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¿Cómo se calcula el impuesto al CO2 que la Generalitat de Catalunya ha aplicado a los vehículos?

por | Ene 13, 2022 | Automoción y Medio Ambiente | El blog de RO-DES | 1 Comentario

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Cataluña implantó hace relativamente poco el denominado Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica.

Tras leer todas vuestras preguntas, sabemos que muchos de vosotros no sabéis como calcular el Impuesto mencionado ¿Cómo se calcula? ¿Puedo no pagarlo? ¿En qué casos estoy exento de pagar el Impuesto?

Nuevo impuesto al CO2

Como explicamos en nuestro artículo sobre “El nuevo impuesto al CO2 que Cataluña cobrará a los conductores”, la Comunidad de Cataluña estima recaudar en torno a 66 millones de euros destinados al Fondo Climático y al Fondo Patrimonial Natural.

Así pues, la Agència Tributaria abrió el pasado mes de septiembre, el plazo para pagar el nuevo Impuesto a las emisiones de dióxido de carbono (CO2) de los vehículos de tracción mecánica. Por lo consiguiente, y teniendo en cuenta las previsiones de Pere Aragonès – Presidente de la Generalitat – serán 65,9 millones el total de euros recaudados el primer año.

Nuevo Impuesto CO2 en Catalunya

Las emisiones

La Comunidad de Catalunya es la primera y única con este impuesto, el cual ha llegado en un momento de crisis del mercado automovilístico y con una fórmula de cálculo propia de la Comunidad, aunque lo cierto es que esta presenta algunos errores.

El costo final de las emisiones se calcula en gramos por kilómetro recorrido (insertado en la ficha técnica del vehículo), de esta forma:

  • Los vehículos que no superen los 120 gramos están exentos de pagar el Impuesto.
  • En caso de que Hacienda no pueda acceder al dato anterior, aplicará su algoritmo (erróneo en algunos casos).

Para calcular la cuantía a pagar, la Generalitat tiene en cuenta la cilindrada, la potencia fiscal, la potencia neta máxima, el peso, la masa en orden de marcha, la tara y la antigüedad del vehículo. Se puede calcular de dos maneras distintas:

Coste definitivo de cada vehículo por matrícula: Se trata de una consulta básica de los datos del padrón, limitada a un único vehículo y disponible tan solo para personas físicas. Para acceder deberás:

  • Rellenar el NIF y la matrícula del vehículo del que es titular, así como un número de teléfono móvil (al que se le enviará un SMS posteriormente). Lo puedes hacer accediendo al siguiente link.

Coste del Impuesto según las emisiones de CO2 del vehículo: Se ha implantado un simulador con el principal objetivo de facilitar el cálculo del coste según las emisiones CO2. Con este simulador podrás obtener el importe total a pagar según las emisiones oficiales que emite tu vehículo.

Cálculo del impuesto

Discordancia en el censo

Se han encontrado diversos errores en el padrón provisional y definitivo del censo, que van desde aquellos turismos que deberían estar exentos del pago y dictan como afectados, hasta coches que tendrían que abonar el impuesto, pero están exentos de abonar el Impuesto.

La Generalitat defiende que los datos son incorporados de la DGT, dependiendo del Ministerio del Interior. Pero lo que muchos no sabéis es que este error puede generar un impacto sobre un parque de 5,6 millones de vehículos matriculados en Cataluña, aumentando a su vez la base imponible del impuesto.

La automoción será la afectada

La discordancia en el censo no termina ahí, pues las posibles subvenciones por la compra de vehículos limpios se financiarían con la mitad de la recaudación. Pues, con la Implantación del nuevo Impuesto, la Comunidad de Cataluña obtendrá en torno a los 150 millones de euros adicionales.

Y no solo eso, el sector de la automoción, siendo este las empresas de renting y de alquiler de vehículos, han decidido huir de Catalunya y del nuevo impuesto ¿Cómo? Matriculando su domicilio fiscal más allá del Ebro.

Como bien dice coche global en su artículo “El presidente de Fecavem i del Gremi del Motor, Jaume Roura, ha pedido al vicepresidente y consejero de Políticas Digitales y Territorio de la Generalitat, Jordi Puigneró, que aplique el criterio que exige al Ejecutivo de Madrid de que Cataluña no tenga más impuestos que el resto de comunidades”.

Sector de la automoción afectado

Preguntas frecuentes

En la liquidación aparece un vehículo que vendí hace años. ¿Qué debo hacer?

Como bien hemos dicho en apartados anteriores, el padrón del Impuesto se genera a partir de la información facilitada por la DGT. Por lo consiguiente, la ATC notifica las liquidaciones correspondientes al año 2020. En caso de estar en desacuerdo, deberás interponer un recurso de reposición o reclamación económico-administrativa.

  • Si puedes demostrar que el vehículo está dado de baja: Deberás seleccionar el recurso “Vehículo dado de baja”, y desde la opción “Vehículo inexistente”. No se requiere documentación para presentar el recurso, aunque se recomienda insertarla.
  • Si vendiste tu coche antes del 2020: Deberás seleccionar “Error en la titularidad del vehículo” y después la opción “Transferencia del vehículo antes del ejercicio”. Puedes insertar el documento que acredite la transferencia del vehículo de manera opcional.

¿Si di de baja temporal un vehículo en 2020 tengo que pagar el impuesto?

Si, la baja temporal del vehículo en la DGT no exime del pago del Impuesto. Tan solo podrás estar exento del pago cuando la baja temporal sea por robo (siempre que se demuestre).

¿Qué pasa si vendí el vehículo, pero no tengo la baja de tráfico?

El titular del vehículo será el responsable de pagar el Impuesto de acuerdo con lo dictado en la Ley. Por lo que si el comprador no ha hecho el cambio de titularidad será el vendedor el encargado de pagar el tributo.

Es por ello por lo que se recomienda al vendedor notificar la venta del vehículo en la DGT en el momento en el que se firma el contrato, aunque tenga la obligación de hacerlo el comprador.

He tramitado el alta de un vehículo, pero no consta en el padrón definitivo ¿por qué?

Si has tramitado el alta de tu vehículo a través del padrón provisional no figurará en el padrón definitivo. Si has solicitado el alta de tu vehículo, recibirás una notificación respecto a la resolución de la petición.

¿Si he comprado el coche después del 31 de diciembre del 2020, tengo que pagar?

Tan solo deberás abonar el pago el Impuesto en el ejercicio del 2021, quedando libre de pago en el 2020.

¿Cuánto tengo que pagar, si el vehículo lo compré en 2020?

Si el vehículo adquirido era usado, deberá pagar el Impuesto el titular del vehículo con fecha 31 de diciembre de 2020. Si se adquirió un vehículo nuevo, corresponde pagar la parte proporcional de días desde la fecha de adquisición.

Puedes acceder a la página web de la Agencia Tributaria de Catalunya para informarte y resolver más preguntas.

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1 Comentario

  1. Este impuesto esta fuera de la legalidad. No esta aprobado ni en Europa, es un atraco.
    A mi me sale a pagar 45 y me cobran 180…q mas hemos de tragar

    Responder

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