Una vez hemos entregado nuestro coche al desguace y ha sido dado de baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT), es necesario realizar otras gestiones para olvidarnos completamente del vehículo. ¿Cuáles son los trámites siguientes? Aquí te los explicamos.

Trámites que hay que hacer después de enviar un coche al desguaceEl desguace puede ser el final del recorrido para un coche que ya no va  a seguir siendo utilizado, pero el verdadero fin de la historia de un vehículo llega cuando se han realizado satisfactoriamente todos los trámites que nos permitirán olvidarnos de éste definitivamente, evitando así sorpresas desagradables en un futuro, como cobros inesperados e impuestos.

Si has dado de baja tu coche recientemente -o tienes en mente hacerlo dentro de poco- debes saber que una vez ha sido depositado en el desguace es obligación que el Centro Autorizado de Tratamiento (CATV) te haga entrega del Certificado de Destrucción y del justificante de baja definitiva en Tráfico.

Estos dos documentos son muy importantes para realizar los dos trámites que siguen: dar de baja la póliza del coche en la compañía aseguradora y dar de baja el impuesto de circulación en el Ayuntamiento.

Dar de baja el seguro del coche

Este es uno de los primeros trámites que debes realizar una vez tengas en tu poder el Certificado de Destrucción y el justificante de baja definitiva de la DGT.

Para poner fin a la póliza de un vehículo que ha sido dado de baja en Tráfico deberás presentar ambos documentos, aunque existen compañías de seguros que aceptan cualquiera de los dos justificantes.

Por normativa general, debes avisar con dos meses de antelación y por escrito que no deseas renovar el seguro, aunque muchas veces sucede que el no atender al siguiente pago ya te exime de prorrogar la contratación. De todas maneras, desde RO-DES te aconsejamos que comuniques a tu compañía aseguradora la situación actual del vehículo y que, a ser posible, solicites la cancelación dentro de los plazos establecidos.

Por otro lado, en la mayoría de compañías si vas a comprar otro automóvil, ofrecen la posibilidad de mantener la cantidad no disfrutada en la póliza anterior para aplicar el descuento correspondiente en la contratación del seguro de tu nuevo coche, si es que has dado de baja el anterior y tienes intención de asegurar otro vehículo a tu nombre.

Dar de baja el impuesto de circulación o IVTM

El siguiente paso es dar de baja el impuesto de circulación en el Ayuntamiento, también conocido como ITVM, sello o numerito.

Esta gestión se debe realizar directamente en la sección de recaudación del Ayuntamiento y para ello debes rellenar el impreso de solicitud de baja correspondiente. Es imprescindible que llevemos con nosotros el justificante de baja definitiva de la DGT y el Certificado de Destrucción y lo adjuntemos a la solicitud debidamente cumplimentada.

Puede suceder que nuestro vehículo haya sido dado de baja definitiva después que haber abonado el impuesto de circulación, por lo que podremos solicitar la devolución de una parte de la cuota que hemos pagado de más.

Es importante recordar que la cuota del impuesto de circulación se prorratea por trimestres naturales y que la devolución irá en función de los que restan por vencer, siempre que sean casos de bajas definitivas así como de nuevas adquisiciones o bajas temporales en la DGT.

Realizando estas dos gestiones después de enviar tu coche al desguace te evitarás desagradables cobros que no tienes presupuestados, como el seguro o el impuesto de circulación de un coche que ya ha sido reciclado.

¿Sabías que tenías que hacer estos trámites después de dar de baja un coche? ¡Déjanos tus comentarios!

65 comentarios

  1. Pierre SIVEL Responder

    Buenos dias,

    Hace poco tiempo tuvimos una averia grave en Alemania y el coche fue enviado a un desguace alli. Nos entregaron un papel justificativo pero no se que tramite tengo que hacer aqui en España para dar de baja el vehiculo. Pidiendo cita previa, el formulario no tiene ninguna opcion relativa a este caso particular. Me podeis ayudar ?

