Tal y como adelantábamos el pasado mes de mayo en el post donde os hablábamos de las diferentes medidas que la DGT podría adoptar para rejuvenecer el parque móvil, la figura de la baja temporal de vehículos en Tráfico podría verse afectada y modificada en las próximas semanas.

No obstante, si en nuestro anterior artículo mencionábamos la posibilidad de que la baja temporal dejase de existir como tal, parece que finalmente la decisión tomada por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT) será la de limitar la vigencia de la baja temporal en el registro de vehículos por un periodo de 2 años; según la comunicación recibida por parte de diversos integrantes de ASMADE  (Asociación Madrileña de Desguaces) y a la que en RO-DES ha tenido acceso gracias a la colaboración mantenida con diversos CATV de la provincia.

baja temporal de vehículosAsí pues, la DGT ha puesto en conocimiento de los integrantes de ASMADE que transcurridos 2 años desde la fecha en la que se haga efectiva la baja temporal del vehículo en Tráfico, éste sería nuevamente inscrito y se renovarían de igual forma las obligaciones que su propietario adquiere cuando se formaliza el alta en el registro de vehículos.

¿En qué afectará este cambio a los propietarios que gestionen la baja temporal de sus vehículos?

Que la vigencia de la baja temporal se limite a 2 años desde la fecha de su emisión afectará a los propietarios de esos vehículos por diferentes motivos, sin embargo esta baja temporal podría renovarse durante otros 2 años más, siempre y cuando se abonen las correspondientes tasas y el titular, o una persona autorizada por el mismo, presente en la Jefatura de Tráfico más cercana una nueva solicitud de baja temporal.

Además, una vez se notifique al titular la caducidad de su baja temporal éste tendrá que pagar nuevamente los gastos derivados del Impuesto de Circulación (IVTM) o de la póliza de seguros que ya es obligatoria independientemente del lugar dónde se tenga estacionado el vehículo.

También tendrá que acudir a la revisión de la ITV si ésta no se encuentra en vigor y hacer lo posible para que el resultado de la misma sea favorable, pues de lo contrario sería sancionable y el titular recibiría una multa por circular con su vehículo sin la ITV que alcanzaría los 200 euros.

 

Por el momento no hemos encontrado ninguna comunicación oficial que confirme el fin de la baja temporal ilimitada, sin embargo ésta podría producirse en los próximos días por lo que en RO-DES os seguiremos informando con respecto a este asunto.

¿Qué opinas de que se limite la vigencia de la baja temporal de un vehículo a un máximo de 2 años? ¿Has gestionado en alguna ocasión la baja temporal de un coche? ¡Déjanos tus comentarios!

9 comentarios

  1. SEBASTIAN Responder

    Buenos días,

    El 05/2017 mi vehículo quedo siniestro. En un taller me dieron 200€ por el. Me tramitaron una baja temporal voluntaria. Hablando con gente me ha comentado que el vehículo debería estar de baja definitiva con su pertinente certificado de destrucción de un desguace. Mi pregunta es:

    ¿Qué consecuencias puedo tener de lo que me sucedió?¿Debería hacer algo?

    Gracias de antemano, por su ayuda.

    • Alicia Granell Responder

      Hola Sebastian,
      ¿Qué han hecho los del taller con el coche? ¿Lo han vendido por piezas? Si es así, es una acción ilegal ya que solo los Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos (CATV), comúnmente conocidos como desguaces, son los únicos que legalmente pueden desguazar un vehículo y vender sus piezas.
      Para solucionar el estado administrativo del vehículo, ya que el coche seguramente no exista, tendrás que acudir personalmente a la DGT.
      Un saludo,

      • SEBASTIAN Responder

        Hola Alicia, lo primero darte las gracias por tu respuesta, la acabo de ver.
        – La baja temporal la inició una gestoría.
        – No se lo que habrán hecho los del taller con el coche, podría ir a preguntarlo.
        – Iré a tráfico y comentaré el caso. ¿Sabes si es posible hacer el trámite online?

        Saludos.

        • Inma Alabajos Responder

          ¡Hola de nuevo Sebastián!
          Lo mejor es que acudas al taller y te informes del estado actual del vehículo, es decir, de lo que hicieron con el o si aun disponen del mismo. Por otro lado, te aconsejo acudir a las oficinas de tráfico de forma personal, pues esta es la mejor forma de dar de baja definitiva tu vehículo. Pues actualmente no es posible realizar el trámite de forma telemática u online ¡Un saludo y mucha suerte!

  2. Maria jesus perez Responder

    Hola me gustaria saber..si un coche que tiene30 años de antiguedad..y esta dado de baja temporal y me encuentro en el extranjero..podria prescribir..
    Gracias un saludo

    • Raisa Fino Responder

      Hola Maria jesus, la baja temporal no caduca.

      Un saludo

  3. Maria Jesús Martín Corral Responder

    Que ocurre si la baja temporal se ha realizado hace mas de 8 años, cuando le de de alta que tengo que pagar y que papeles hay que hacer?

    • Alicia Granell Responder

      Hola buenos días,

      Aquí tienes la información sobre el alta de vehículos en situación de baja temporal: Altas y rehabilitación de vehículos. Para más detalles, te aconsejamos que contactes directamente con la DGT.

      Saludos,

  1. […] en situación de baja temporal, pero sí que está previsto que la normativa se modifique para que la duración máxima de la baja temporal de un automóvil sea de dos años, tal como os mostramos este verano en nuestro […]

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