Ya han pasado 7 semanas desde que se iniciara el Estado de Alarma derivado de la crisis sanitaria producida por el coronavirus (COVID-19) y el Gobierno impusiera el confinamiento de la población en sus hogares mediante una serie de restricciones que han afectado al transporte y la movilidad de las personas. Dado que tanto los índices de contagio como el número de fallecidos son cifras que han ido descendiendo progresivamente desde que se impusieran las medidas, el Gobierno ha aprobado el 28 de abril un Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad.

Este plan tiene el objetivo de ir reduciendo las medidas y restricciones gradualmente para recuperar la actividad del país, protegiendo la salud y la vida de las personas. Para ello, se plantea en cuatro fases (0, I, II, III) de desescalada que irán implementándose de manera asimétrica y de acuerdo a los marcadores e indicadores de cada provincia o isla, siempre de manera coordinada y de forma que cada fase pueda ser adaptada en función de los nuevos datos que se vayan recopilando. Cada una de las fases tendrá una duración mínima de 2 semanas y la normativa irá siendo elaborada de acuerdo con las órdenes que vaya ofreciendo el Ministerio de Sanidad.

La desescalada comenzará el próximo día 4 de mayo y los marcadores que se tendrán en cuenta para determinar el paso a la siguiente fase serán: la capacidad del sistema sanitario y de la atención tanto primaria como hospitalaria, la situación de la epidemia y la evolución de la enfermedad en un determinado territorio, la implementación de medidas que garanticen la protección colectiva (comercio, transporte, centros de trabajo y espacios públicos) y los datos obtenidos en tanto a nivel de movilidad como de economía.

¿Cómo afectarán las fases de desescalada a la movilidad y el transporte?

Es importante tener en cuenta que, hasta que no se supere la Fase III y se alcance la llamada “Nueva Normalidad”, no estarán permitidos los desplazamientos entre provincias y únicamente podrán realizarse cuando existan causas justificadas (desplazamientos laborales o de causa mayor). Además, independientemente del tipo de medio de transporte que se utilice (colectivo o individual) éste tendrá que ser empleado únicamente para la realización de las actividades que estén permitidas en cada una de las fases y de forma que se garanticen al máximo tanto la seguridad, como la autoprotección y el distanciamiento social o físico.

Cada una de las fases, tal y como cuenta Motorpasión en su artículo, tendrá las siguientes características:

Fase 0 (inicio previsto el 4 de mayo)

Esta primera fase, que será con la que comiencen todas las provincias de España (excepto en algunas islas que la desescalada se iniciará directamente en la Fase I) dará comiendo el 4 de mayo y mantendrá la mayoría de restricciones y medidas que han tenido lugar durante el Estado de Alarma. Sin embargo, podremos ver cambios en:

Paseos con niños: tendrán que ir siempre acompañados de un adulto y podrán acompañarlos otras personas que convivan en el mismo domicilio. Esta medida, según lo anunciado y si las cifras de contagios y fallecimientos siguen el mismo ritmo, podrá disfrutarse desde el sábado 2 de mayo.

Atención de huertos: ya sean familiares, de autoconsumo o municipales y siempre y cuando se encuentren en el mismo término municipal que el domicilio de la persona o en uno adyacente.

Deporte: podrán realizarse al aire libre actividades deportivas que no supongan contacto y que sean realizadas de manera individual. Por ejemplo: montar en bicicleta, correr, patinar, practicar surf…)

Recogida de comida en establecimientos: los restaurantes y/o cafeterías podrán abrir para ofrecer el servicio de recogida de comida y los clientes podrán desplazarse hasta el establecimiento para llevársela a su domicilio.

Locales comerciales (no permitidos durante el estado de alarma): podrán recibir clientes de forma individual y con cita previa, además de contando con las medidas de protección e higiene necesarias y asegurando el distanciamiento entre personas. Además, todos los comercios deberán establecer un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años.

Movilidad y transporte: se deberán de incrementar progresivamente las frecuencias del transporte público y se aconseja a las empresas que flexibilicen las horas de entrada y salida de los trabajadores, para evitar aglomeraciones durante las horas punta. Los transportes terrestres que realicen trayectos de larga distancia seguirán con la limitación de servicios al 30% y tan solo podrán ser utilizados para llevar a cabo las actividades permitidas en el Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo.