    Un saludo,

    • Alicia Granell Responder

      Buenos días,
      Para dar de baja el vehículo que entregaste en un desguace alemán, tienes que seleccionar primero la oficina donde quieras formalizar el trámite, después indicar «trámites de oficina», darle al botón de continuar y seleccionar el «Área: Conductores / Vehículos». Finalmente, rellenar tus datos y solicitar la cita.
      Un saludo,

  2. Diana Responder

    Buenos días ,dimos de baja el vehículo y destrucción en el 2010 y después de 9 años nos llega una multa por no pasar la ITV ,dicha multa se hace en Madrid por estar aparcado en una calle sin ITV para nuestro asombro ,el papel del desguace no lo tenemos ,como recurrimos ,no sé cuánto tiempo tienes que guardar ese documento ,en la DGT consta que está dado de baja

    • Alicia Granell Responder

      Hola Diana,
      Tendréis que contactar con el desguace donde lo tramitasteis para que os faciliten una copia del certificado o algún justificante que acredite que se efectuó allí la entrega y después ya con eso, recurrir la multa.
      Un saludo,

    • Adam Responder

      Yo volví de Alemania, con un coche matriculado allí, y después de un tiempo lo di de baja. Ahora lo tengo en el parking y quería saber si lo puedo llevar al desguace sin más, o debería hacer algo préviamente

      • Alicia Granell Responder

        Hola Adam,
        Para deshacerte del coche, puedes contactar con un desguace sin problemas.
        Si estás interesado en este servicio, puedes contactar con nosotros llamando al 960 800 211.
        Un saludo,

  3. María Pilar Responder

    Mandé mi coche al desguace hace un par de meses, le dieron de baja en la dgt y en el ayuntamiento para que no llegue el impuesto de circulacion.
    Hasta ahí todo bien!!
    Pero este mes (si lo tuviera todavia) me tocaría pasar la itv y acabo de recibir la carta. Tengo que avisar de que ese coche ya esta dado de baja o simplemente no hago caso a dicha carta?

    • Alicia Granell Responder

      Si el vehículo ya está en el desguace y tienes en tu poder el certificado de destrucción junto con el justificante de la baja definitiva, no hagas caso a la carta. Debe tratarse de un envío automatizado. Un saludo,

  4. Rosa Responder

    A mí me han dado de baja un vehículo sin mi consentimiento y sin haber entregado la documentación. El vehículo lo tengo yo al igual que la documentación. Que puedo hacer para darle de alta otra vez. Le necesito para trabajar y no puedo comprar otro.

    • cees Responder

      Hola Rosa, sin conocer los detalles particulares de tu caso parece un poco complicado. Si el vehículo esta con la baja temporal puedes ir a la Jefatura de Tráfico. Aquí puedes encontrar más información

  5. Paula Responder

    Mi coche fue dado de baja en el 2013….el golpe fue detrás por lo q motor nuevo ruedas nuevas y los demas accesorios estaban impecables…hoy pase por delante del mecánico donde lo dejé y mi coche continúa allí….añado dicho mecánico no me dio ni un € por él…después d 6 años es legal aún lo tenga allí para su provecho?

  6. Nadia Responder

    Hola yo keria saber si doy de baja el auto ya no me keda ningun bien material.. si ya no figura mas a mi nombre el auto??

    • Raisa Fino Responder

      Hola Nadia, en efecto, si das de baja un vehículo, deja de estar a tu nombre porque ya no se encuentra en el Registro de Vehículos de la DGT.

      Un saludo,

  7. dario medina Responder

    hola alicia, mi duda es la siguiente, compre un coche averiado que ya esta reparado y listo para la itv, el dueño anterior lo tenia asegurado y me dijo que con el contrato de compra venta le daria de baja al seguro,ahora me dicen en la aseguradora que no me lo aseguran sin itv y por lo que se la itv te pide el seguro al dia, cuanto tardan las aseguradoras en informar a trafico de una baja de seguro? porque no se si aun esta asegurado o no

    • Alicia Granell Responder

      Buenos días Darío,
      Lo mejor será que hables con el anterior propietario para que te confirme si la póliza anterior todavía sigue en vigor o si ya la ha dado de baja.
      En caso de que no tenga seguro en vigor, si tu compañía se niega a formalizar una póliza para que puedas ir a pasar la ITV, puedes optar por un seguro temporal. En este artículo, puedes ver la explicación: Contratar un seguro para pasar la ITV.
      Esperamos que te sea útil.
      Un saludo,

