El pasado 6 de abril de 2022 se abrió el plazo para la presentación de la Renta en 2022, donde deben incluirse las ayudas recibidas en 2021 para la compra de vehículos eléctricos del Plan MOVES III.

En la declaración de la renta se pueden deducir una serie de gastos asociados al vehículo; realizarla depende de diversos factores que se han de tener en cuenta, entre ellos si eres persona física, autónomo o empresa.

En el artículo de hoy os contamos con detalle todo lo que deberás tener en cuenta en estas circunstancias, así como las respuestas a las preguntas relacionadas con la Declaración de la Renta y la compra de un vehículo que más nos hacen nuestros clientes ¡Sigue leyendo!

Declaración de la renta

Declaración de la renta y la compra de un coche en 2021

La declaración de la renta o IRPF (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas), es un trámite anual que deben realizar los residentes en España para regularizar su situación con la Agencia Tributaria (AEAT).

Autónomos

Los profesionales autónomos que utilicen el vehículo para trabajar están sujetos a importantes desgravaciones en la declaración. Esto se aplica a:

  • Los vehículos adquiridos por renting.
  • A los automóviles en propiedad.

En este caso, se ha de diferenciar a los autónomos dedicados al transporte de los que no lo son:

Profesionales relacionados con el transporte: Si como trabajador, tan solo empleas el uso del vehículo para tu trabajo (No para desplazarte), podrás desgravar el IVA pagado al completo. Siempre y cuando el vehículo esté matriculado a nombre de un autónomo:

  • Taxistas, conductores de VTC, transportista, etc.
  • El coche deberá estar a nombre del autónomo.
  • Se puede desgravar hasta el 100% del IVA (siempre que el coche solo se use para el trabajo). También se puede deducir de hasta el 100% de los gastos de la gasolina.

Otros autónomos: Todo trabajador autónomo que haya adquirido un vehículo para hacer uso de su empleo podrá deducir en un 50% el IVA y en un 50% las cuotas (capital e intereses) pagados en el 2021:

  • Son aquellos que no tienen relación con el transporte.
  • Si emplean el uso del vehículo para trabajar, se pueden deducir hasta un 50% de las cuotas de la amortización, intereses e IVA.
  • También pueden deducir hasta el 50% de los gastos del carburante.

Declaración de la renta y coches de empresa

La inclusión en la declaración de la renta del vehículo de empresa, dependerá de si este está a nombre de la entidad o no, presentando dos opciones:

  • Si el coche está a nombre de la empresa: La entidad puede desgravar anualmente un porcentaje del coste de adquisición del coche, incluyendo gastos y tributos.
  • Si el coche está a nombre de la empresa, pero lo utilizas para uso personal:
    • Deberás declararlo en la renta como retribución en especie.
    • La tributación será del 20% anual sobre el valor del mercado, incluyendo gastos y tributos.
    • Se aplicará una reducción a ese valor de mercado en función de la eficiencia energética y el precio del coche.

Personas físicas

La compra de un coche nuevo en 2021 no tendrá ningún efecto en la declaración de la renta en aquellas personas físicas que trabajen por cuenta ajena o estén jubiladas. Pese a ello, hay que tener en cuenta una serie de excepciones:

  • Personas con minusvalía: Aquellos usuarios cuya minusvalía supere el 33% podrán deducirse hasta el 50% del IVA, siendo en este caso del 4%.
  • Familia numerosa: Pueden deducirse, al igual que en el caso anterior, el 50% en el Impuesto de Circulación siempre que el coche esté a nombre de los progenitores.

Personas con discapacidad

Podemos diferenciar dos posibilidades para deducir la cantidad:

  • Cuando conduce el vehículo la persona con discapacidad
  • Cuando conduce el vehículo un familiar directo a cargo de la persona con discapacidad

En cualquiera de los dos casos expuestos anteriormente, el comprador podrá desgravar el 50% del IVA, junto al 4% de IVA que pagan por su discapacidad. Pese a ello, quedan excluidos de todo lo anterior los vehículos de km0 (previamente matriculados) y los coches de segunda mano.

Renta y compra de coches 

Plan MOVES III

Como bien hemos dicho en párrafos anteriores, desde el pasado 6 de abril de 2022, se puede presentar la Declaración de la Renta relativa al ejercicio de 2021. Aquellos que se hayan acogido a las ayudas para la renovación del parque automovilístico, como el Plan MOVES III, deben acordarse de declararlas.

¿Y cuánto hay que pagar a Hacienda por haber percibido ayudas como las del MOVES III? Pues bien, la cantidad a abonar dependerá, en todo caso, de los siguientes factores:

  • De la propia cuantía de la ayuda.
  • De la base general del Impuesto.
  • Del tipo impositivo que nos corresponda de acuerdo con el nivel de ingresos.
  • De la autonomía en que residimos, pues, aunque el IRPF sea estatal, se cede a las comunidades autónomas el 50% de su recaudación.

Para que lo entiendas, supongamos que nos hemos acogido al Plan MOVES III y hemos recibido 2.500€ de ayuda, nos podemos encontrar ante tres situaciones:

  • Rentas más bajas (hasta 12.450€ declarados): El tipo de gravamen sería del 19% y la cantidad a deducir de 475€, siendo la subvención real de 2.025€.
  • Tercer tramo de IRPF (Rentas de hasta 35.200€): El tipo de gravamen sería del 30%, siendo la cantidad que deducir de 750€, siendo la ayuda de un total de 1.750€.
  • Quinto tramo de IRPF (Rentas de entre 60.000 y 300.000€): En estos casos el tipo de gravamen sería del 45%, siendo la cantidad que tributar de 1.125€ y el total de la ayuda de 1.375€.

Declaración de larenta MOVES III

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar la venta de mi coche a Hacienda?

Se deberán declarar en el IRPF las ganancias o pérdidas que se manifiesten en la venta o donación de un bien de tu patrimonio. En el caso de los coches, no se han de incluir en la declaración de la renta, pues se vende por un precio inferior, por lo que acabas perdiendo dinero.

¿Y si vendo el coche por más dinero del que lo compré?

En estos casos sí que se deberá declarar el IRPF, aunque no suele ser común.

¿Cómo puedo saber cuánto vale mi coche para Hacienda?

Calcular cuánto vale tu coche para Hacienda es muy sencillo, tan solo se ha de restar el valor de adquisición al valor de transmisión. Deberás tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Si el coche es comprado: Debes tener en cuenta el precio que has pagado por él, las inversiones y reformas que le has hecho, y los gastos y tributos que asumiste como comprador.
  • Si el coche a estado afecto a actividades económicas: Deberás restar el valor de las amortiguaciones realizadas al valor de adquisición.
  • Si el coche es heredado o regalado: Deberás tener en cuenta el valor a efectos sobre sucesiones y donaciones, sin que este pueda ser superior al valor de mercado.

¿Hay otros Impuestos que afectan o benefician a la valoración del coche?

Por supuesto que sí, en concreto:

  • El impuesto sobre sucesiones y donaciones, afectando, en todo caso, a los coches regalados o dejados en herencia o como legado.
  • El Impuesto sobre transmisiones patrimoniales, lo paga el comprador de un coche usado vendido por un particular.

¿Es lo mismo notificar la venta de un coche que declararla?

La respuesta es NO, una cosa es la declaración de Impuestos y otra muy distinta el notificar el cambio de titular del vehículo a la Dirección General de Tráfico.

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