Actualmente, son muchos los propietarios de un automóvil que deciden darlo de baja temporal con el objetivo de lograr un ahorro, en lo que a los gastos anuales derivados de la posesión de un vehículo se refiere.

Cada vez son más los titulares que piensan que pagar una póliza de seguros, un Impuesto de Circulación y los gastos que supone el pasar anualmente la ITV de un coche que no se utiliza, se traduce en pérdidas cuantiosas, y por este motivo deciden darlos de baja temporalmente en el registro aunque sin efectuar la retirada a un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.) o desguace.

Guía para dar de baja definitiva un vehículo

baja temporal de un coche¿Qué supone el gestionar la baja temporal de un coche en la Dirección General de Tráfico (DGT)?

  • Ese vehículo no podrá ni circular ni estar estacionado en la vía pública. Por tanto, deberá estar guardado en un garaje, ya sea particular o público.
  • Mientras está dado de baja temporalmente, no se devengarán más Impuestos de Circulación (IVTM) para ese automóvil.
  • Tampoco será necesario tener contratada una póliza de seguros.
  • No será necesario estar al corriente de las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV).
  • Se deberán abonar las correspondientes tasas del trámite.

¿Qué motivos pueden llevar al propietario a dar de baja su coche de forma temporal?

Los motivos por los que un titular puede decidirse a dar de baja su coche temporalmente en tráfico son bastante diversos, aunque generalmente los principales son:

  • Por robo o sustracción del vehículo.
  • Por no poder hacer frente a los gastos de una avería o reparación.
  • Por traslado temporal del titular al extranjero.
  • Por no poder hacerse cargo de los gastos de mantenimiento como el Impuesto de Circulación, la póliza de seguros o la ITV.

¿Cómo dar de baja definitiva un vehículo en situación de baja temporal?

Gestionar la baja definitiva de un automóvil que se encuentra en situación de baja temporal en Tráfico, es un trámite muy sencillo.

Al igual que con el resto de bajas definitivas, esta también se tramita en los Centros Autorizados de Tratamiento (C.A.T.) una vez el vehículo ha ingresado en sus instalaciones, y se hace también de forma totalmente gratuita. Además también se incluye la retirada del vehículo con grúa, por lo que no existirán limitaciones al no tener actualizadas las inspecciones obligatorias realizadas por la ITV o por carecer del seguro obligatorio.

No lo pienses más, si estas barajando dar de baja definitiva un coche que ya se encuentra dado de baja temporalmente, en RO-DES ponemos a tu alcance un completo servicio de retirada al C.A.T. y gestión de la baja definitiva en el registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT), sin que tengas que pagar absolutamente nada por ello.

¿Tienes alguna duda sobre las bajas temporales o definitivas? ¡Déjanos tu comentario!

Baja de vehículos

27 comentarios

  1. Agnaldo Gabriel Responder

    Buenos dias,hoy me enteré que un vehículo que he tenido hace mas de 10 años ,que en su dia se ha roto el motor y no merecía la pena arreglar,mi mecanico en su dia me.pidio para sacar piezas, y que luego el daría la baja del mismo ,resulto que este mecanico ya no se encuentra en España y veo por la nueva app de la dgt que me instalé que este coche está dado de baja temporal y que sobro el un embargo judicial ,yo no fui
    notificado de nada y no tengo como probar nada,ni siquiera tengo los documentos del coche,que tengo que hacer

    • Inma Alabajos Responder

      ¡Buenos días! Lo mejor es que contactes con la Dirección General de Tráfico o DGT y comentes con ellos tu caso, pues son los que pueden darte una solución al problema ¡Un saludo y feliz lunes! ¡Mucha suerte!

  2. Edgardo Pastorini Responder

    Buenas tardes, quise comprar un micro para utilizarlo como vivienda laboral, pero me dijo el vendedor que la companía que lo vendió no entrego los títulos por que estaba dado de baja y que por esa razón no tiene papeles, la pregunta es , ,.. si no fue entregado o retirado por CATV, quiere decir que es una baja temporal, entonces por que no tiene los papeles?? en ese caso se puede dar de alta nuevamente? gracias.

