Cómo ya sabréis, hace algún tiempo la DGT puso a la disposición de los conductores una serie de distintivos ambientales que sirven para clasificar los vehículos que los portan según el nivel de contaminación que generan.
- Normativas anticontaminación Euro
- Pero entonces, ¿cómo sabemos qué distintivo ambiental nos corresponde?
Hasta el momento, la famosa etiqueta redonda de colores no es obligatoria, pero sí que existen algunos Ayuntamientos que ya exigen que los vehículos estén debidamente identificados. El caso más mediático ha sido el del Ayuntamiento de Madrid, el cual, desde el 24 de abril de 2019, establece multas de hasta 90 euros para los vehículos que no lleven el distintivo ambiental en una zona visible.
Pero no es el único caso, también el Ayuntamiento de Barcelona, aunque si bien es cierto que da un poco más de plazo, planea prohibir la circulación por la ciudad condal de todos los vehículos que carezcan de distintivo ambiental a partir de 2020, así como durante episodios de contaminación.
La prohibición se establece a todo vehículo sin etiqueta, independientemente del motivo por el cual no la lleve. Estas restricciones se aplican tanto para las personas residentes como para los visitantes de estas ciudades.
Se trata de una tendencia que va a ir a más, por lo que, en aras de cumplir la normativa europea, cada vez más ciudades se irán adhiriendo a estas restricciones cada vez más comunes.
Normativas anticontaminación Euro
Si bien es cierto que la preocupación por la contaminación comenzó a mediados de los años 70, no fue hasta los 90 cuando se tomaron medidas realmente serias en contra de las emisiones contaminantes de los vehículos de combustión. Fue entonces cuando la Unión Europea implantó las normativas Euro. Estas normas implican que los vehículos deben cumplir las exigencias medioambientales de la Euro vigente en el momento de su matriculación.
Desde entonces, se han ido aprobando nuevas normas, cada vez más restrictivas, que todo vehículo nuevo que se venda en el mercado europeo debe cumplir. Estas normas han ido obligando a los fabricantes a incluir en los vehículos elementos como catalizadores (obligatorios a partir de la Euro 1) o filtros de partículas (obligatorios en los diésel a partir de la Euro 5).
Esta normativa obliga a reducir cada vez más la cantidad de sustancias contaminantes y perjudiciales para la salud que emiten los vehículos, tales como el CO (monóxido de carbono), HC (Hidrocarburos), NOx (Óxido de nitrógeno) y PM (partículas sólidas).
Hasta el día de hoy, las Euro aprobadas son las siguientes:
- Euro 1: 1993
- Euro 2: 1996
- Euro 3: Enero 2000
- Euro 4: Enero 2005
- Euro 5: Septiembre 2009
- Euro 6: Septiembre 2014
- Euro 6c: Septiembre 2018
Pero entonces, ¿cómo sabemos qué distintivo ambiental nos corresponde?
Pues bien, los criterios de clasificación de vehículos establecidos por la DGT son los siguientes:
Así pues, se quedarían sin etiqueta los vehículos gasolina Euro 1 y 2 matriculados antes del 2000 y los diésel Euro 1, 2 y 3 matriculados antes del 2006.
Por tanto, parece evidente que todos los vehículos matriculados después de la fecha de aprobación de una norma Euro cumplen con las exigencias de esta. Es por eso por lo que la DGT toma como referencia la fecha de matriculación de los vehículos para establecer la línea divisoria entre una categoría y otra, ya que es la manera más sencilla.
Pero esta forma de clasificación no es precisa, puesto que los plazos entre la fabricación y la homologación de los vehículos son muy variables, y por tanto, no son válidos para ser utilizados como criterio de restricción de circulación de los vehículos. Esto ha provocado que, vehículos matriculados con anterioridad a la aprobación de una Euro, ya cumplan con las exigencias de ésta. Por ejemplo, se da el caso de vehículos de gasolina con matriculación anterior a 2006 que cumplen con la Euro 5, y por tanto les correspondería la Categoría C, y no la B como podría parecer según la clasificación establecida por la DGT.
Para saber si es este tu caso, puedes consultar aquí haciendo una búsqueda por modelo de vehículo.
Para solucionar este problema, deberemos solicitar un certificado de normativa al fabricante, corregir la ficha técnica en una estación de ITV y acudir posteriormente a la DGT. Allí actualizarán los datos en el Registro de Vehículos y podremos solicitar la etiqueta correspondiente. Esta etiqueta se puede adquirir en las oficinas de Correos o en los Talleres afines a la Confederación Española de Talleres (CETRAA).
¿Cual ha sido tu experiencia con las etiquetas de la DGT? ¿Te has encontrado en esta situación?