Fase I (inicio previsto el 11 de mayo)

En esta fase será donde comiencen a autorizarse determinados desplazamientos, siempre haciendo uso de medidas que garanticen la protección como mascarillas, guantes o geles desinfectantes, y que se realicen dentro de un mismo territorio. Así pues, se pondrán en marcha otras medidas como:

Grupos reducidos: aunque todavía no se ha especificado exactamente qué número de personas ni en qué lugares estará permitido, se podrán realizar reuniones de grupo con un número reducido de personas y que no sean vulnerables ni tengan patologías previas.

Desplazamientos en vehículos privados: se permitirán para llevar a cabo cualquiera de las actividades permitidas y la ocupación no estará limitada en caso de que se trate de personas que residen en el mismo domicilio. Se entiende, por tanto, que ya no será necesaria la norma de “una persona por cada fila de asientos”.

Locales y establecimientos comerciales: se podrá acudir a locales y comercios que no estén ubicados en centros comerciales, limitando el aforo al 30% y garantizando como mínimo una distancia de 2 metros entre clientes.

Mercadillos: también se reactivarán en esta fase y se podrá acudir a este tipo de negocios, aunque los puestos deberán estar limitados al 25% o en caso de ser posible, deberán aumentar su superficie de modo que se garantice la distancia de seguridad entre clientes.

Terrazas de bares y restaurantes: aunque también estarán limitadas al 30% de su ocupación y la distancia de seguridad deberá mantenerse, se podrán realizar desplazamientos a este tipo de establecimientos.

Establecimientos culturales y de ocio: se podrá acudir a espacios tales como bibliotecas (con limitación de aforo), espectáculos (con menos de 30 asistentes si se trata de lugares cerrados o en su defecto, manteniendo solamente 1/3 de su aforo), museos (también con 1/3 del aforo) y actividades turísticas o en la naturaleza, siempre que se realicen en grupos reducidos.

Instalaciones deportivas al aire libre: se podrá acudir a este tipo de instalaciones siempre y cuando sea para desempeñar actividades en las que no exista el contacto, como por ejemplo practicar atletismo, tenis o pádel. También se permitirán las actividades individuales en centros deportivos o gimnasios cerrados, donde no haya contacto físico, con cita previa y sin poder hacer uso de los vestuarios.

Congresos o seminarios científicos: se podrá acudir a este tipo de eventos siempre que el aforo sea de menos de 30 asistentes.

Centros religiosos: se podrá asistir siempre y cuando el aforo quede limitado a 1/3 de su capacidad.

Movilidad y transporte: la oferta de transporte público se aumentará entre el 80% y el 100%, dependiendo de cual sea su demanda y se establecerá (según marcadores) el límite de ocupación, que todavía no se ha definido. En lo que se refiere a transporte terrestre de largas distancias, los servicios se mantendrán al 30%, se limitará al 50% la ocupación máxima y estarán prohibidos los servicios de catering. El transporte marítimo mantendrá las condiciones que actualmente están estipuladas en el Estado de Alarma, siempre y cuando los gobiernos autonómicos no estipulen lo contrario, permitiendo una ocupación del 50% en butacas con una separación de 2 metros como mínimo y del 100% en los camarotes siempre que estén ocupados por personas que convivan en un mismo domicilio.

Fase II (inicio previsto el 25 de mayo)

Siguen manteniéndose en esta fase las limitaciones por territorio y las medidas de protección personal, así como los desplazamientos relacionados con las actividades que estén permitidas y que en este periodo se amplían a:

Grupos más amplios: siempre que no haya personas vulnerables o con patologías previas, aunque todavía no se ha especificado en qué lugares se permitirán las reuniones ni el aforo máximo de personas que podrán acudir a las mismas, pero se entiende que será un cupo más elevado que el de la fase anterior.

Segundas residencias: se permitirán los desplazamientos a segundas residencias siempre y cuando éstas se encuentren dentro de la misma provincia.

Bodas o velatorios: se permitirá acudir a este tipo de eventos siempre que el número de asistentes sea limitado (todavía no se ha especificado el máximo de asistentes). Además, también deberán cumplirse las recomendaciones de higiene y seguridad.

Visitas a familiares con discapacidad: se podrán realizar desplazamientos para visitar a familiares o personas discapacitadas que se encuentren en residencias o viviendas tuteladas. Las visitas en residencias de ancianos seguirán estando restringidas.

Establecimientos ubicados en centros o parques comerciales: se podrá acudir a este tipo de negocios siempre y cuando siga restringida la permanencia de personas en zonas comunes o recreativas. El aforo estará limitado al 40% y de igual manera, se tendrá que garantizar la distancia mínima de 2 metros entre personas. En caso de no poder mantenerse esta distancia, solo se permitirá un cliente por local comercial. Además, las personas mayores de 65 años dispondrán de un horario preferente.