    • Elena Responder

      Hola
      Tengo mi coche en un taller de pueblo ,bueno ..lo dejé allí en el mes de julio ,en día 5 ,porque arrancaba y de momento se paraba!
      Lo lleve con grúa
      Asta allí bien
      Me dice el mecánico que le va hacer diagnóstico y ver que tiene y me.manda presupuesto ..
      Pues nada ..esperando ..una semana y medio y lo llamo y me dice que aún no sabe que tiene porque la.maquna no le da la.averi a
      Pues nada .me dice que va a asegurar mirando y cuando encuentra lo que tiene me llama
      Pues nada ..he tenido que llamarlo yo siempre ..y cada vez me decía «no se tío lo que tiene y frito me tiene tu coche » ..pues después de un mes lo llamo y le digo ..mira te lo Voi a dejar una semana más y si no lo sabes me lo llevo .. Téngalo preparado ,como estaba y me.lo.llevare
      Mencionó que mi coche no estaba en su taller porque me tenía dicho que se.lo llevo en otro ,para verlo un electricista
      En fin,después de.este ultimátum yo no lo llamo más..y lasa semanas.pasa
      Siendo verano y con talleres de vacaciones.pues.estaba esperando que vuelvan y que me.lo lleva a alguno que lo reparen
      Y ..un día.,la.semana pasada.pasdos 2 semanas de que le.di el ultimátum.me llama y me dice que ya tengo el coche arreglado ,para esta misma sema ,lunes,y que me costa 1400 euros
      Pues me he enfadado ..porque ni presupuesto ni dada no me ha dicho y siempre me.decia que no sabe lo que tiene
      Pues nada…quedó que me dé el coche ..y pasa lunes y ni me llama ni nada …le envío un mensaje y le pregunto y me dice que no ha podido .pero que martes por la.tarde me.lo da
      Que va ..pasa y martes.lo llamo yo hoy.miecoles y me dice que nada ..es sus manos se le.estropeo la.caja de cambios y que me cuesta 500 euros más! …y que me lo va a dejar echo la semana que viene.o sea en septiembre!
      Pues ahora yo quiero dar de baja este coche ,ya no lo quiero,porque yo ya no me fío de que le a echo y ya no quiero más el coche
      Como hago para darlo de baja,definitivo,porque los.papaeles.originales le tiene el este mecánico
      Además yo no le quiero pagar esta suma.porque no he sido informado a tiempo y porque ha trabajado en mi coche sin avisarme de que tiene,que le va a cambiar ..etc..vamos que no me a dicho nada de nada y no me ha pedido permiso para llevarlo no sé dónde y para cambiar piesas..nada
      Porfavor ..si me puede orientar que hacer
      Se lo agradezco de antemano
      Gracias

      • Inma Alabajos Responder

        ¡Buenos días Elena!
        Qué mala pasada…
        Te dejo por aquí el link directo de RO-DES donde podrás ver el procedimiento para dar de baja definitiva un vehículo. Si tienes cualquier otra duda puedes preguntarlo por aquí, estaremos encantados de intentar resolverla.
        Recuerda que nosotros mismos podemos dar de baja tu vehículo sin que te tengas que mover de casa. Para ello, puedes llamar al 960 800 211 y comentar tu caso a nuestras compañeras de Bajas, tendrás dado de baja tu vehículo enseguida.
        ¡Un saludo!

  8. MARÍA JOSÉ C.G. Responder

    Buenas tardes,
    En el mes de julio pasé la ITV de mi coche, y a 31 de agosto lo entregué en el concesionario para desguace, por la compra de uno nuevo.
    Se puede solicitar la devolución de la parte proporcional hasta el año próximo?
    Sé que puede hacerse así con el impuesto de circulación, pero no he encontrado nada acerca de la ITV…
    Muchas gracias, y saludos.

    • Alicia Granell Responder

      No María José, de la ITV no se puede pedir devolución alguna.

