Las multas prescriben, aunque no es fácil debido a los amplios plazos que se imponen. ¿Qué pasa si no se paga la multa? ¿En qué casos puedo evitar el pago? ¿Cuándo prescriben?

La DGT es la encargada de notificar las infracciones, que pueden ir desde superar el límite de velocidad a saltarse un semáforo o manipular el teléfono móvil mientras se conduce. Según los datos establecidos, en el año 2019 fueron más de 4,5 millones de multas las emitidas por la DGT en las carreteras españolas, sumando una media de unas 12.000 multas diarias aproximadamente.

Tipos de multas

La Ley de Seguridad Vial clasifica las multas según el peligro que pueda presentar. Las infracciones menos peligrosas o leves tan solo suponen una sanción económica; en cambio, a las más graves, se les suma una importante pérdida de puntos del carné. Veamos mejor la diferencia:

Infracciones leves

Según lo dictado en la Ley, una infracción leve es cualquier transgresión que no esté recogida entre los supuestos de infracción grave o muy grave, una definición poco precisa.

¿Qué sanción supone? Este tipo de infracción supone una multa de, generalmente, 100€.

¿Cuáles son las infracciones más comunes? Circular con una matrícula sin identificar y conducir sin camisa, con chanclas o zapatos de tacón, descalzo o con cualquier otra vestimenta que impida el control de nuestro vehículo.

Infracciones graves

Una infracción grave es aquella que pone en peligro la seguridad vial.

¿Qué sanción supone? Todos aquellos actos que reflejen una infracción grave supondrán una multa de 200€ y una pérdida de entre 2 y 4 puntos del carné de conducir.

¿Cuáles son las infracciones más comunes? Usar el teléfono móvil o GPS mientras conduces, adelantar ilegalmente, realizar un cambio de sentido en zonas prohibidas…

Infracciones muy graves

Una infracción muy grave es aquella que supone un mayor peligro respecto a las anteriores, cuando un conductor comete una infracción de este tipo, los agentes no muestran ningún tipo de benevolencia.

¿Qué sanción supone? La sanción será de 500€ y una pérdida de 6 puntos del carné de conducir. Excepcionalmente se incrementará la cuantía económica pudiendo incluso llegar a la retirada inmediata del carné.

¿Cuáles son las más comunes? Podemos encontrar infracciones como la conducción temeraria, duplicar el límite de velocidad, conducir bajo los efectos del alcohol o drogas…

Tipos de multas

Notificación de una infracción

Las autoridades tienen un plazo de 3 meses para notificar una infracción leve y de 6 meses para notificar una grave o muy grave desde el momento en que es cometida. Si la notificación se recibe más tarde, el usuario no tendrá que asumir el pago de la multa.

La Administración es la responsable de comunicar las infracciones cometidas por los usuarios de la vía, y lo puede hacer de la siguiente forma:

  • Por correo postal al domicilio declarado por el propietario del vehículo: La no actualización del domicilio o el rechazo de la carta no supondrá la no comunicación.
  • En la Dirección Electrónica Vial: Este es el buzón electrónico de la DGT que permite que los usuarios reciban notificaciones electrónicas con la misma validez judicial. En este caso el usuario tendrá que estar dado de alta previamente.
  • En el Tablón Edictal Único (TEU) del BOE y en TESTRA: Si la Administración no puede efectuar la notificación por ninguna de las vías anteriores, la publicará en el TEU y en el TESTRA durante 20 días naturales. Transcurridos los 20 días, se considerará notificada.

Las alegaciones se presentan si el usuario cree que hay algún error o no está de acuerdo con la sanción; los recursos, en cambio, se interponen tras la alegación presentada y en caso de no estar de acuerdo con la misma. Tras recibir la notificación de la sanción, el usuario podrá:

  • Renunciar al recurso y pagar la multa: Es este caso, se puede llevar a cabo…
    • Pagando la sanción en un plazo de 20 días naturales desde la notificación: Se pagará con un 50% de reducción.
    • Pagando la sanción transcurridos los 20 días naturales desde la notificación sin descuento.

Recuerda que, si abonas la sanción, no podrás reclamar nada más tarde, pues con el pago aceptas y afirmas la sanción impuesta.

  • Interponer un recurso o alegación en 15 días naturales: La Administración deberá contestar por correo postal, a través de la DEV o publicando la resolución en el TESTRA. Si la alegación no se tiene en cuenta, la multa deberá abonarse en un plazo de 45 días naturales o presentar un recurso de alegación en un mes, pudiendo ser:
    • Estimado
    • Desestimado: Se deberá pagar una multa en un plazo de 15 días.

Para recurrir a una multa tan solo tendrás que presentar un escrito en la jefatura de tráfico defendiendo los motivos por los que crees que la multa no es justa. La estructura deberá presentar en primer lugar, los datos personales, todo seguido, los datos de la denuncia y, finalmente, las alegaciones.

¿Hay algo que pueda hacerme ganar el recurso? Sí, si la notificación presenta algún error (como escribir mal el nombre o matrícula del vehículo) o si no existe una forma evidente de demostrar el acto por el que nos multan.

Evitar el pago de la multa

¿Y si no pago la multa?

Si hemos hecho todo lo explicado anteriormente y ha sido en vano, pero seguimos sin querer pagar la multa, entraremos en un proceso conocido como vía ejecutiva, el cual se presenta en el momento en que no hemos realizado el ingreso necesario en el plazo establecido.