Centros formativos o educativos: se podrá acudir a este tipo de centros (autoescuelas o academias) siempre que se establezcan medidas que sirvan para garantizar el distanciamiento social y la higiene.

Bares, restaurantes y cafeterías: además de las terrazas de estos establecimientos, también estará permitido acudir para utilizar sus espacios interiores, únicamente en servicios de mesa y respetando siempre la separación entre clientes. El aforo estará también limitado a 1/3 de su capacidad.

Caza y pesca deportiva: se permitirán los desplazamientos para realizar este tipo de actividades.

Auditorios, cines y teatros: se podrá acudir a este tipo de espacios, aunque la capacidad estará también limitada a 1/3 de la misma y los asientos tendrán que ser asignados previamente. Además, en esta fase los eventos culturales que se realicen en espacios cerrados podrán ampliar su capacidad a 50 personas y en caso de que se celebren al aire libre podrán acudir, como máximo, 400 personas siempre y cuando los asistentes se mantengan sentados y se respeten las distancias de seguridad estipuladas. En lo que se refiere a actividades turísticas o en la naturaleza, el aforo máximo de la Fase I será también ampliado.

Locales y pabellones deportivos: se podrán realizar desplazamientos para realizar actividades deportivas en este tipo de lugares, siempre y cuando los deportes practicados no impliquen contacto o el riesgo de contagio sea muy bajo.

Espectáculos o actividades no profesionales al aire libre: se podrá acudir a este tipo de eventos y el aforo estará limitado de igual manera que en los eventos culturales. Se podrán retomar los campeonatos profesionales, que serán a puerta cerrada, pero si podrán ser retransmitidos.

Lugares de culto: se ampliará el aforo de la Fase I.

Movilidad y transporte: en el transporte público, urbano e interurbano, se mantienen las exigencias de la anterior fase.

Fase III (inicio previsto el 8 de junio)

Durante la Fase III se ampliará al 50% el aforo permitido en bares, restaurantes y cafeterías (tanto dentro del local como en las terrazas). También se hará lo mismo en centros y espacios culturales, así como en actos al aire libre, donde se establecerá un máximo de 800 asistentes.

Esta será la última fase de desescalada y en ella se podrán realizar los siguientes desplazamientos, derivados de las actividades que estarán permitidas a partir de la entrada en vigor de la Fase III:

Contacto social: se podrá mantener contacto social con personas no vulnerables ni con patologías previas y se entiende que durante este periodo ya no habrá limitación en el número de personas.

Visitas a familiares en residencias de ancianos: se podrán realizar desplazamientos para visitar a familiares que se encuentren internados en residencias de ancianos, siempre y cuando el estudio relacionado con la situación de este tipo de centros tenga una evolución favorable.

Discotecas y bares nocturnos: se podrán realizar desplazamientos a estos establecimientos, que tendrán su aforo limitado a 1/3 del total.

Playas: siempre que se cumplan unas condiciones de seguridad y distanciamiento, se podrán realiza desplazamientos a la costa para disfrutar de las playas. Además, también estarán permitidas las actividades náuticas recreativas.

Partidos no profesionales o actos deportivos colectivos: se podrá acudir a este tipo de eventos, siempre que su aforo esté limitado a 1/3 de la capacidad y se puedan garantizar las distancias de seguridad entre los asistentes.

Movilidad y transporte: el servicio de transporte público urbano y periurbano se aumentará hasta el 100%, mientras que en los transportes terrestres de larga distancia está previsto aumentar el límite de ocupación establecido en anteriores fases. En lo que se refiere al transporte marítimo, en función de como evolucionen las cifras, se levantará la prohibición de que los pasajeros puedan embarcar en los ferris.

 

Una vez finalice la Fase III, que si todo va bien se extendería hasta el 22 de junio, se daría paso a la Fase IV, lo que supondría alcanzar la “Nueva normalidad”. Las medidas preventivas, entre las cuales está la recomendación de utilizar elementos de protección individual, así como la higiene y desinfección, continuarán vigentes. Una vez alcanzada la Fase IV, estarán permitidos ya los desplazamientos interprovinciales.

No obstante, y al igual que ocurrido con muchas de las medidas o restricciones implementadas durante el Estado de Alarma, este plan podrá verse modificado en función de como vaya evolucionando la pandemia del coronavirus o COVID-19 en España.

 

Desde RO-DES, os recordamos que al inicio del artículo tenéis enlazado el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad que ha sido publicado en la página web oficial de La Moncloa.

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