Los adelantamientos son una de las maniobras más peligrosas en carretera, por lo que es esencial conocer la manera adecuada de llevarlos a cabo, así como los lugares en los que está permitido adelantar y las excepciones o sanciones que la Dirección General de Tráfico (DGT) puede imponer a quienes los realicen de forma indebida.

Los conductores compartimos distintos espacios a la hora de circular con nuestros vehículos, por lo que es realmente necesario saber cómo desplazarnos de manera ordenada para no poner en riesgo nuestra seguridad.

Cómo usar adecuadamente los carriles al circular

Mantener una trayectoria predecible, señalizar los cambios de carril haciendo uso de los intermitentes y con la suficiente antelación, respetar las prioridades de paso o conocer con exactitud la normativa asociada a cada tipo de maniobra, son algunas de las buenas prácticas que todo usuario debería aplicar para circular de forma segura.

Por norma general, y siempre que no se vayan a realizar maniobras, debe circularse siempre por el carril derecho, manteniendo la separación adecuada con el resto de vehículos que en ese momento estén ocupando la vía. Se podrá sancionar el uso de otros carriles distintos al derecho, siempre y cuando esté se encuentre disponible para su circulación, pues -Según el Art.30 del Reglamento General de Circulación– esta acción será sancionada con multas de 200 euros.

Podemos aplicar las pautas anteriormente mencionadas siempre que circulemos por autopistas, autovías o carreteras convencionales con más de un carril para cada sentido de la circulación. Ahora bien ¿Ocurre lo mismo en ciudades y núcleos urbanos? Lo vemos a continuación.

Cuando nos encontremos circulando por vías urbanas, tendremos que utilizar el carril más conveniente en función de nuestro destino. Es decir, si estamos circulando por dentro de una población y nos encontramos con más de un carril para nuestro sentido, podremos escoger aquel que mejor se ajuste a nuestras necesidades, teniendo en cuenta que los cambios de carril más frecuentes en este tipo de vías están motivados por:

  • Adelantamientos
  • Estacionamientos
  • Giros
  • Cambios de dirección

Cómo usar los carriles en carretera según la DGT

Por ello, mientras circulamos (e independientemente del carril en el que nos encontremos) tendremos que estar atentos a las marcas de señalización vial y tener en cuenta, según publica la DGT en el número 246 de su Revista de Tráfico y Seguridad Vial, que:

  • En vías interurbanas y fuera de poblado, se ha de circular siempre por el carril de la derecha ya que hacerlo por el central entorpece al resto de usuarios, que deben cambiar de carril en repetidas ocasiones para realizar una adelantamiento.
  • Si los carriles se reducen en número, y para evitar los conflictos típicos del “embudo”, hemos de situarnos en el carril derecho, dando prioridad de paso a los usuarios que ya se encuentren en este.
  • Si vamos a realizar un giro y estamos situados en el carril central, intentaremos no cortar la trayectoria de quienes circulan por el carril izquierdo, observando las marcas viales y cambiándonos de carril en el momento adecuado.
  • Cambiar de carril continuamente, haciendo Zigzag entre vehículos, es molesto para otros conductores y puede provocar alcances debido a la falta de separación.
  • Si los carriles no están bien delimitados o no hay marcas viales, tendremos que observar bien por los retrovisores, mantener la trayectoria y la separación (frontal y lateral) con el resto de automóviles.

¿Qué es un adelantamiento?

Para definir este término, y de acuerdo con lo publicado en el Capítulo VII sobre Adelantamientos en el Reglamento General de Circulación, consideraremos adelantamiento a toda aquella maniobra que implique sobrepasar a otro vehículo que esté utilizando nuestro mismo carril y sentido de circulación, a una velocidad inferior a la nuestra.

Se trata de una acción que, de no realizarse adecuadamente, puede poner en riesgo a otros usuarios de la vía. Por ello, el adelantamiento solo deberá llevarse a cabo en aquellas situaciones en las que exista suficiente visibilidad, así como teniendo en cuenta los lugares y tramos en los que la maniobra está permitida.

Adelantamientos seguros: Así debes realizarlos

Siempre que planifiquemos con suficiente anticipación el adelantamiento y lo realicemos de la manera correcta, la maniobra no tiene por qué ser peligrosa. Sin embargo, y en especial en aquellas vías en las que resulta imprescindible ocupar el carril contrario para adelantar, hemos de ser breves y ocupar el mínimo espacio posible.

La observación será, por tanto, una las acciones más importantes que el conductor deberá realizar si pretende llevar a cabo un adelantamiento de forma totalmente segura. Además, otra de las claves para adelantar minimizando los riesgos que de por sí ya tiene una maniobra de este tipo, será señalizar al resto de conductores nuestra intención de llevarla a cabo mediante el uso de los intermitentes.

