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¡ESPECIAL COMIDAS Y CENAS DE EMPRESA! La DGT realizará 25.000 pruebas diarias de alcohol y drogas

por | Dic 11, 2019 | Trámites, multas y normativa de la DGT | El blog de RO-DES | 0 Comentarios

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Esta semana, está caracterizada por ser una en la que las empresas de nuestro país celebran más cenas y comidas de Navidad. Una tradición que, al igual que el turrón, la lotería o el árbol, está cada vez más presente durante estas fiestas pues permite y facilita que se estrechen lazos entre todos los integrantes del equipo que forma parte de una organización. Trabajadores, responsables y altos cargos, se juntan fuera de su lugar de trabajo con el objetivo de pasar un buen rato alejado de las preocupaciones laborales y de conocerse mejor en un ambiente distendido.

La Dirección General de Tráfico (DGT) lo sabe y también es conocedora de que, en muchos casos los asistentes a este tipo de eventos cometen excesos que pueden suponer un riesgo para la seguridad vial, por lo que entre el 9 y el 15 de diciembre de 2019, como cada año, tendrá lugar su campaña especial de vigilancia en la que se llegarán a realizar hasta 25.000 pruebas diarias de alcohol y drogas. Los controles se realizarán a cualquier hora del día y en todo tipo de vías, de forma que se pueda abarcar el mayor número de supuestos posibles.

comidas y cenas de empresa

Tal y como publica la DGT en su revista digital, actualmente el alcohol o el consumo de estupefacientes está detrás de casi un tercio de los accidentes mortales, por lo que además de las 25.000 pruebas diarias del alcohol y drogas que serán realizadas por los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, se ha invitado a los Ayuntamientos de poblaciones con más de 25.000 habitantes a que se sumen a la campaña y realicen también controles tanto en su casco urbano como en los principales lugares de acceso al mismo. De esta manera, se podrá evitar que personas que hayan bebido o consumido alguna sustancia estupefaciente sigan conduciendo con su vehículo, reduciendo así las posibilidades de que se produzcan accidentes con víctimas relacionados con este tipo de condicionantes.

En cifras, si tenemos en cuenta las pruebas de alcohol realizadas a conductores que hubiesen fallecido en un accidente de tráfico, el 66% circulaba con una tasa tres veces superior a la máxima permitida por el Reglamento de Circulación (tasa máxima general en aire expirado de 0´25 o 0´15 para conductores nóveles y profesionales). El alcohol, además de estar relacionado con un índice mayor de accidentalidad, también incrementa las posibilidades de morir en un accidente de tráfico o de sufrir lesiones graves. Por otro lado, el 19% de los conductores fallecidos dieron positivo en el consumo de algún de sustancia.

Los efectos de las drogas en el organismo:

Aunque anteriormente ya hemos hablado en este blog de los efectos que tienen el alcohol o las drogas al volante, no viene mal hacer un repaso a grandes rasgos clasificando las sustancias en tres grupos: depresoras, estimulantes y perturbadoras o alucinógenas. Para conocer en profundidad las alteraciones y efectos de cada sustancia, te aconsejamos ver la infografía que acompaña al artículo enlazado en el inicio de este párrafo.

Depresoras:

En este grupo encontramos el alcohol, los opiáceos y los psicofármacos (ansiolíticos, tranquilizantes e hipnóticos). Este tipo de sustancias disminuyen tanto la capacidad de reacción, como la capacidad de concentración y los reflejos.

Estimulantes:

En este grupo encontramos la cocaína, las anfetaminas, la nicotina y las xantinas. Los efectos que tiene sobre la conducción son: falsa sensación de control, descoordinación, disminución de los reflejos y pérdida de capacidades (visual y auditiva).

Perturbadoras o alucinógenas:

En este grupo encontramos el LSD, algunos derivados del cannabis, las drogas de síntesis y los hongos. Producen alucinaciones, cambios en la percepción de la realidad y visiones imaginarias (no reales).

test de drogas de la DGT

¿Cómo se sanciona a los conductores que den positivo en alcohol o drogas?

Tras ser sometido al control, el conductor que supere la tasa máxima de alcohol permitida será sancionado en función del resultado obtenido en la prueba. Así, teniendo en cuenta las sanciones impuestas por la vía administrativa, si la tasa se encuentra entre los 0´25 mg/l y los 0´50 mg/l, se le pondrá una multa de 500 euros y perderá 4 puntos de su carné de conducir. Si la tasa es superior a 0´50 mg/l la multa ascenderá hasta los 1.000 euros y perderá 6 puntos. En conductores reincidentes la multa es siempre de 1.000 euros y la pérdida de puntos va asociada a la tasa obtenida durante el control. En aquellos casos en los que el conductor circule con la presencia de cualquier tipo de sustancia estupefaciente en el organismo (algo totalmente distinto a hacerlo bajo los efectos) será multado con 1.000 euros y perderá 6 puntos de su carné de conducir.

De acuerdo con el capítulo IV del Código Penal, donde se tipifican los delitos contra la seguridad vial, se establecen las penas por conducir con exceso del alcohol o bajo la influencia de las drogas. Así, a los conductores que circulen con una tasa superior a 0´60 mg/l (o a 1´2 gr/l en sangre) se les impondrá una pena de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, además de privarles del derecho a conducir de 1 a 4 años. Ante la negativa de someterse a las pruebas de alcohol, la pena de prisión es de 6 meses a 1 año y la privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.

Aquellos conductores que claramente circulen bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicoactivas, tendrán una pena de 3 a 6 meses de prisión, multa de 6 a 12 meses o trabajos en trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, además de ser privados de su derecho de conducir entre 1 y 4 años. Quienes se nieguen a someterse a la prueba de drogas, tendrán una pena de prisión de 6 meses a 1 año y también privados de su derecho a conducir de 1 a 4 años.

 

Desde RO-DES, queremos animar a quienes vayan a asistir durante esta semana a la comida o cena de empresa a que utilicen los servicios de transporte público si han bebido o consumido alguna sustancia. También, recordar a quienes consuman algún tipo de medicamento susceptible de ser detectado en un control de drogas, a que lleven consigo la receta médica que lo autoriza. Además, si quieres saberlo todo sobre los controles de drogas, puedes leer nuestro artículo especial: Todo lo que debes saber (y pocos te cuentan) sobre el control de drogas de la DGT.

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