En este caso, perderás el 50% de descuento y, además, se aplicará un 5% extra. Todo seguido, la Agencia Tributaria procederá a enviar de nuevo la multa con un recargo del 10%. En caso de seguir sin pagar, se realizará otra notificación con un 20% de recargo pudiendo llegar a embargos en los bienes que se consideren necesarios.

Plazos para resolver la sanción ¿Cuándo caducan o prescriben las multas de tráfico?

La Administración deberá notificarte una multa, en un plazo máximo de un año, desde el momento en el que se notifica el procedimiento para emitir una resolución. Si transcurrido un año:

  • No se sanciona la infracción: Todo el procedimiento queda anulado. Aunque es un acto inusual.
  • Se impone la sanción a pesar de las alegaciones: Las autoridades dispondrán de 4 años para realizar el cobro, siempre y cuando la denuncia no incluya la suspensión del carné; en este caso dispondrá tan solo de un año natural.

Las sanciones pueden prescribir; si se trata de una sanción económica el plazo de caducidad será de cuatro años. En cambio, en el resto de sanciones, como trabajos en beneficio a la comunidad, será de 1 año. El tiempo comienza a contar desde el día siguiente en que la sanción sea firme en vía administrativa.

Por esto, al igual que sucede con otras faltas o delitos, las multas de tráfico también prescriben y transcurrido un determinado plazo de tiempo desde su imposición, no podrá ejecutarse la sanción prevista.

Según el Artículo 112.1 de la Ley de Seguridad Vial, el plazo de prescripción para la notificación de una sanción será de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves. Además, el plazo de prescripción comenzará a contar a partir del mismo día en que los hechos se hubieran cometido.

También hay que tener en cuenta que, tal y como explican desde Motor.es, dentro de los plazos citados el conductor tendrá que ser notificado por la administración y en aquellos casos en los que el tiempo para localizar al conductor se alargue, el plazo de prescripción se interrumpirá durante un periodo no superior a un mes.

Transcurrido un año desde que se inició el procedimiento sancionador, si no existiera resolución al mismo, caducaría. En los casos en los que la resolución se notifique fuera de plazo, no dando lugar a su abono, se consideraría contrario a derecho. No obstante, todo lo anterior suele comprobarse antes de la emisión de la sanción.

Si no se realiza voluntariamente el pago de una sanción e inmediatamente después de que se haya interpuesto la misma, la Administración intentará su cobro. Sin embargo, una vez transcurridos cuatro años desde que se interpuso la sanción y siempre que la Administración no haya ejecutado el cobro de la misma, la multa prescribirá. Además, en los casos en los que la sanción implique la suspensión temporal o permanente del permiso de conducir, el plazo se reduce a un año.

Si se trata de infracciones tipificadas como delito, hay que tener en cuenta que el tiempo de prescripción puede verse afectado por los plazos y procedimientos que se lleven a cabo en los juzgados, lo que dificultará la prescripción de la multa en plazos generales.

Por tanto, para saber si una multa ha prescrito o no, lo primero que hay que tener claro son los plazos que la DGT o los Ayuntamientos tienen para notificar la infracción y para ejecutar el cobro de la sanción. También hay que diferenciar entre la prescripción de la infracción y la prescripción de la sanción.

6 comentarios

  1. Abdel Responder

    Hola buenas, me paró la policia haciendome el test de drogas di positivo en thc me llego la carta con un importe de 500 eu reducidos o 1000 sin reduccion, querria saber en cuanto tiempo preescribe la multa para evitar el pago

  2. David Responder

    Buenas.mi caso es el siguiente:me echaron una multa la policía.local por estacionar mal eso fue en el año 2013 ahora al hacer mi declaración de hacienda me la an cobrado kiero decir me la an descontado esa multa es de hace 10años.y no recuerdo a ver recibido ninguna notificación aún habiéndola recibido es legal eso después de 10años

    • Inma Alabajos Responder

      ¡Buenos días David!
      Como bien comentamos en el artículo: Las autoridades dispondrán de 4 años para realizar el cobro, siempre y cuando la denuncia no incluya la suspensión del carné; en este caso dispondrá tan solo de un año natural.
      De esta forma, y como recomendación, te aconsejamos hablar con la Dirección General de Tráfico y autoridades competentes del domicilio en donde residas, alegando la no notificación de la multa y el pago de la misma (tras 10 años transcurridos).
      Cualquier duda adicional no olvides que puedes consultarlo con nosotros ¡Estaremos encantados de atenderte! ¡Feliz jueves!

  3. Francisco morales ballesteros Responder

    A mi se me retiraron todos los puntos a final de 2017 .. mi sancion no prescribe? 6 años despues no puedo recuperar el carnet por haber prescrito el delito? Es el unico delito con sentencia perpetua?

    • Inma Alabajos Responder

      ¡Buenos días Francisco!
      Lo mejor es que consultes este tipo de dudas con la Dirección General de Tráfico, pues son ellos los únicos que pueden darte una respuesta y/o solución. Pese a ello, y por si es de tú interés, adjunto el enlace directo a la sede oficial de la DGT en donde podrás acceder a todo tipo de información sobre las sanciones y su prescripción.
      ¡Un saludo y mucha suerte! ¡Feliz martes!

  4. Antonio Responder

    Me comunican una sanción de aparcamiento indebido de hace 11 meses en Italia, después de tanto tiempo esto es legal??

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