  9. Maria de los Angeles Responder

    Buenas noches. Me han puesto una multa por no tener seguro, estando el coche bien estacionado. Se lo ha llevado la grúa el día 15 de mayo y hoy me han notificado. Si yo cedo el coche al ayuntamiento puedo librarme de la multa?. En caso de que tenga que igual pagar la multa, tengo ademas que pagar el estacionamiento desde el día 15 aún cuando mi notificación llego hoy?

    • Alicia Granell Responder

      Un vehículo sin seguro o sin ITV no puede estar aparcado en la vía pública. Eso es así por Ley.
      Sobre la notificación de retirada y la posibilidad de cederlo al Ayuntamiento, tendrás que consultarlo directamente en el depósito municipal o en la administración correspondiente, ya que eso lo regulan las ordenanzas municipales y por tanto, puede variar de una población a otra.

      • Blanca Rosa Siles Becerra Responder

        Tenía mi coche aparcado en vía pública el día 7 de octubre se lo lleva la grúa y el día 8 voy a pagar el monto del depósito y doy la baja definitiva se viéndose lo al mismo depósito para que haga la baja y se lo lleve al desguace ahora me ha llegado dos multas por no tener iTV y seguro el coche y mi pregunta es si puedo lo máximo espacios cuesta reclamar a la DGT la anulación de la multa ya que lo di de baja al día siguiente de que se lo lleve la grúa o es poco probable que me acepten es anulación y me toque pagar mejor con el descuento a mitad de precio por favor responda me lo más urgente posible gracias

        • Alicia Granell Responder

          Si tienes algún documento que acredite la cesión del vehículo al depósito municipal para su desguace y baja definitiva, por supuesto que puedes reclamar. Yo, personalmente, en tu caso me negaría a pagar a no ser que las multas tengan una fecha anterior a la entrada del vehículo en el depósito.

  10. Rosa María Responder

    Hola buenas tardes querría saber si doy de baja un coche el 29 de enero en la policíalocal y lo llevan ellos al desguace cuanto tarda en llegar la hoja a mi domicilio como a esta dado de baja
    Gracias
    Un saludo

    • Alicia Granell Responder

      Si la gestión la has realizado a través de la policía local, tendrás que consultarles a ellos directamente o bien en tu Ayuntamiento, pues tendrán a un desguace adjudicado para realizar la retirada de los vehículos y su baja definitiva y es este centro el que debe proporcionarte la documentación. Un saludo,

  11. Tomas Responder

    He vendido mi coche puedo dar de baja el impuesto de circulación con el contrato de compra y venta en el ayuntamiento

    • Alicia Granell Responder

      Hola Tomás,
      El Impuesto de Circulación le corresponde pagarlo a quién sea titular de ese vehículo a fecha 1 de enero del presente año. Si has vendido el coche ya en 2018 y los trámites de cambio de nombre se realizan adecuadamente, en 2019 el impuesto ya lo recibirá el nuevo propietario/titular del vehículo.
      Un saludo,

  12. Aurora Achutegui Peredo Responder

    Hola…queria saber si para dar de baja en el ayuntamiento el impuesto de circulación es necesaria la baja del auto (en este caso siniestrado) de la DGT o la tramitan ( la baja) desde el mismo ayuntamiento, si no es asi,entiendo que hay que dar de baja antes en la DGT Y luego en el ayuntamiento…

  13. Teresa fernandez garcia Responder

    Mi hija compro un coche y no le paga.Me llaman a mi por que dicen que somos titulares las dos .Y me cobran a mi el impursto de circulacion.Como puedo yo darme de baja .Tengo una minusvalia del 50%.muchas gracias

