El verano va tocando fin y no son pocos los usuarios que, a la vuelta de las vacaciones, deciden dar de baja definitiva su viejo vehículo. Septiembre posee una ventaja adicional a la hora de solicitar la baja en Tráfico de nuestro automóvil: ofrece la posibilidad de ahorrarnos un trimestre del Impuesto de Circulación del vehículo.
Por norma general, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) se establece y recauda por el propio Ayuntamiento en el que está inscrito el automóvil en cuestión y el pago del mismo se calcula por trimestres. Sin embargo, el importe total debe abonarse en un pago único.
¿Qué ocurre entonces con el sello del coche cuando gestionamos la baja definitiva del mismo?
Si nuestro coche llega al final de su vida útil antes de acabar el periodo en curso, existe la posibilidad de solicitar la devolución de la parte proporcional del año en la que el vehículo no va a circular.
Esta devolución se divide de forma trimestral, por tanto, si tramitas la baja definitiva del automóvil antes del 30 de septiembre, podrás solicitar la devolución del 25% del importe que abonaste en concepto de Impuesto de Circulación de tu coche.
Para solicitar este reembolso, solamente es necesario presentar en la sección de recaudación del Ayuntamiento que nos efectúa el cobro, el Certificado de Destrucción del vehículo, pues es el documento oficial entregado por el Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.) para acreditar que el automóvil ha sido retirado para su descontaminación, según dicta la ley, con la finalidad de ser dado de baja definitiva en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
Por tanto, si deseas tramitar la baja definitiva de tu vehículo antes del 30 de septiembre para poder ahorrarte el último trimestre del IVTM, puedes contactar con nosotros y lo gestionaremos de manera sencilla y gratuita pulsando el siguiente botón:
Solicita la retirada y baja de tu vehículo
¿Sabías que podías beneficiarte de esta bonificación en el Impuesto de tu vehículo? Déjanos tus comentarios.