Tras anunciar el pasado viernes el Gobierno la inminente puesta en marcha del PIVE 5, todavía no habían sido publicadas las bases reguladoras del Plan en el BOE (Boletín Oficial de Estado), por lo que las ayudas destinadas a incentivar la compra de vehículos durante 2014 aún no estaban disponibles para los potenciales beneficiarios de las mismas.
No obstante, esta misma mañana ya se ha publicado a primera hora el BOE correspondiente al Real Decreto 35/2014, del 24 de enero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-5). Así pues, el periodo de vigencia de la quinta convocatoria del Plan comenzará mañana 29 de enero de 2014 y se extenderá durante un año, es decir hasta el 29 de enero de 2015, o bien hasta que se agote el presupuesto de 175 millones de euros que se ha destinado a este fin.
El PIVE 5 mantiene las condiciones de anteriores convocatorias
Tal y como hemos podido comprobar en las bases reguladoras de la quinta convocatoria del plan de ayudas, las condiciones son exactamente las mismas que en anteriores ediciones y lo único que se modifica es el presupuesto o los plazos de vigencia, mucho mayores en esta ocasión.
A grandes rasgos, las condiciones imprescindibles para beneficiarse de las ayudas del PIVE 5 y las cuales ya hemos actualizado en nuestra sección especial, son las siguientes:
Adquirir un vehículo nuevo que reúna los requisitos incluidos en las
bases reguladoras y que no exceda los límites de precio preestablecidos en las mismas.- Entregar en un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CATV) un vehículo viejo y matriculado en España, que reúna las condiciones de vehículos achatarrados establecidas en las bases reguladoras para obtener tanto el Certificado de Destrucción, como el justificante de baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT).
- El vehículo que se entrega para su achatarramiento, así como el nuevo que se adquiera a través del plan de ayudas, tendrán que tener como titular a la misma persona.
- Acceder como beneficiario en calidad de particular, microempresa o PYME, y encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.
Los vehículos seminuevos y de KM0, vuelven a quedarse sin ayudas
Puesto que todavía se desconoce si una nueva edición del Plan PIMA Aire se podrá en marcha próximamente, y si las condiciones del mismo se mantendrán o serán modificadas, podemos afirmar que por el momento y una vez más los vehículos seminuevos con menos de un año de antigüedad o de KM0 vuelven a quedarse sin ayudas.
Por tanto, volvemos a recalcar la necesidad de comprar un vehículo nuevo que cumpla con las condiciones de los automóviles subvencionados, para poder beneficiarse de los descuentos del Plan PIVE 5 en la factura de compra.
¿Os habéis beneficiado del PIVE en alguna de las anteriores ediciones del plan? ¿Tenéis pensado acceder al PIVE 5 en 2014? ¿Qué os parecen este tipo de ayudas? ¡Dejadnos vuestros comentarios!
1 comentario
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