    • Alicia Granell Responder

      Hola Teresa,
      No entiendo muy bien la consulta….
      Si el coche está a nombre de las dos, para que sea ella quién pague el impuesto de circulación podéis cambiar el número de cuenta donde esté domiciliada la tasa o bien informaros en el Ayuntamiento de cómo proceder para que el cargo venga a nombre del segundo titular, es decir, de tu hija.
      Si la cuestión es que tu hija ha vendido el coche a otra persona, hasta que no se realice el cambio de titularidad el impuesto no llegará a nombre de quién lo haya comprado.
      Si ha vendido el coche, pero el comprador no le ha pagado, que vaya a la policía a denunciar los hechos.
      Informarte además, de que la deuda en el impuesto de circulación impide que se realice el trámite de cambio de nombre en la DGT. Los impuestos deben estar siempre al día para poder realizar una transferencia.
      Un saludo,

  14. Adelio Responder

    buenas tardes alicia tengo en mi poder la carta de baja de veiculo y me he presentado en el ayuntamiento, para darlo de baja y me contestan que todavia no tienen el aviso de llegada del documento de la d.g.t que les llegara en febrero o marzo mas o menos, quisiera saber si esto es cierto o me estan dando largas para cobrarme otro trimestre. gracias y un saludo.

    • Alicia Granell Responder

      Si el vehículo está dado de baja definitiva y tienes la documentación que lo acredita, no pueden cobrarte más de lo que corresponda. Lamentablemente, la comunicación de datos entre administraciones, todavía es muy deficiente. No obstante, no debes preocuparte ya que con el justificante del trámite en la DGT podrías reclamar en caso de se aplicara el cargo de manera incorrecta.
      Un saludo!

  15. Esther Responder

    He entregado mi coche viejo a un concesionario y el impuesto de circulacion vencía el 5 de mayo 2015, se supone que lo dieron de baja…pero hoy me cargo el Ayto el recibo anual ¿qué debo hacer?
    gracias por su ayuda

    • Alicia Granell Responder

      Hola Esther buenos días,

      Por favor revisa la información publicada en el artículo ya que encontrarás lo relativo a tu caso. Igualmente, te dejo el link a esta otra página donde explicamos el proceso más ampliamente: Cómo solicitar la devolución del IVTM al Ayuntamiento

      Saludos cordiales,

  16. Miguel Responder

    He optado por ir directamente a la fuente gestora, y te adjunto la contestación que he recibido desde organismo oficial que gestiona las concesiones del Plan PIVE 6:

    «El 17/02/2015 10:50, «pive6″ escribió:

    Buenos días:
    De acuerdo a su consulta le indicamos que no hay un plazo establecido entre la matriculación
    y la baja defini:va. De hecho ésta puede ser anterior o posterior a la matriculación. Lo único
    que debe tener en cuenta a la hora de matricular, es que el vehículo a achatarrar ya tenga
    cumplida la an:güedad requerida (mayor de 10 años si es un turismo, mayor de 7 años si es
    un comercial).
    Muchas gracias.
    Un cordial saludo,
    Servicio de atención a consultas PIVE-6
    Programa PIVE-6»

    Por lo que queda claro que no existe ningún tipo de plazo para dar de baja el vehículo viejo.

    Gracias Alicia y Saludos,
    Miguel.

    • Alicia Granell Responder

      Hola Miguel buenos días,

      Me alegra que al final hayas podido despejar tu duda. La verdad, es que no es la primera vez que la escucho (telefónicamente algún cliente ya nos había planteado lo mismo), y por lo que parece son los concesionarios los que no están bien informados o los que se «inventan» condiciones que no existen para tratar de ganar clientes.

      Para cualquier otra cosilla, ya sabes donde encontrarnos 😉

      Saludos cordiales!

  17. Miguel Responder

    Gracias Alicia, pero veo que no se ha tenido en cuenta dicho plazo.
    Tan sólo hacen mención en que la certificación tiene que estar disponible a posible requerimiento.
    Pero en ningún momento hacen mención explicita a dicho plazo.

    Bueno, por lo menos lo he intentado.
    Gracias de nuevo y recibe un cordial saludo,
    Miguel.

    • Alicia Granell Responder

      Buenos días Miguel,

      Las condiciones son las que figuran en el BOE que te pasé. Si no especifica ningún plazo entre la baja y la matriculación del vehículo, es porqué no existe como tal. No obstante, para asegurarte te recomiendo que llames directamente al IDAE que es el organismo de quién dependen estas subvenciones: 91 456 49 00. También puedes escribirles a esta dirección de email: [email protected] (indicando en el asunto del correo: Consulta sobre el programa de ayudas del IDAE).