Mantener la distancia de seguridad y adaptar nuestra separación con el vehículo al cual precedemos en aquellos casos en los que queramos realizar un adelantamiento, también es una de las reglas de oro que todo conductor debería seguir, pues de esta forma nos aseguramos de tener una buena visibilidad.

Con respecto a quienes vayan a ser adelantados por otros conductores, cabe mencionar que la Dirección General de Tráfico (DGT) pide su máxima colaboración durante la maniobra y que se ciñan al borde derecho de la calzada, sin aumentar su velocidad o disminuyéndola en aquellos casos en los que pueda producirse una situación de peligro.

Cómo adelantar de forma segura

Puedes ampliar la información sobre cómo realizar adelantamientos de forma segura en el artículo “Pensar despacio, adelantar rápido” que la DGT publicó en el número 215 de su Revista de Tráfico y Seguridad Vial, y gracias al cual nos hemos inspirado para elaborar la infografía anterior.

Adelantamientos prohibidos ¿Cuándo puedes efectuarlos sin que te multen?

De acuerdo con lo establecido en el RGC, por norma general, estará prohibido adelantar en aquellos casos en los que no sea posible realizar la maniobra de forma segura o cuando la señalización vial lo impida. Esto, prohíbe directamente los adelantamiento en curvas, cambios de rasante con visibilidad reducida, pasos de peatones señalizados, intersecciones, pasos a nivel y en las inmediaciones de estos, así como dentro de túneles.

Pero ¿Hay excepciones? ¿Cuándo puedes realizar un adelantamiento prohibido sin miedo a ser sancionado por la DGT? ¿De cuánto son las multas por realizar adelantamientos no permitidos? ¡Resolvemos vuestras dudas en el artículo que publicamos en julio de 2021!

Adelantar por la derecha ¿Está permitido?

La respuesta a esta pregunta, sin más añadidos, es simple: No está permitido adelantar por la derecha.

Las maniobras de adelantamiento han de realizarse siempre utilizando los carriles que se encuentren a la izquierda del nuestro, pero lo que muchos conductores no saben es que existen excepciones en las que sí será legal adelantar utilizando el carril derecho.

Adelantamientos por la derecha

Podremos realizar un adelantamiento utilizando los carriles que se encuentren a nuestra derecha, sin que nos afecte lo establecido en el Artículo 82 de la Ley de Tráfico, en el que se determina por donde deben realizarse los adelantamientos legalmente, en tres situaciones muy concretas.

Estas excepciones, se resumen perfectamente a través de la imagen que la DGT plantea para explicarlas y las cuales veremos con detalle a continuación.

adelantamientos por la derecha

Situaciones en las que sí puedes adelantar por la derecha

Podremos realizar adelantamientos utilizando el carril o los carriles situados más a la derecha de la vía, y siempre que exista el espacio necesario para efectuar la maniobra de forma segura, en aquellos casos en los que:

  • El conductor del vehículo al que pretendamos adelantar indique su intención de detenerse, parar o girar hacia la izquierda.
  • Circulando por zona urbana en vías de doble sentido y donde exista un espacio central para la circulación de un tranvía, y lo adelantemos.
  • Circulando por una vía urbana, exista más de un carril para cada sentido de la circulación y estos estén delimitados con sus correspondientes marcas viales, podrá realizarse un adelantamiento usando los carriles derechos.

Cualquier maniobra no descrita en los puntos anteriores estará prohibida, por lo que aquellos conductores que las realicen deliberadamente estarán cometiendo una infracción y podrán ser multados. Pero ¿A cuánto asciende la sanción por adelantar por la derecha cuando no está permitido? Lo vemos enseguida, aunque antes debemos matizar algo importante.

Rebasar no es lo mismo que adelantar

Para entender bien la diferencia entre estos términos y saber exactamente cuándo estamos adelantando y cuándo vamos a rebasar a un vehículo, nos trasladaremos al texto incluido en el Artículo 83 de la Sección 1ª sobre adelantamientos y circulación paralela que figura en el RGC, donde textualmente se dice que:

“Cuando la densidad de la circulación sea tal que los vehículos ocupen toda la anchura de la calzada y sólo puedan circular a una velocidad que dependa de la del que los precede en su carril, el hecho de que los de un carril circulen más rápidamente que los de otro no será considerado como un adelantamiento.

 En esta situación, ningún conductor deberá cambiar de carril para adelantar ni para efectuar cualquier otra maniobra que no sea prepararse a girar a la derecha o a la izquierda, salir de la calzada o tomar determinada dirección”.

Por tanto, llegamos a la conclusión de que legalmente no es posible realizar un adelantamiento utilizando el carril derecho y que, en aquellos casos en los que superemos a un automóvil que circula bajo unas circunstancias concretas no estará considerado como tal. Estas circunstancias, serán por tanto las siguientes:

  • Tráfico denso, con todos los carriles ocupados.
  • Velocidad en el carril limitada por la circulación de vehículos más lentos.
  • Sin necesidad de realizar cambios de carril. En aquellos casos en los que el carril derecho esté vacío y realicemos un cambio a este para superar a los vehículos que ya están circulando por el central o el izquierdo, no entra dentro de estas circunstancias y sería sancionado. Sí se permite cambiar de carril en caso de que la intención sea tomar la siguiente salida.