    • Alicia Granell Responder

      Hola Edgardo buenos días,
      ¿Desde qué país nos escribes? Comentarte que la información publicada en esta web se refiere únicamente a trámites en España.
      Un saludo,

  3. Jeronimo Responder

    Mi pregunta es tengo un coche siniestrado pero he decidido retirarle el motor y gran cantidad de piezas para reparar otros dos coches iguales de unos familiares en este caso solo quedaría el cascaron del coche y el chasis sin ejes ni caja de cambios ni motor supondría algún problema pasarlo de baja temporal a definitiva y si es así tendría su retirada algún coste adicional al no tener todos estos componentes.

    • Alicia Granell Responder

      Hola Jerónimo buenos días,

      Los CATV no está obligados a retirar vehículos en esas condiciones ya que no es posible realizar correctamente el proceso de descontaminación que la Ley obliga. No obstante, si lo llevas por tus propios medios (contratando el transporte necesario) a un desguace autorizado, no creo que te pongan problemas en dártelo de baja definitiva.

      Saludos,

  4. Ramón Responder

    El vehículo anterior era una motocicleta, por si el dato es importante.

    • Alicia Granell Responder

      Buenos días Ramón,

      Indicarte que nosotros solo podemos gestionar la baja definitiva de aquellos vehículos que retiramos a las instalaciones de nuestros desguaces colaboradores. En tu mensaje no me ha quedado claro si la moto finalmente apareció o no, por lo que no puedo ser mucho más concreta. No obstante, indicarte que si el vehículo no ha aparecido todavía la baja temporal por robo tiene un carácter indefinido por lo que no sería necesario gestionar la definitiva.

      Espero que te sirva de ayuda. Para cualquier consulta o ampliar la información sobre tu caso, ya sabes donde estamos.

      Saludos cordiales,

  5. Ramón Responder

    Buenos días.
    Hace varios años tramité baja temporal por robo. Ahora quiero hacer la baja definitiva. He extraviado la denuncia, pero tengo el resto de documentación del vehículo. ¿Se ocupan ustedes de este trámite?¿Cuál sería el precio? Gracias.

  6. jose luis valle Responder

    Tengo un vehiculo dado de baja temporal.Lo voy a utilizar dentro de una finca pero quiero darle la baja definitiva y seguir usandolo.Se puede dar la baja definitiva y quedarme con el vehiculo?

    • Alicia Granell Responder

      Buenos días José Luis,

      Gracias por comentar el post. Informarte que debido a la actual ley sobre el tratamiento de vehículos al final de su vida útil y la actual normativa medioambiental, para dar de baja definitiva un coche en la DGT es imprescindible que éste sea entregado en las instalaciones de un Centro Autorizado de Tratamiento (CATV) comúnmente conocidos como desguaces. En tu caso, la única opción posible es gestionar una baja temporal del vehículo, la cual debes solicitarla directamente en la Jefatura de Tráfico más cercana.

      Saludos cordiales,

  7. david Responder

    Muchas gracias alicia,
    Por otro lado y a quien pueda interesarle en ciertas compañias de seguros (LíneaD) pintan la cosa de manera muy diferente, asegurandote que con el «nuevo reglamento» podrían hasta incluso sancionarme si doy de baja el seguro y no procedo igual con el vehiculo (baja y alta del vehiculo carísisimo, segun ellos), por lo que te animan a continuar manteniendo el contrato (eso si, más barato) ; La verdad es que es la primera vez que me pasan estas cosas pero nunca había oído de la necesidad de tener que dar de baja una moto si carece de seguro….gracias de nuevo.

    • Alicia Granell Responder

      Hola David buenos días!!

      La verdad es que en ocasiones las informaciones que proporcionan a los conductores son algo confusas. El seguro es obligatorio para vehículos que se encuentren circulando o en la vía pública. Luego el coste del procedimiento para dar de baja temporal y dar de alta el vehículo, si éste se encuentra en óptimas condiciones y tan solo se realiza por motivos económicos o personales, es relativamente económico puesto que tan solo han de abonarse las tasas de la baja temporal (8´10€) y el coste de la ITV. El alta del vehículo acabo de consultarlo en la DGT y no se cobra.