      Saludos cordiales,

  18. Miguel Responder

    Hola Alicia,

    No sé si me podrías ayudar sobre la presente duda que se me plantea.
    El tema es que he comprado un nuevo vehículo y voy a realizar yo mismo la
    baja definitiva de mi antiguo coche para poderme acoger al plan pive-7.
    Mi pregunta es concretamente: Si me podrías explicar cómo funciona el
    proceso. Entiendo que el viejo vehículo se debe de dar de baja después de
    haber matriculado el nuevo, pero de cuántos días (semanas o meses)
    disponemos de tiempo para realizar la baja del viejo coche ante la DGT para
    poder solicitar el plan pive-7?

    Es que en el concesionario me están dando presión para que no haga yo
    mismo la gestión y se lo entregue a ellos. Y me argumentan que la baja se tiene
    que tramitar en el mismo momento de la matriculación, cosa que es inviable,
    como es lógico. Pues tienen que retirar el coche con la grúa para desplazarlo hasta
    el desguace y una vez allí realizar toda la gestión administrativa pertinente y tramitar
    la baja on line en la DGT.

    Así es como yo lo entiendo, pero si me lo puedes corroborar…
    Necesito saber el plazo de tiempo del cual disponemos para realizar la baja una vez ya matriculado el nuevo vehículo.

    Gracias y un Saludo,
    Miguel.

    • Alicia Granell Responder

      Hola Miguel buenos días,

      Actualmente, las ayudas del PIVE se rigen por las condiciones del PIVE 6 ya que de momento lo que está funcionando es la prórroga del plan que se activó a finales del pasado año. El PIVE 7 todavía no ha sido aprobado ni ha entrado en vigor, por lo que las condiciones que tendrá este todavía se desconocen. De hecho acabamos de publicar este artículo sobre el PIVE 7 donde encontrarás más información acerca del mismo: El PIVE 7 podría entrar en vigor con los fondos ya agotados.

      No obstante, te recomiendo que revises el BOE del PIVE 6 donde aparece todo lo relativo a las condiciones y los plazos: BOE PIVE 6.

      Saludos cordiales,

  19. jose manuel Responder

    Muchísimas gracias Alicia por tu asesoramiento, me quedó todo clarisimo.
    pues vaya con la gentuza esta… Espero que se empieze a regular estas actividades porque es una estafa pura y dura.
    Gracias saludos!

    • Alicia Granell Responder

      Buenas tardes José Manuel,

      Gracias a ti! Sí, ojalá hagan algo pronto por que muchos actúan al margen de la ley y el perjudicado siempre es el cliente particular.

      Saludos cordiales,

      • jose manuel Responder

        Hola, de nuevo paso por aquí porque veo que esta gentuza me están dando largas y solo saben decir luego te llamo tal y cual, y quería saber si puedo solucionarlo de alguna forma porque dudo que ellos hagan el papeleo, porque darlo de baja es peor, empiezo a perder la calma porque por culpa de no tener tiempo con el trabajo para hacer yo el cambio ahora tengo este quebradero de cabeza.
        Alicia si fueras tan amable guiame no se que hacer. Muchas gracias otravez.

        • Alicia Granell Responder

          Hola de nuevo José Manuel,

          Pues indicarte que debes insistir, bien en que realicen ellos el trámite o bien en que te proporcionen la documentación necesaria para realizarlo tu mismo personalmente o a través de una gestoría. En caso contrario, o si se niegan a facilitarte la gestión, no te queda otra que acudir tal y como te comenté anteriormente, al menos, a realizar la notificación de la venta a Tráfico.

          Saludos cordiales,

  20. jose manuel Responder

    Hola! Vendí mi coche a los famosos «compro vehículos» que vi de publicidad, y al parecer se encargan de todo menos de la póliza del seguro, que ya di de baja, el problema viene que hoy (17-12-14) me llega una multa de no tener itv, (caducó en marzo la itv y la multa fue el 28-11-14) y yo lo vendí el 16-11-14. Solo tengo un papel de compra- venta con sus datos,los míos y del vehículo. Y en el 060 me han dicho que mande una carta con el «contrato» pero no me fio de que llegue bien y la cita me la dan el 5-01-15… Y son 20 días para poder reclamar.. algún conseji estoy un poco perdido. Gracias saludos.

