena noticia! Es estupendo que el gobierno quiera apoyar la modernización del parque de vehículos comerciales. La gestión de flotas está de enhorabuena.