      ¡Esperamos volver a verte por aquí pronto! Te invito a que conozcas nuestro blog donde publicamos todo tipo de curiosidades sobre el mundo del motor, recomendaciones, actualidad, etc.: El blog de RO-DES

      Saludos cordiales,

  8. david Responder

    Saludo.
    Parece que hay un nuevo reglamento que dictamina esto, pero no lo encuentro y querría saber si es necesario dar de baja temporalmente un vehiculo por causa de perdida total de puntos del permiso aún quedando en garaje particular, gracias de antemano.

    • Alicia Granell Responder

      Buenas tardes David,

      Gracias por comentar. No existe obligación de gestionar la baja temporal del vehículo y más cuando éste se encuentra en un estado óptimo para la circulación ya que si lo hicieras para volver a darlo de alta tendrías que pasar la inspección de la ITV. La baja temporal en estos casos, suele recomendarse para que el vehículo no genere gastos a su propietario mientras éste no dispone de los puntos necesarios para poder ejercer como conductor, pero particularmente esta opción solo nos parece interesante para aquellos conductores a los que se les hubiera retirado el permiso por un periodo superior a un año.

      Espero haber podido aclarar tus dudas. No obstante si te surge cualquier cosilla ya sabes donde estamos.

      Saludos cordiales,

  9. CARLOS Responder

    HOLA WENAS Q TAL TNGO UNA DUDA YO TENGO INTENCIONES DE COMPRAR UN COCHE Y DESGUAZARLO YO MISMO LUEGO ME DARAN EL PERMISO PARA DAR BAJA DEFINITIVA?? UN UN SALUDO

    • Alicia Granell Responder

      Buenas tardes, Carlos
      En primer lugar, gracias por tu comentario. El vehículo tiene que ser desguazado y descontaminado a través de un C.A.T. acorde a la ley vigente, y desde allí emitir el Certificado de Destrucción para Baja Definitiva. Saludos.

  10. Jose Antonio Responder

    Hola Alicia Granell, no se si me he explicado bien,
    vivo en guipuzcoa , guipuzcoa tiene 88 municipios
    de los 88 municipios solo pagan el impuesto 3 o 4 el resto el resto de los municipios no pagan, segun la ley de la Diputacion de Guipuzcoa pueden cobrar dicho impuesto, por eso quiero darlo de baja definitiva pero como no tengo coche no me lo dan de baja
    ¿ que puedo hacer? Muchas Gracias, espero me digas algo.

    • Alicia Granell Responder

      Buenas tardes José Antonio,

      Tal y cómo te comenté antes «Sería aconsejable que acudieses a la Jefatura de Tráfico más cercana para solicitar un certificado de antecedentes por matrícula donde figurará que éste se ha dado de baja voluntaria en X fecha y que después presentes una copia en el Ayuntamiento dónde tributa este vehículo para que lo den de baja en su censo», ya que hay veces que la administración no recibe las bajas de los vehículos que se han formalizado durante ese año por parte de la DGT, por lo que no quedan eliminados del censo y se sigue pasando al cobro dicho impuesto.

      Espero haberte entendido ahora, sino ya sabes donde estoy! 😉

      Saludos!

  11. Jose Antonio Responder

    Buenas tardes , tengo el siguiente problema, haber si me esplico y me podeis ayudar,es un coche que no existe desde el año 2008 y sigo pagando el impuesto de circulacion , aunque lo tengo de baja voluntaria pago igual ,en guipuzcoa dicho impuesto se paga por lo menos en Bergara.
    Que puedo hacer para darlo de baja definitiva ,pero ojo NO EXISTE EL COCHE que ahora tendria 14 años desde su matriculacion, os agradeceria me pudiesei informar, gracias.

    • Alicia Granell Responder

      Hola José Antonio buenas tardes,

      Si el coche se encuentra dado de baja voluntariamente no deberían de cobrarte el impuesto de circulación, esto puede deberse a que el Ayuntamiento no haya recibido la notificación del cambio de estado del vehículo. Sería aconsejable que acudieses a la Jefatura de Tráfico más cercana para solicitar un certificado de antecedentes por matrícula y que después presentes una copia en el Ayuntamiento dónde tributa este vehículo para que lo den de baja del censo y se elimine esa obligación de pago.

      Esperamos haberte podido ayudar con tu consulta, en caso contrario ¡ya sabes dónde estamos!

      Saludos!