Así pues, siempre que exista la posibilidad de realizar el adelantamiento utilizando el carril izquierdo, tendrá que ser esta la vía elegida para realizarlo. Además, también se deberán tener en cuenta el resto de normas incluidas en la Ley de Tráfico y no olvidarnos de señalizar siempre nuestra intención de realizar un cambio de carril.

El rebasamiento no supondrá infracción y quienes lo lleven a cabo, para superar a un vehículo que circula más lento por el carril central o el izquierdo, no serán sancionados por la DGT al no producirse un cambio de carril.

Sanciones y multas por adelantar por la derecha

Como hemos comentado anteriormente, realizar un adelantamiento por la derecha está considerado infracción grave y supone una sanción, que conlleva una multa de 200 euros y la retirada de 4 puntos en el carnet de conducir.

Pero ¿Y si en lugar de un adelantamiento lo que se ha producido es un rebasamiento? ¿Qué conductor recibiría la multa? Para responder a esta cuestión que muchos usuarios se plantean, nos trasladamos al artículo publicado por El Motor, medio de comunicación especializado en el sector y perteneciente al prestigioso Grupo Prisa.

Según este artículo, y de acuerdo con los datos del Observatorio sobre comportamientos de los conductores en la red de Autopistas 2018 de Abertis, el 14% de los conductores en nuestro país sufre en “Síndrome del carril izquierdo”.

Para frenar este mal comportamiento, la DGT se ha puesto seria y ha comenzado a sancionarlo de acuerdo con lo establecido en el Reglamento. Por tanto, aquellos conductores que obstaculicen la circulación natural de los vehículos por desplazarse a una velocidad más lenta que el resto y haciendo uso de los carriles situados más a la izquierda de la vía, serán también multados con hasta 200 euros y sin que suponga la pérdida de puntos en su carnet de conducir.

Sin embargo, parece que el importe de las multas en este sentido no se está ajustando a lo especificado en el Real Decreto Legislativo 6/2015 del 30 de octubre, pues como veréis en este otro Tweet de SocialDrive, la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia impuso una sanción por este motivo cuyo importe ascendió a 80 euros, reduciéndolos a 40 en caso de realizar el pronto pago.

Adelantamientos «A ciegas» ¿En qué lugares están prohibidos?

Como en otras situaciones asociadas a los desplazamientos que realizamos por carretera, no siempre tendremos la posibilidad de encontrar el escenario ideal para realizar un adelantamiento que no suponga un riesgo para nuestra seguridad o la del resto de usuarios de la vía.

En este sentido, la Dirección General de Tráfico (DGT) pone el foco en los llamados “puntos ciegos”, que serán aquellos en los que la falta de visibilidad hace que la maniobra se vuelva especialmente peligrosa y, por tanto, prohibida legalmente. Así, los puntos en los que nunca se podrá realizar un adelantamiento serán:

  • Curva sin visibilidad
  • Detrás de un camión que está adelantando.
  • Cambios de rasante sin visibilidad.
  • Pasos a nivel
  • Intersecciones
  • Pasos de peatones
  • Túneles

Velocidad en los adelantamientos ¿Se puede rebasar el límite?

Hace algunos años, sí estaba permitido rebasar en 20 Km/h el límite máximo de la vía en caso de que la intención fuese realizar un adelantamiento. Sin embargo, desde que se aprobó en noviembre de 2020 la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, ya no es legal superar el límite de velocidad máxima en la vía para realizar adelantamientos.

Pese a que ya nos hicimos eco de esta reforma por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT), todavía son muchos los conductores y usuarios que hacen caso omiso o desconocen el cambio de normativa en este sentido.

ley

¿Conocíais toda esta información sobre adelantamientos? ¿Habéis realizado en alguna ocasión un adelantamiento en un lugar prohibido? ¿Os han adelantado por el carril derecho por ir circulando más lentos en un carril que no es el adecuado? ¡Contadnos vuestras experiencias!

2 comentarios

  1. Jordi Responder

    Saludos. En vias de una sola dirección, dentro de las ciudades, nos encontramos con los condutores de motos de mayor o menor cilindrada que pasan por donde les sale de ……. con el consiguiente peligro de llevartelos por delante, porque lo normal es mirar, casi siempre, a los que adelantan por la izquierda, que es lo normal y lo que deberia ser siempre. Después de un accidente de estas características, el culpable siempre es el de mayor tamaño.

    • Alicia Granell Responder

      Buenos días Jordi,
      Toda la razón, yo misma me he encontrado en la situación que describes en incontables ocasiones.
      Gracias por comentar nuestro post y feliz miércoles 😉

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