Plan MOVES III
Incentivos para la compra de vehículos eléctricos e infraestructura de recarga
El Plan MOVES III constituye la herramienta principal del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para impulsar la movilidad sostenible en España. Financiado con los fondos Next Generation EU, este programa ofrece ayudas directas tanto para la compra de vehículos eléctricos o híbridos enchufables como para la instalación de infraestructuras de recarga.
En RO-DES te facilitamos toda la información técnica y los pasos necesarios para que puedas beneficiarte de estos incentivos gestionados por el IDAE.
Características y condiciones del Plan MOVES III
El Consejo de Ministros regula, a través del Real Decreto correspondiente, las bases de esta tercera edición del programa MOVES. Esta línea de actuación busca acelerar la electrificación del transporte mediante subvenciones directas.
Vehículos que pueden recibir la ayuda
Para ser subvencionables, los vehículos deben pertenecer a las siguientes categorías:
- Turismos (M1): Vehículos para pasajeros con un máximo de 8 plazas además del conductor.
- Furgonetas o camiones ligeros (N1): Destinados al transporte de mercancías con un peso máximo de 3.500 kg.
- Cuadriciclos (L6e y L7e): Tanto ligeros como pesados, con las limitaciones de peso y potencia establecidas por su homologación.
- Motocicletas (L3e, L4e, L5e): Modelos de más de 50 cm³ o velocidad superior a 50 km/h.
Tipos de motorización permitidos
- Eléctricos puros (BEV): Propulsados exclusivamente por baterías recargables desde la red.
- Autonomía extendida (EREV): Motores eléctricos con un motor de combustión auxiliar para recarga.
- Híbridos enchufables (PHEV): Combinan motor de combustión y eléctrico, con carga desde fuente exterior.
- Pila de combustible (FCV / FCHV): Vehículos que utilizan hidrógeno para generar energía eléctrica.
Nota importante: En el caso de motocicletas, es requisito que cuenten con baterías de litio, una potencia igual o superior a 3 kW y una autonomía mínima de 70 km. Este programa no subvenciona autobuses (M2, M3) ni camiones pesados (N2, N3).
¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?
Podrán beneficiarse del Plan MOVES, y ser destinatarios de las ayudas, aquellas personas cuya residencia fiscal se encuentre en España y sean:
- Personas físicas que desarrollen actividades económicas: Que ofrezcan bienes o servicios en el mercado. Tendrán que estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración tributaria.
- Personas físicas mayores de edad: Excepto en los casos de discapacidad, pudiendo ser menores de edad, con residencia fiscal en España.
- Comunidades de propietarios
- Las personas jurídicas, constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W.
- Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Presupuesto y vigencia del plan
El presupuesto de MOVES III, con una línea de continuidad hasta el 2023, cuenta con una dotación mínima de 400 millones de euros ampliables, al menos, a 800. Este está dirigido, principalmente, a incentivar la movilidad eléctrica y particularmente, la compra de vehículos eléctricos y el despliegue de infraestructura de recarga para estos vehículos. A su vez, se podrá seguir reforzando en futuros ejercicios.
Cuantía de las ayudas: ¿Cuánto dinero se recibe?
En el caso de particulares, autónomos o administración, las ayudas pueden llegar a ser de 7.000€ (9.000 con achatarramiento) en el caso de comerciales de hasta 3.500 kg –categoría N1- y hasta los 4.500 € (7.000 con achatarramiento) en el caso de vehículos turismos -categoría M1-.
Los importes de los ayudas anteriormente citados, según lo dicho en el BOE y lo citado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de energía (IDEA) podrán verse incrementados en un 10% en los siguientes casos:
- Adquisiciones de vehículos turismos -categoría M1-, por parte de destinatarios últimos que sean personas físicas discapacitadas con movilidad reducida y vehículo que se adapte para su conducción. También, en el caso de adquisición de vehículos comerciales ligeros -de categoría N1- por parte de profesionales autónomos personas con discapacidad con movilidad reducida y vehículo que se adapte para su conducción.
- Adquisiciones de vehículos, por parte de personas físicas empadronadas en municipios de menos de 5.000 habitantes (el empadronamiento ha de mantenerse al menos dos años desde la fecha de registro de la solicitud).
- Adquisiciones de vehículos turismos -categoría M1-, por parte de personas físicas con actividad económica (autónomos), que se destinen al uso de Taxi y a servicios de Vehículo de Transporte con Conductor (VTC).
Las cuantías varían según el perfil del comprador y si se entrega o no un vehículo para achatarrar.
Particulares, Autónomos y Administración
- Turismos (M1): La ayuda es de 4.500 €, que aumenta hasta los 7.000 € si entregas un coche para achatarrar. Si la autonomía eléctrica es inferior a 90 km (mínimo 30 km), la ayuda es de 2.500 € (5.000 € con achatarramiento).
- Furgonetas (N1): El incentivo es de 7.000 €, elevándose a 9.000 € con achatarramiento.
- Motocicletas y Cuadriciclos: Las ayudas oscilan entre los 1.100 € y los 1.300 € (con achatarramiento).
Incrementos del 10%
Existen casos especiales donde la ayuda aumenta un 10% adicional:
- Personas con discapacidad por movilidad reducida que necesiten un vehículo adaptado.
- Personas empadronadas en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- Autónomos que destinen el vehículo al uso de Taxi o VTC.
Ayudas para Empresas
- Pymes: Perciben hasta 2.300 € por turismo (4.000 € con achatarramiento) y 3.600 € por furgoneta (5.000 € con achatarramiento).
- Grandes Empresas: Reciben hasta 1.700 € por turismo (3.000 € con achatarramiento) y 2.900 € por furgoneta (4.000 € con achatarramiento).
Reparto del presupuesto por Comunidades Autónomas
El presupuesto se asigna basándose en el padrón de habitantes. Las comunidades con mayor dotación inicial son:
- Andalucía: 71,3 millones de euros.
- Cataluña: 65,5 millones de euros.
- Comunidad de Madrid: 57,1 millones de euros.
- Comunidad Valenciana: 42,6 millones de euros.
El resto de las comunidades, desde Galicia (23,1 M€) hasta ciudades como Ceuta y Melilla (0,7 M€), gestionan sus fondos a través de convocatorias propias.
Preguntas frecuentes y guías oficiales
A continuación, compartiremos un documento que ha compartido IDAE en su página web, sobre las preguntas más frecuentes del Plan MOVES III y que deriva de las consultas recibidas por parte de los ciudadanos:
Para consultar el resto de los requisitos, así como la documentación que tendrá que aportar en cada uno de los supuestos, os recomendamos acudir a la publicación del BOE núm. 89, de 14 de abril de 2021.
Guías oficiales sobre Plan MOVES III
Para resolver cualquier duda relacionada con el programa de ayudas MOVES III, os facilitamos el acceso a las guías que se ha publicado el IDAE.
- Antecedentes del programa MOVES y MOVES II.
- Reparto territorial de fondos.
- Cuáles son los vehículos subvencionables.
También os recordamos que, si necesitáis obtener el Certificado de Destrucción y el justificante de baja definitiva de un vehículo para optar a las ayudas de Plan MOVES III, podéis gestionarlo a través de nuestro servicio especializado en retirada de vehículos al desguace y tramitación de bajas definitivas en la DGT.
¿Quieres conocer todos los requisitos y beneficios?
Si necesitas más detalles, puedes acceder a la información oficial sobre la ayuda MOVES III para la compra de vehículos
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