    • Alicia Granell Responder

      Hola José Manuel buenos días,

      Hace aproximadamente un mes que publicamos en nuestra sala de prensa el reportaje “Compro tu coche y pago al contado”, que se corresponde totalmente con el caso que nos comentas. Al parecer el cambio de nombre todavía no se ha realizado, por lo que debes reclamar el importe de la multa a las personas a las que has vendido tu vehículo.

      Lamentablemente, los trámites en la DGT como el cambio de titularidad o la notificación de la venta solo pueden realizarse allí personalmente.

      Saludos cordiales,

      • jose manuel Responder

        Entiendo, entonces perdona mi ignorancia, que debería ir a tráfico a dar de baja el vehículo? Pero yo ya no tengo en posesión los papeles, la he liado un poco parece no?
        Y la multa no se puede recurrir no? Pero la debería pagar los compra-coches el papelito según e leído no sirve de mucho pero para la multa si no? O le pido directamente el dinero?

        • Alicia Granell Responder

          Hola de nuevo José Manuel,

          En primer lugar, lo que debes hacer es contactar con las personas a las que has vendido el coche para reclamarles el importe de la multa (si no conlleva la resta de puntos, será más fácil reclamarles el dinero y pagarla que reclamar la propia multa) así como el cambio de nombre inmediato del vehículo.

          Igualmente, te aconsejo que vayas a la Jefatura de Tráfico y que realices, con el contrato de compraventa, el trámite de notificación de la venta. Para este trámite (que no es un cambio de titularidad, sino una notificación de la venta del vehículo y de su nuevo propietario a efectos legales o administrativos, como las multas) con que lleves tu DNI y el contrato de compraventa es suficiente.

          No obstante, es muy importante que te asegures de que esta gente realiza el cambio de nombre del vehículo lo antes posible ya que de no ser así, también van a cargar a tu nombre el impuesto de circulación de 2015.

          Saludos cordiales,

  21. Pepe Responder

    Hola!!!
    Después de renovar mi seguro (fraccionado en 2 partes),al mes he sufrido un siniestro y he dado de baja el coche y he avisado al seguro, debo pagar la segunda fracción dentro de 5 meses??? o al haber dado de baja el coche y avisar al seguro de q no tengo coche ya no tengo q pagar mas???

    • Alicia Granell Responder

      Buenos días Pepe,

      Eso dependerá de las condiciones bajo las que hayas contratado la póliza. Lo mejor es que peguntes directamente a tu compañía de seguros.

      Saludos,

  22. LAURA Responder

    Hola! Si he dado de baja mi vehículo, y no pretendo comprar uno nuevo; la compañía aseguradora debe devolverme la pate proporcional del seguro pagado pero no consumido? Es decir mi seguro cubre de septiembre 2013 a septiembre 2014, y he dado de baja mi coche en abril de 2014; la parte proporcional de abril a septiembre me la abonarán entregando la documentación? O simplemente lo pierdo?? Gracias!

    • Alicia Granell Responder

      Hola Laura buenas tardes,

      Las pólizas de seguros son contratos anuales, por lo que no te devolverán la parte proporcional no disfrutada. No obstante, si que podrán «guardarte» esa parte y descontarla del precio para asegurar otro vehículo en la misma compañía. Tenemos un artículo en este mismo blog sobre este tema, te dejo el link para que puedas echarle un vistazo: https://www.ro-des.com/blog/dar-de-baja-el-seguro-del-coche

      Saludos cordiales,

  23. almudena Responder

    Ah! olvidé decir que no tengo ninguna documentación porque me robaron todo,tenía en su día la multa pero ya se extravió,asi que no tengo el número de bastidor del vehículo…

    • Alicia Granell Responder

      Hola Almudena buenos días,

      Para comprobar el estado administrativo en el que se encuentra en vehículo, tendrás que acudir a la Jefatura de Tráfico más cercana y solicitar un certificado de antecedentes. Puedes acceder al listado de oficina desde aquí: Oficinas de Tráfico. No obstante, te recomiendo llamar antes al 060 que es el teléfono de información general, por si fuera necesario solicitar cita previa.