  12. Jose Mérida Responder

    Ante todo Saludos, bueno pues micuestión es la siguiente, tengo dos motocicletas que vendi y los propietarios de los talleres a los cueles se las vendi no pagaban los sellos de hacienda local y yo mismo pedi el embargo, las embargaron y precintaron el Ayuntamiento, a todo esto estoy hablando de Noviembre del 1994, bueno pues hace un año me mandaron un embargo de la casa por no pagar los sellos de hacienda y que hacer, PAGARLOS RELIGIOSAMENTE pues nada el otro dia despues de miles de alegaciones con los papeles de la Policia Local de dicho embargo, pues silencio, pero eso si, otra vez el impuesto 60€ y si te pasas el 20% mas. Bueno pues mi pregunta es: que HAGO, no tengo papeles de las motos, me han comentado de irme a trafico y darlas de baja temporal (que supuestamente sera definitiva, puesto que para darlas definitiva nesesito llevarlas a un desguase, pero si no tengo motos las tienen en el deposito del ayuntamiento.) bueno si me podeis ayudar e indicarme que papeles llevar a la dgt, baja extravio de papeles y los mil y un requisitos que me pidan, os lo agradeceria, llegar a la dgt y que te den un papel para rellenar y volver a la cola 1 hora o mas y que te den otro y luego que te digan que te faltan fotocopias y etc. Me tengo que desplasar 120 Km, como para volver otro dia.

    Perdonarme por lo extenso de mi problemon de ya muchos euros, pero os agradeceria me ayudarais. De antemano GRACIAS.

    • Alicia Granell Responder

      Hola José,

      ¿Tienes algún documento que acredite la venta de las motocicletas? Inidicarte que igualmente si no se ha llegado a realizar el cambio de nombre, puedes acudir a la Jefatura de Tráfico y solicitar su baja temporal o incluso definitiva ya que este tipo de vehículos no tienen la obligación de ser entregados en un C.A.T..

      Para adelantar puedes descargarte y llevar cumplimentada la solicitud de baja que puedes bajar aquí: https://www.dgt.es/inicio/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/bajas/9.060-Castellano.pdf

      También tendrás que llevar una fotocopia de tu DNI y puesto que no dispones de la documentación será aconsejable que consultes allí mismo si es necesario obtener un duplicado o como es para dar de baja no sería necesario.

      Saludos cordiales,

  13. Juan Responder

    Hola muy buenas. Mi pregunta es la siguiente: si doy de baja temporal mi coche y pasan 6 o 7 años y no lo doy de alta, hay algún momento en que la baja temporal pase automáticamente a ser definitiva?
    Puedo mandar a achatarrar el coche con la baja temporal?

    Gracias.

    • Alicia Granell Responder

      Hola Juan buenos días,

      Para poder dar de baja definitiva un vehículo, por Ley debe de ser depositado en un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.) comúnmente conocidos como desguaces. Por este motivo, cuando el titular de un vehículo gestiona la baja temporal del mismo está es indefinida hasta que el vehículo queda totalmente rehabilitado o bien hasta que se recupera en aquellos casos en los que haya sido robado.

      Sobre la segunda cuestión que nos planteas, indicarte que no hay ningún problema en mandar al desguace tu coche cuando esté dado de baja temporalmente, pues además de gestionarse su baja definitiva en el C.A.T. no deberás preocuparte por la restricción de circulación que tiene un vehículo en situación de baja temporal, ya que gracias a los servicios de empresas como la nuestra podrás disponer de una grúa que trasladará el coche al desguace más cercano de forma totalmente gratuita.

      Saludos,

  14. Javier Pallardó Responder

    Hola, yo quiero dar de baja definitiva una moto que está de baja temporal. Se va a destinar a correr en circuitos por lo que no la llevare al desguace. ¿como puedo realizar esto?

    Gracias

    • Alicia Granell Responder

      Hola Javier buenos días,

      Para dar de baja definitiva una motocicleta debes acudir personalmente a la Jefatura de Tráfico y allí mismo realizar el trámite. La normativa que obliga a los propietarios de coches, furgonetas o todo terrenos a depositarlos en un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.) o desguace, no afecta a ciclomotores, motocicletas o quads, por lo que es el mismo titular quien puede gestionar el trámite directamente en una oficina de Tráfico.

      Saludos!

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