      Para deshacerte de la moto tienes dos opciones, o bien llevarla tu misma al Centro Autorizado de Tratamiento de Vehívulos (CATV) más cercano a tu domicilio, o bien contactar con un desguace especializado en este tipo de vehículo. Puedes consultar el listado de centros especializados también desde aquí: Desguaces de motos.

      Espero que te haya podido servir de ayuda.

      Saludos cordiales,

  24. almudena Responder

    supuestamente dí de baja mi ciclomotor hace 5 años pero sigo teníendola en el patio de mi casa.Vamos a mudarnos y necesito quitarla de en medio…como sé si está dada de baja definitivamente? en estos años no me ha llegado ningún IVTM,por lo tanto he dado por hecho que estaba dada de baja.Dónde puedo informarme de ello? y de ser que sí,cómo puedo hacer para que se lleven el ciclomotor hasta un desguace??
    Gracias!

  25. María Responder

    Puedo llevar una copia de los documentos de baja al concesionario para acogerme al plan pive después de ir al seguro y al ayuntamiento

    • Alicia Granell Responder

      Hola María buenos días,

      He eliminado uno de los mensajes que dejaste ya que los dos contenían la misma consulta. Indicarte que por supuesto que puedes acudir directamente al concesionario con el Certificado de Destrucción y el justificante de baja definitiva del vehículo viejo, siempre y cuando el trámite se haya llevado a cabo dentro del periodo de vigencia de esta convocatoria del plan (PIVE 5).

      Si aún no has entregado el coche en el desguace, te aconsejo también conservar una copia de la Ficha técnica y del permiso de circulación del vehículo, ya que también son necesarios para realizar la solicitud de las ayudas.

      Saludos cordiales,

  26. Gabriel Responder

    Y como entra en todo esto la ITV de la Comunidad de Madrid?

    • Alicia Granell Responder

      Buenas tardes Gabriel,

      No entendemos demasiado bien tu consulta, por lo que agradeceríamos que fueses un poco más específico.

      Saludos cordiales,

  27. MATEO Responder

    Tiene miga el asunto, jamás lo hubiera imaginado. Yo pensaba que una vez dado de baja definitiva, se acabó el tema. Bueno, el seguro vale pero el ayuntamiento? Por qué no lo comunica la DGT? por qué nadie nos explica que se nos puede devolver el importe? Gracias por el artículo! Nadie se preocupa de que sepamos cosas así… será que no les interesa

    • Alicia Granell Responder

      Buenas tardes Mateo,

      Gracias a tu por comentar el post. Tal y como hemos explicado a Yolanda, la DGT si que traslada los datos a los Ayuntamientos pero no es una comunicación que se realice de forma automática, por lo que muchas veces el cargo llega antes de que se haya comunicado y es en estos casos cuando se debe acudir a solicitar la baja del impuesto y la devolución de la parte proporcional si procede.

      Saludos!

  28. Yolanda Responder

    ¡Qué interesante! Yo pensaba que la baja del impuesto de circulación se daba automáticamente cuando se da de baja en la DGT desde el desguace. No tenía ni idea de que había que ir al Ayto. y menos aún que me podían devolver parte del impuesto ¡Esas cosas nunca las explican!

    • Alicia Granell Responder

      Buenos días Yolanda,

      Efectivamente la DGT traslada los datos sobre las bajas a los Ayuntamientos. No obstante, lo hace de forma escalonada por lo que puede no coincidir con el periodo en el que el Ayuntamiento emite el cargo, por lo que muchos propietarios reciben el impuesto una vez ya han dado de baja su vehículo. Esta es la forma de proceder para solicitar la baja en el IVTM o bien, si procede, la devolución.

      Gracias por tu comentario y esperamos volver a verte por aquí!

      Saludos!

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